
Unos días antes de la aparición de los chats entre Pedro Sánchez y José Luis Ábalos negociando el rescate a los cinco días de que Javier Hidalgo (responsable de Air Europa) llamara a Begoña Gómez para desbloquear el citado rescate, el magistrado Leopoldo Puente, instructor del caso Koldo-PSOE en el Tribunal Supremo, incluía en un auto una delicada frase que ahora cobra más relevancia aún.
La frase señalaba que en su juzgado no podía analizar la legalidad o no de la licencia de Villafuel o del rescate de Air Europa por ser la suya una causa con un aforado —Ábalos— y, atención, "decisiones ambas que no correspondían a la competencia del Señor Ábalos".
La traducción jurídica
Traducido: el auto del Supremo en absoluto apunta a una falta de implicación de Ábalos, pero sí a su falta de competencia por haber otros que sí eran competentes. Y quien lo decidió en el Consejo de Ministros el 3 de noviembre de 2020 fue Pedro Sánchez con la ayuda de la SEPI de María Jesús Montero, como recuerdan los informes de la UCO.
El auto, que ha sido retorcido en declaraciones públicas por parte de María Jesús Montero, señala lo siguiente: "En el mismo sentido, ahora con relación al llamado "rescate" de Air Europa, obran indicios en las actuaciones de que los Señores Ábalos y García, habrían emprendido gestiones orientadas, —nuevamente a impulsos del Señor de Aldama, que favorecía, en este caso, los intereses de Air Europa—, para que la misma pudiera obtener, con la mayor rapidez posible, las aportaciones financieras públicas que precisaba para poder continuar con su actividad".
El auto señala igualmente que, "de hecho, en el último de los informes rendidos por la UCO se hace expresa referencia a que el Ministerio de Transportes hizo pública una nota de prensa, alimentando la idea de que dichas ayudas iban a ser obtenidas por Air Europa, a cambio de la cual el Señor Ábalos Meco habría podido obtener también un cierto beneficio económico (concretamente el pago de la renta de un alquiler en Marbella)".
Un cambio de estrategia por parte de Air Europa
El auto sigue: "En el caso de Air Europa, sin embargo, parece que la empresa (concretamente el Señor Hidalgo), según una vez más resulta de los informes de la UCO, pudo haber considerado en un determinado momento que el esfuerzo que estaban realizando los Señores de Aldama, Ábalos y García, resultaba infructuoso o poco operativo, decidiendo explorar otras vías".
"Es evidente, sin embargo, que, tampoco en este caso, la concesión de las ayudas públicas a la empresa solicitante dependía o correspondía a la competencia del Señor Ábalos Meco (ni, claro está, del Señor García Izaguirre)". Obvio: fue el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez —el Nº1— el que tenía la última palabra de la mano de la SEPI de Montero.
"Dicho de otra manera: las conductas que se atribuyen a los aquí investigados y que son objeto de la presente causa especial no se corresponden con la eventualmente ilícita o antijurídica concesión de una licencia de hidrocarburos a Villafuel o con la pretendidamente irregular concesión de ayudas económicas públicas a la empresa Air Europa".
De hecho, se trata de "decisiones ambas que no correspondían a la competencia del Señor Ábalos". "Es evidente que una, la concesión de la licencia, y otra, la ayuda económica pública, podrán haber sido o no otorgadas de manera regular.
Sin embargo, no se advierte en este momento la existencia de indicio alguno de que cualquier persona aforada ante este Tribunal Supremo, ya que no el Señor Ábalos Meco, pudiera haber incurrido con relación a ellas en una conducta pretendidamente delictiva", señala el juez instructor. Por el mismo motivo: la competencia del rescate superaba la de Ábalos.
Y añade el juez: "Si la acusación popular considera la existencia de indicios de cualquier actuación irregular en la concesión de la licencia o de la ayuda económica pública, así deberá hacerlo valer ante los órganos jurisdiccionales competentes. Y sólo para el caso de que, en el curso de la investigación emprendida en los mismos, alguno de aquellos indicios pudiera apuntar sólidamente a la eventual responsabilidad de alguna persona aforada ante este Tribunal Supremo, a nosotros nos correspondería, desde ese momento, pero no ahora, la competencia para investigarlos", concluye.
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