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Una asociación denuncia ante Interior la contratación de la escolta de Irene Montero por irregular

La Asociación de Escoltas asegura que se estaría ante una infracción "muy grave" que se castiga con multas de hasta 600.000 euros.

La Asociación de Escoltas asegura que se estaría ante una infracción "muy grave" que se castiga con multas de hasta 600.000 euros.
Irene Monterio y Pablo iglesias, el 10N. | EFE

Además del trato vejatorio y los incumplimientos que ya han transcendido a los medios tras la denuncia de la afectada, la contratación de la escolta que trabajó primero con Pablo Iglesias y después con Irene Montero podría haber sido irregular.

Así lo denuncia la Asociación Española de Escoltas y Profesionales de la Seguridad (ASES) en una nota de prensa en la que asegura que han interpuesto una denuncia ante la Unidad Central de Seguridad Privada del Cuerpo Nacional de Policía, en la que califican dicha contratación de "intrusismo profesional".

Según ASES la contratación directa de este servicio "incumple de forma muy grave la Ley de Seguridad Privada 5/2014" que prohíbe expresamente que personas que no tengan la habilitación profesional adecuada realicen tarea de escolta. Así lo dice, entre otros, el artículo 6 de dicha ley en su apartado 3:

El personal no habilitado que preste los servicios o funciones comprendidos en el apartado anterior, en ningún caso podrá ejercer función alguna de las reservadas al personal de seguridad privada, ni portar ni usar armas ni medios de defensa, ni utilizar distintivos, uniformes o medios que puedan confundirse con los previstos para dicho personal.

Infracción "muy grave"

Tal y como argumenta ASES, tanto el ejercicio de las tareas que corresponden al personal habilitado como su contratación son consideradas infracciones muy graves por la citada Ley. En el caso de las empresas o instituciones que contraten lo especifica en el apartado a) del punto 1 del artículo 59:

La contratación o utilización a sabiendas de los servicios de empresas de seguridad o despachos de detectives carentes de la autorización específica o declaración responsable necesaria para el desarrollo de los servicios de seguridad privada

Por otro lado, se da la circunstancia de que si la escolta de Irene Montero sí hubiese sido personal correctamente habilitado, la portavoz de Unidas Podemos habría cometido otra infracción muy grave, la que recoge el punto k) del mismo apartado de ese artículo 58:

Obligar a personal habilitado contratado a realizar otras funciones distintas a aquellas para las que fue contratado.

Hasta 600.000 euros de multa

Por último, en el artículo 68 de la citada Ley se establece que las faltas muy graves se castigan, además de con otras sanciones de carácter profesional, con multas que irían desde los 30.001 euros hasta los 600.000.

La ASES señala que el intrusismo profesional "es una de las peores lacras" de su sector y además señala "de especial gravedad" que este comportamiento haya llegado "por parte de miembros del legislativo". Así anuncia que van a hacer "el adecuado seguimiento a este caso para garantizar la respuesta administrativa" que consideran imprescindible.

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