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La nueva ilegalidad de Sánchez: debería ser juzgado por no presentar los Presupuestos pero Pumpido lo impide

El artículo 134 de la Constitución establece que los presupuestos deben presentarse "al menos tres meses antes de la expiración".

El artículo 134 de la Constitución establece que los presupuestos deben presentarse "al menos tres meses antes de la expiración".
Pedro Sánchez sigue sin aprobar los Presupuestos Generales del Estado. | Europa Press

Pedro Sánchez acaba de inyectar su enésimo mensaje antidemocrático. El nuevo mantra del Gobierno es que la prórroga presupuestaria es una potestad del Ejecutivo. Y nada más ajeno a la realidad: la Constitución impone como obligación la presentación de los Presupuestos tres meses del fin del ejercicio previo. Y la violación de ese mandato constitucional debería llevar a Sánchez a ser juzgado por su incumplimiento con conocimiento de la ilegalidad implícita en su decisión. Y eso es un delito de prevaricación. ¿Cuál es el problema? Que Cándido Conde Pumpido, obviamente, intercedería desde su posición de control del Tribunal Constitucional explicando que cuando la Constitución habla de "deber" se refiere realmente a "no deber". Porque hará cualquier cosa para mantener en el poder a su valedor, Pedro Sánchez.

No es cierto que haya ni el más mínimo debate ni duda sobre lo qué regula el texto constitucional. Por mucho que los ‘inalterables’ de Pumpido en el Tribunal Constitucional fuesen capaces de decir lo contrario.

¿Qué dice la Constitución?

El artículo 134 de la Constitución Española señala que "corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales su examen, enmienda y aprobación". En su segundo punto destaca que "los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado". Y el decisivo punto 3 regula que "el Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior".

"Deberá". No "podrá". No "tendrá derecho a". No: "Deberá". Y ese deber lo ha incumplido ya Pedro Sánchez al no haber presentado los Presupuestos antes del fin de septiembre de 2024. Y, por eso, ya debería estar rindiendo cuentas ante la Justicia.

El último punto del artículo 134 de la Carta Magna añade que "si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos". Pero siempre tras haber cumplido el deber previo de presentarlos.

Al borde de la democracia

Es así, no sólo porque la Constitución lo recoge y ordena y la Carta Magna ha sido aprobada con ese artículo dentro, algo que debería zanjar ya el debate en un estado de derecho real. Se denomina imperio de la ley y, si no lo hay, no existe estado de derecho y la democracia empieza a convertirse en una dictadura electiva.

Pero también es así porque los Presupuestos son las leyes que albergan las partidas económicas de todo el resto de leyes y hasta de la misma Administración, con lo que la falta de los Presupuestos genera un desorden y anulación de facto de leyes aprobadas previamente e instituciones necesarias. Y también porque es un examen a la capacidad real de gobernabilidad de un Ejecutivo. Y, por lo tanto, si no se cuenta con esa capacidad, lo evidente debería ser dar paso a unas elecciones por medio de una dimisión y disolución de la cámaras.

Pero ni Conde Pumpido baraja decir nada que altere los deseos de Sánchez, ni Sánchez baraja otra cosa que seguir ignorando la Constitución para permanecer en el poder. Aunque sea bloqueando España.

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