
El juez Peinado ha pedido a la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, que "acredite" que el pasaporte que le fue entregado de manera excepcional fue usado para los fines previstos, es decir, el viaje a Londres para asistir a la graduación de su hija.
La mujer del presidente del gobierno entregó este domingo, tras la graduación de su hija en Londres, su pasaporte al titular del Juzgado de Instrucción nº 41, Juan Carlos Peinado, después de que la semana pasada su sustituto, el magistrado Antonio Viejo Llorente, autorizase el viaje al evento familiar.
El juez explica en una providencia, a la que ha tenido acceso Libertad Digital que en el pasaporte entregado de vuelta de Begoña Gómez "no consta ninguna diligencia de salida ni entrada en los días autorizados" para los que se le permitió de manera "excepcional" dejar sin efecto las medidas cautelares interpuestas de retirada de pasaporte y de prohibición de salida del territorio nacional.
De esta manera, Peinado concede un plazo de cinco días para que la mujer de Pedro Sánchez acredite que el uso que le ha dado al pasaporte coincide con "el concreto fin para el que se dejó sin efecto la medida cautelar" y que se pueda así demostrar que no ha ralizado ningún acto que pudiera ser constitutivo de un delito de quebrantamiento de medida cautelar.
Según el artículo 468.1 del Código Penal "los que quebrantaren su condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año si estuvieran privados de libertad, y con la pena de multa de doce a veinticuatro meses en los demás casos".
Póngase en contacto con nosotros en investigacion@libertaddigital.com

