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Anticorrupción pide 24 años de cárcel para Ábalos por seis delitos en la Trama Koldo

El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente procesó hace dos semanas a Ábalos, Koldo y Aldama por la pieza principal de la Trama Koldo.

José Luis Ábalos en una imagen de archivo. | Europa Press

La Fiscalía Anticorrupción solicita para el exministro de Transportes José Luis Ábalos 24 años de prisión por la comisión de seis delitos en el marco de la Trama Koldo. En su escrito de acusación, el fiscal jefe Anticorrupción Alejandro Luzón también reclama 19 años y medio de prisión para el exasesor ministerial Koldo García y 7 años para el empresario Víctor de Aldama.

El magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo Leopoldo Puente procesó hace dos semanas a Ábalos, Koldo y Aldama, en la pieza inicial en la que se ha investigado, entre otros asuntos, los contratos irregulares de mascarillas durante la pandemia de COVID-19, hechos provisionalmente calificados como cohecho, pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos.

En el escrito de acusación de 21 páginas, al que ha tenido acceso Libertad Digital, Anticorrupción reclama para Ábalos, por el delito de organización criminal, siete años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; por el delito continuado de cohecho, seis años de prisión, multa de veinte meses con una cuota diaria de 300 euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por diez años; por el delito de uso de información privilegiada, dos años de prisión, multa de 3.713.981 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de seis meses en caso de impago e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por cinco años.

También por el delito de tráfico de influencias del apartado 6 de la Conclusión Segunda, dos años de prisión, multa de 70.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de seis meses en caso de impago e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por ocho años; por el delito de tráfico de influencias del apartado 7 de la Conclusión Segunda, dos años de prisión, multa de 35.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de tres meses en caso de impago e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por ocho años; y finalmente por el delito de malversación, cinco años de prisión e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por ocho años.

Petición de pena para Koldo García

Para Koldo García, Anticorrupción reclama, por el delito de organización criminal, seis años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; por el delito continuado de cohecho, cinco años de prisión, multa de veinte meses con una cuota diaria de 300 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por diez años; por el delito de uso de información privilegiada, un año y seis meses de prisión, multa de 3.713.981 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de seis meses en caso de impago e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por cinco años.

Además, por el delito de tráfico de influencias del apartado 6 de la Conclusión Segunda, un año y seis meses de prisión, multa de 45.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de cuatro meses en caso de impago e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por ocho años; por el delito de tráfico de influencias del apartado 7 de la Conclusión Segunda, un año y seis meses de prisión, multa de 25.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de dos meses en caso de impago e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por ocho años; finalmente, por el delito de malversación, cuatro años de prisión e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por ocho años.

Petición de pena para Aldama

Para el empresario Víctor de Aldama, la Fiscalía reclama, por el delito de organización criminal, cuatro años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; por el delito continuado de cohecho, tres años de prisión, multa de doce meses con una cuota diaria de 300 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por nueve años; por el delito de aprovechamiento de información privilegiada, una multa de 3.713.981 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de dos meses en caso de impago y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante un año.

Anticorrupción destaca que en Aldama concurre la circunstancia atenuante analógica 7ª en relación con la atenuante de confesión, 4ª del artículo 21 del Código Penal, tras su colaboración con la justicia.

La Fiscalía subraya además que de conformidad con lo dispuesto en los arts. 109, 110 y 116 del Código Penal, los acusados JOSÉ LUIS ÁBALOS MECO y KOLDO GARCÍA IZAGUIRRE indemnizarán conjunta y solidariamente a INECO en 34.477,86 euros". "Procede acordar el decomiso de las ganancias provenientes del delito de cohecho, por importe de, al menos, 430.298,4 euros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 127 del Código Penal", concluye.

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