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Puigdemont y Forcadell incumplen la Ley al prometer éste el cargo como presidente de la Generalidad

Como por otra parte no puede sorprender a nadie, Puigdemont no ha usado la fórmula legal para prometer su cargo.

El primer acto de Carles Puigdemont como presidente de la Generalidad ha consistido, probablemente, en una ilegalidad: la fórmula elegida para prometer el cargo no se ha atenido a lo que explícitamente señala la Ley.

Puigdemont, respondiendo a la presidenta del parlamento catalán Carme Forcadell -que según algunos expertos podría ser considerada la responsable de la ilegalidad cometida-, ha prometido "cumplir con sus obligaciones como presidente de la Generalidad respetando y haciendo cumplir la voluntad del pueblo catalán expresada en este parlamento".

Sin embargo, el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se determina la fórmula de juramento o promesa para la toma de posesión de cargos o funciones públicas, recoge una fórmula explícita en su artículo 1:

En el acto de toma de posesión de cargos o funciones públicas en la Administración, quien haya de dar posesión formulará al designado la siguiente pregunta:

"¿Juráis o prometéis por vuestra conciencia y honor cumplir fielmente las obligaciones del cargo... con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución, como norma fundamental del Estado?

Esta pregunta será contestada por quien haya de tomar posesión con una simple afirmativa.

La fórmula anterior podrá ser sustituida por el juramento o promesa prestado personalmente por quien va a tomar posesión, de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey y de guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado.

Se trata de una ley, por supuesto aún vigente, que se promulgo en 1979 para que en estas situaciones se recogiese en los nombramientos el nuevo texto fundamental, la Constitución, aprobada poco antes.

Otra norma legal, la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, regula en su artículo 108 estas situaciones para los cargos electos como diputados o concejales, pero el de presidente de la Generalidad no es un cargo electo.

Desde 1980 todos los presidentes de la Generalidad habían respetado esta norma legal a la hora de jurar o prometer su cargo.

No es la primera vez

No es la primera ocasión en al que Puigdemont utiliza una fórmula ilegal para jurar un cargo: ya lo hizo hace unos meses cuando fue nombrado alcalde de Gerona, después de las últimas elecciones municipales.

En aquella ocasión Puidemont y los representantes en el ayuntamiento tanto de su partido como de ERC, eligieron la fórmula propuesta por la Asociación de Municipios por la Independencia (AMI), que añadía al juramento o promesa previsto por la ley una frase: "Anuncio que resto a disposición del nuevo Parlamento, del presidente y del gobierno de la Generalidad de Cataluña que surja de las elecciones del 27 de septiembre de 2015 para ejercer la autodeterminación de nuestro pueblo y proclamar, junto con todas nuestras instituciones, el estado catalán libre y soberano".

¿Un resquicio legal?

Sin embargo, otros expertos señalan que el Tribunal Constitucional habría descartado que no cumplir con los preceptos del Real Decreto 707/1979 tenga consecuencias legales.

De hecho, en su Sentencia 8/1985, de 25 de enero de 1985 el alto tribunal descartaba que no haber seguido la fórmula del citado decreto pudiese suponer la nulidad de la toma de posesión de dos concejales de Aranda del Duero, pero la propia sentencia dice explícitamente que se refiere al puesto de concejal, no quedaría claro si se puede aplicar a otros cargos que además no son cargos electos.

En cualquier caso, parece claro que la fórmula usada es ilegal puesto que contraviene las disposiciones legales, pero lo que no queda tan claro es que esa ilegalidad invalide la toma de posesión como acto jurídico.

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