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La juez de vigilancia penitenciaria rechaza los recursos golpistas contra la suspensión del tercer grado

Avisa de que mantiene la suspensión "sin prejuzgar ni entrar a conocer del fondo del asunto principal", que decidirá en los próximos días.

Avisa de que mantiene la suspensión "sin prejuzgar ni entrar a conocer del fondo del asunto principal", que decidirá en los próximos días.
Cuixart, Junqueras, Romeva y Turull a la salida de la cárcel. | Europa Press

Los golpistas presos deberán esperar unos cuantos días más para saber si la titular del juzgado de vigilancia penitenciaria número 5 de Barcelona acepta o rechaza el recurso de Fiscalía sobre su tercer grado, pero de momento se mantiene la suspensión de la semilibertad. La magistrada ha rechazado los recursos de los abogados de los reclusos separatistas, que aducían que la presentación de un recurso de la Fiscalía contra el tercer grado concedido por la Generalidad no era motivo para decretar la suspensión cautelar del mismo.

La juez considera lo contrario y se mantiene en su decisión de suspender la semilibertad hasta que adopte una decisión. Y al respecto, advierte que sigue en vigor la suspensión "sin prejuzgar ni entrar a conocer del fondo del asunto principal". Es decir, que podría decantarse finalmente por rechazar el recurso de la Fiscalía, con lo que los golpistas recuperarían el tercer grado. La juez apunta que tomará una decisión en los próximos días "dado el carácter preferente y urgente" del asunto.

Las defensas de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Cuixart, Jordi Sànchez, Jordi Turull, Joaquim Forn y Josep Rull alegaban en su recurso que Dolors Bassa y Carme Forcadell, condenadas por los mismos hechos, disfrutan del tercer grado pese al recurso de fiscalía, sobre el que entiende otro juez de vigilancia penitenciaria al estar adscritas a otros prisiones.

La magistrada responde que la clasificación de los penados es competencia exclusiva del tribunal que emitió la sentencia, razón por la que un recurso sobre tal clasificación debe dar pie a su suspensión cautelar. También se refiere a que fue el Tribunal Supremo quien decidió suspender las salidas al amparo del artículo 100.2 de Carme Forcadell, de modo que si los abogados de los reclusos quieren volver a recurrir su decisión tendrán que dirigirse al propio Supremo, que será quien finalmente decida sobre el tercer grado.

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