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La juez Bolaños pide al PP 12.000 euros para personarse en el caso Faffe

Mientras, la Fiscalía denuncia la inactividad de la magistrada en piezas del caso ERE.

Mientras, la Fiscalía denuncia la inactividad de la magistrada en piezas del caso ERE.
La magistrada Núñez Bolaños | EFE

El caso de la polémica juez Bolaños adquiere por momentos mayores e inquietantes dimensiones. Mientras que los casos desgajados del caso ERE que no están bajo su jurisdicción llegan a juicio y se producen condenas, como en el caso UMAX, del que daremos cuenta al final de esta crónica, los fiscales anticorrupción señalan con dureza su inactividad en otras. Por si fuera poco, la juez exige una fianza al PP para personarse en el caso Faffe aduciendo que, ya que gobierna la Junta de Andalucía, y ésta ya es acusación particular, la suya es innecesaria.

Bolaños, que sucedió a la juez Alaya en la instrucción del caso ERE en 2015, caso que troceó en más de 200 piezas y del que no paran de prescribir sumarios, acaba de exigir una fianza de 12.000 euros al PP andaluz por un insólito razonamiento que identifica la personalidad jurídica de la Junta de Andalucía con la del propio PP.

El argumento de la juez Bolaños contempla, en resumen, que en el caso Faffe ya está personada como acusación particular la Junta de Andalucía. Como el PP es parte del gobierno que controla la Junta de Andalucía, ya está de algún modo personado y tiene acceso a toda la documentación. Por tanto, la personación del PP andaluz no es necesaria. Al no serlo, si quiere hacerlo de todos modos, que pague 12.000 euros.

En su auto de 28 de mayo, la juez dice que el hecho de que el PP-A "como partido que gobierna la Junta de Andalucía", se haya personado en la causa como acusación particular es "superflua e innecesaria para la defensa de la legalidad en la causa" ya que en la "la Junta y por tanto en manos del PP-A, "se dispone a toda la documentación a investigar".

Es más, la magistrada considera que las filtraciones a la prensa, que atribuye al PP, hacen sospechar la existencia "de intereses ajenos a la defensa de la legalidad", por lo que justifica el establecimiento de una fianza que "garantice los resultados del proceso y los derechos fundamentales de las personas investigadas en esta causa".

¿Por qué 12.000 euros nada menos? Pues porque "son numerosos los sujetos investigados, y que algunos de ellos ocuparon cargos del PSOE-A". Aunque dice no debatir la legitimidad del PP para personarse para el ejercicio de la acción popular, recuerda que la fianza es uno "de los presupuestos necesarios para personarse como acusación popular en un proceso" y que la fianza puede exigirse con "extemporaneidad" y "en cualquier momento del proceso".

Por si fuera poco, subraya Europa Press, la juez Bolaños alude a la reforma del proceso penal propuesta por Cándido Conde Pumpido, que no se aprobó en 2011, y que contemplaba "la necesidad de prohibir expresamente el ejercicio de la acción popular por los partidos políticos" con el objeto de evitar "un serio riesgo de judicialización de la política, en la medida en que transforma el área de debate procesal en un terreno de confrontación política". Ella, dice, admite la personación, pero impone la cautela de una fianza.

La cada vez más creciente tensión entre los abogados del PP y la magistrada Núñez Bolaños ya tuvo su expresión más sonada en la recusación que el partido impulsó con motivo de la presencia de la cuñada de la juez en la agencia IDEA, que no prosperó. Recientemente, en el caso de los avales, el PP ha llegado a considerar indicios de delito en el comportamiento de la juez.

La juez Bolaños ha aprovechado la contradicción del PP en el caso Avales, en el que la nueva Junta pidió el archivo de las actuaciones mientras el PP sostenía, con la Fiscalía, la continuidad de la instrucción. De hecho, la estrategia del PP andaluz pasa por dejar de impulsar su personación como acusación en los casos de corrupción de los gobiernos socialistas ahora que dispone del aparato jurídico de la Junta.

La Fiscalía denuncia la pasividad de Bolaños

La Fiscalía Anticorrupción de Sevilla denuncia el comportamiento de la juez Bolaños en determinados sumarios y archivos de causas. La pregunta que han formulado en un escrito, que recoge ABC, es: "¿Cómo se dicta un auto de archivo a sabiendas de que en un plazo de 15 días desde su dictado se iba a producir la prescripción de la causa?".

Es más, es que la propia juez Bolaños dio orden verbal a la UCO de la Guardia Civil de no investigar a seis empresas que había recibido ayuda mediante el procedimiento específico utilizado en el caso ERE porque los hechos habrían prescrito presumiblemente. Pero realmente sólo en dos casos había prescripción y no en los otros cuatro.

