
La estructura delictiva del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero creó sociedades offshore en el extranjero para canalizar las comisiones ilegales que se investigan en el caso Plus Ultra.
En su resolución, el juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama destaca que la capacidad de influencia de la red para acceder a información privilegiada quedó patente en febrero de 2021 cuando dos de los investigados celebraron en un intercambio de mensajes la concesión de ayuda a Plus Ultra antes de la decisión formal del Consejo Gestor y de su aprobación definitiva que se llevó a cabo el 9 de marzo.
El contacto de Plus Ultra con el entorno de José Luis Rodríguez Zapatero no fue casual, señala el auto, sino que se inserta en la existencia de una trama organizada de ejercicio ilícito de influencias, liderada por él, que selecciona clientes, imparte instrucciones para crear sociedades en territorios offshore y adopta estrategias para desvincularse formalmente de la estructura.
En este sentido, Calama explica que la estructura investigada no se limita a España. Siguiendo instrucciones de Rodríguez Zapatero, afirma, se creó al menos una sociedad offshore, Landside Dubai Fzco o Landside Middle East Fzco, participada al 100% por Idella Consulenza Strategica, con un plan de negocio de 3 millones USD en cinco años. Idella suscribió con Plus Ultra un contrato para cobrar el 1% del rescate (530.000 euros), y la proximidad temporal entre dicho contrato (19.01.2021), el inicio de gestiones para constituir Landside (26.01.2021) y la ausencia de pagos en España apuntan a que la sociedad offshore podría haberse creado para canalizar ese cobro.
En cuanto a los beneficiarios finales, apunta el auto, Análisis Relevante habría remitido 490.780 euros a José Luis Rodríguez Zapatero y 239.755 euros a Whathefav, de modo que la mayor parte de los fondos recibidos por Análisis Relevante −procedentes de Plus Ultra, Inteligencia Prospectiva, Softgestor y Grupo Aldesa −, terminaron en el entorno de José Luis Rodríguez Zapatero. Además, el Gate Center habría enviado 352.980 euros a José Luis Rodríguez Zapatero y 171.727 euros a Whathefav, mientras que sociedades del grupo Thinking Heads, vinculado a Daniel Romero-Abreu Kaup, habrían remitido 681.318 euros a José Luis Rodríguez Zapatero y 12.297 euros a Whathefav.
Delito de tráfico de influencias
Para el juez, los hechos investigados en esta fase inicial pueden ser calificados como delito de tráfico de influencias de los artículos 428 a 430 del Código Penal. Este tipo penal sanciona la conducta de quien influye en un funcionario o autoridad o en otra persona que pueda influir en ellos, prevaleciéndose de una situación derivada de su relación personal o jerárquica, con la finalidad de obtener una resolución que pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico.
Con el grado de provisionalidad propia de esta fase, el instructor señala que concurren los requisitos típicos del delito de tráfico de influencias: existencia de una influencia ejercida o simulada, orientación a la obtención de una resolución administrativa concreta y vinculación funcional entre la influencia y el beneficio económico pretendido, todo ello en el marco de una red organizada y jerarquizada que habría actuado en favor de Plus Ultra y cuyos beneficios económicos habrían sido canalizados hacia José Luis Rodríguez Zapatero y su entorno más próximo.
El Instituto Nacional de Aeronáutica Civil de Venezuela
El auto detalla que la actividad desplegada por los investigados no se limitó a las gestiones orientadas a obtener la ayuda pública española, sino que también se extendió a una segunda línea de influencia dirigida a intervenir ante el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC) de Venezuela para asegurar la autorización de vuelos de la compañía Plus Ultra. Esta línea presenta por sí misma, según Calama, los elementos característicos del delito en cuestión, en tanto que se compone de una pluralidad de gestiones reiteradas, realizadas en unidad de propósito y aprovechando la posición de influencia que Julio Martínez Martínez mantenía sobre el presidente del INAC, el mayor general Juan Manuel Teixeira Díaz.
Para el juez, tanto esta línea de influencia como la dirigida a obtener la ayuda pública española deben considerarse un único delito de tráfico de influencias por identidad de sujetos activos, homogeneidad típica y unidad de finalidad económica, en tanto que ambas responden a un plan global de actuación en el que la trama organizada pone su capacidad de influencia al servicio de intereses empresariales concretos, obteniendo contraprestaciones canalizadas a través del entramado societario controlado por Julio Martínez Martínez.
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