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Reynders confirma que la Ley de Amnistía quedará "inaplicada" hasta que el TJUE no resuelva las cuestiones prejudiciales

Así lo señala el comisario de Justicia de la UE en una contundente respuesta a Ciudadanos.

Así lo señala el comisario de Justicia de la UE en una contundente respuesta a Ciudadanos.
El comisario de Justicia, Didier Reynders, con Félix Bolaños y Esteban González Pons | Europa Press

El comisario de Justicia, Didier Reynders, ha confirmado que la Ley de Amnistía quedará "inaplicada" hasta que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) no resuelva las cuestiones prejudiciales que le planteen los tribunales nacionales. Esto es, los jueces españoles pueden preguntarle al TJUE si esta norma está en regla con la legislación europea. Y quedará inaplicada "con independencia de lo que la legislación nacional establezca", dada la primacía del derecho comunitario.

Así lo explica el comisario en respuesta a una pregunta planteada por el jefe de la delegación europea de Ciudadanos, Adrián Vázquez. En su misiva, Vázquez le preguntaba sobre los efectos que tiene para un juez nacional plantear una cuestión prejudicial sobre la Ley de Amnistía. En su respuesta, formulada en nombre de la Comisión Europea, Reynders señala que el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece que, en los asuntos sustanciados mediante procedimiento prejudicial, la resolución del órgano jurisdiccional nacional por la que somete un asunto a dicho tribunal "suspende el procedimiento nacional".

Así, dicho Estatuto en su punto 25 indica, en sus recomendaciones a los órganos jurisdiccionales nacionales, relativas al planteamiento de cuestiones prejudiciales, que la presentación de una decisión prejudicial "entraña la suspensión del procedimiento nacional" hasta que el Tribunal de Justicia de la UE se pronuncie.

Además, señala Reynders en su respuesta, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia también ha apuntado que el procedimiento prejudicial "exige suspender el procedimiento pendiente ante el órgano jurisdiccional remitente a la espera de la respuesta del Tribunal de Justicia".

Por último, indica en su respuesta al eurodiputado de Cs, "del principio de primacía se desprende que la exigencia del Derecho de la Unión de suspender el procedimiento nacional hasta que el Tribunal de Justicia se haya pronunciado sobre la petición de decisión prejudicial se aplica con independencia de lo que la legislación nacional establezca. Por tanto -añade- el órgano jurisdiccional nacional debe dejar inaplicada cualquier normativa nacional que no respete este principio".

Esto supone un duro revés para el Gobierno de Pedro Sánchez y los independentistas ya que deja invalidada una de las enmiendas incluidas en el texto legal, la que indica que se deben levantar de forma inmediata "las medidas restrictivas de derechos que hubieran sido adoptadas, incluso en aquellos casos en los que se produzca una eventual suspensión del procedimiento judicial".

Además, hay que tener en cuenta que los tiempos en Europa se alargan. "La media de una prejudicial, para que se dirima, es entre 15 y 18 meses", expuso Vázquez en una entrevista concedida a Cope. "Todo lo de la Ley de Amnistía al final es un trampantojo, es una mentira absoluta y no se va a poder aplicar a los que quieren que se les aplique que son los que lo han redactado, como el señor Puigdemont y sus abogados, al menos en el próximo año y medio", añadió.

Guía para presentar cuestiones prejudiciales

La Plataforma Cívica por la Independencia Judicial ya había elaborado una guía para ayudar a los jueces a redactar cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) contra esta ley. Según un comunicado de la plataforma, "la Ley de Amnistía prevista para beneficiar a los secesionistas catalanes viola tanto la Constitución española como el Derecho de la Unión Europea. Por tanto, la Plataforma ha elaborado una guía jurídica para que los jueces españoles competentes planteen cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea".

"Esta guía es complementaria con el informe que ya redactó la Plataforma en el que se examinaban los motivos de inconstitucionalidad de la mencionada norma y que se puede leer aquí.

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