Uno de ellos estaba referido a la ayuda, presuntamente irregular, recibida por la empresa Fábrica de Muebles, SL de la Sierra Norte de Sevilla, uno de los meollos socialistas del caso ERE. Este caso fue sobreseído por la juez Bolaños. Por ello, el pasado 3 de mayo las fiscales encargadas del caso lamentaron la "pasividad evidente" de la juez.

Además, en su escrito, recordaron que en octubre de 2018 le advirtieron de que tenía que agilizar la investigación. Sin embargo, a pesar de la urgencia incluso en el aviso de la Fiscalía, la juez Núñez no citó a ningún investigado ni ordenó pesquisa alguna. Por si fuera poco, se amparó en que no había recibido atestado alguno de la Guardia Civil que ella misma había inducido a no investigar.

Las fiscales se quejaron en escritos posteriores de que la juez no resuelve sus solicitudes y se limita a archivarlas sin acordar ninguna imputación. "Simplemente, deja pasar el tiempo a la espera de un atestado que ya se advirtió que no era necesario", escribieron.

El caso UMAX

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha condenado a penas de entre cinco años y tres meses de cárcel y cinco años y nueve meses de cárcel a cuatro ex altos cargos de la Junta de Andalucía vinculados al PSOE y al administrador único de la empresa Umax Informática y Consultoría por delitos continuados de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad en documento oficial. Otro ex alto cargo ha sido condenado a siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación.

Este caso, aunque ya estaba en el sumario general del caso ERE cuando no estaba troceado, fue instruido por el juzgado de instrucción número 10 de Sevilla. En lugar de permitirse la prescripción, el caso fue terminado pasando a la fase de juicio a principios de este año. Y su resultado acaba de conocerse.

Los ex altos cargos son los ex directores generales de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo Francisco Javier Guerrero, el ex director general de Trabajo, Juan Márquez, el ex director general de Trabajo, Daniel Alberto Rivera, que sólo tiene pena de inhabilitación, y los ex secretarios generales técnicos de la misma Consejería, Francisco Javier Aguado y Lourdes Medina. Además, se condena al administrador de Umax, Ulpiano Cuadrado, a cinco años y nueve meses de prisión y diez años de inhabilitación absoluta por los delitos referidos.

Los cinco ex altos cargos deben indemnizarán a la Junta de manera solidaria en diferentes cantidades que suman en total 1.353.672,05 euros.

Tiene interés la consideración que la Audiencia de Sevilla sobre la creación de una administración paralela. Según la sentencia, se considera probado que Guerrero, a la espera de sentencia también en el caso ERE junto a otros 20 ex altos cargos de la Junta, en 2003 , "decidió crear en dicho organismo público y en los servicios de su Dirección General en las delegaciones provinciales de la Consejería de Empleo una estructura de personal paralela a la administrativa, al margen de las previsiones contenidas en la relación de puestos de trabajo vigente" para dicha Dirección General y delegaciones provinciales, "con incumplimiento de la normativa de contratación en el sector público".

La sentencia explica que Guerrero "concertó verbalmente" con el administrador único de Umax "que contratara las personas que él le indicara" para que "prestaran sus servicios en exclusiva en distintas sedes de la Consejería, principalmente en la Dirección General de Trabajo o en las delegaciones provinciales citadas".

Fueron nada menos que 44 los trabajadores contratados por dicha empresa o por otras de las que era administrador Ulpiano Cuadrado. Algunos de ellos eran vecinos o amigos de Guerrero y de Juan Márquez, que consintieron que los trabajadores de esta empresa privada desempeñaran su trabajo en las dependencias de la Junta.

Para poder cobrar Umax lo pactado utilizó el sistema de simular la concertación de contratos menores inexistentes o bien "se acudía a procedimientos de negociación sin publicidad en los que se invitaba a participar a tres empresas vinculadas con Umax", las cuales "eran indicadas por Guerrero o personal subordinado, a fin de aparentar legalidad en la tramitación del expediente y conseguir la designación arbitraria de ésta mercantil para un servicio que, después, no se realizaba".

La Audiencia afirma que las cantidades correspondientes al pago de las nóminas de los trabajadores de Umax cedidos a la Consejería de Empleo y en las delegaciones provinciales desde 2003 a 2010 ascienden a 2.445.545,80 euros.

A juicio del tribunal, señala Europa Press, no se trata de "una mera irregularidad administrativa, sino de una contravención legal grave que supone prescindir de las normas esenciales del procedimiento tanto en lo que se refiere a la contratación pública", subrayando que, "no existiendo expediente administrativo ni justificación previa, ni contrato, el incumplimiento de la normativa aplicable es clamoroso".

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