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El problema de traducción por el que Suiza ha devuelto sus hijos a Verónica Saldaña: "La culpa es de España"

La Asociación Niños Sin Derechos (Nisde) revela por qué los casos de sustracción internacional son tan complicados y pide a la Justicia que reaccione.

La Asociación Niños Sin Derechos (Nisde) revela por qué los casos de sustracción internacional son tan complicados y pide a la Justicia que reaccione.
Verónica Saldaña, en busca y captura desde el año pasado por el secuestro de sus dos hijos | Libertad Digital

La decisión de Suiza de devolver sus hijos a Verónica Saldaña por un problema de traducción pone el foco sobre los innumerables problemas que plantean los casos de sustracción internacional de menores. La mujer, que contaba con una orden de busca y captura internacional desde el verano pasado, llevaba casi un año desaparecida y más de dos impidiendo al padre ver a los niños, amparándose en denuncias falsas que la Justicia fue desestimando.

"El juez dice que no ha podido traducir todos los documentos y los informes de los servicios sociales de España y, al parecer, lo único que ha entendido es que no se está cumpliendo el régimen de visitas, por lo que ha concluido que no es motivo suficiente para tener a los niños solos en un centro de menores", explicaba a Libertad Digital el padre, José Manuel Ortiz.

Patria potestad vs. guardia y custodia

La Asociación Niños Sin Derechos (Nisde) apunta, sin embargo, a un problema que, lejos de ser puntual, es más común de lo que parece. "Desgraciadamente, tenemos muchos casos como éste y la culpa es de España, de la legislación española, porque, a diferencia de lo que sucede en otros países, aquí distinguimos entre patria potestad y guardia y custodia, y los tribunales se hacen un lío", resume Javier Somoza, presidente de Nisde.

La patria potestad es entendida en España como la representación general de los hijos, es decir, como el conjunto de derechos y deberes de los padres en relación con sus hijos; mientras que la guarda y custodia se centra exclusivamente en la convivencia habitual con los mismos.

"En la mayor parte de los casos, se retira la custodia, pero no la patria potestad, por lo que, cuando el tribunal de destino ve que ésta última la tienen los dos padres, como no sabe distinguir, no ve motivo para impedir que los niños sigan con el progenitor que se los ha llevado, al menos hasta que se investiguen los hechos", explica Somoza.

El presidente de Nisde asegura que eso es precisamente lo que le ha pasado también a Laura Rodríguez Mata, una canaria que lleva meses luchando porque la Justicia austriaca le devuelva a su pequeña Olivia, a la que su padre se llevó a Austria sin su consentimiento. A pesar de que es ella la que ostenta la custodia, los tribunales austriacos se aferran una y otra vez en sus resoluciones a que la patria potestad, según sentencia española, es compartida.

Qué puede hacer la Justicia española

Precisamente por eso, y ante la dificultad que probablemente entrañaría cambiar la legislación, el presidente de Nisde reclama a los jueces que hagan uso del artículo 158 del Código Civil que, desde hace años, recoge expresamente "la suspensión cautelar en el ejercicio de la patria potestad" como una medida más para "apartar al menor de un peligro".

Dicha reforma fue, de hecho, impulsada por las asociaciones que velan por los derechos del menor pensando en aquellos casos en los que existe un claro riesgo de sustracción internacional. Sin embargo, según Somoza, "los jueces no suelen hacer uso de esta posibilidad y parece que no se dan cuenta de que, si un menor sale de este país, puede tardar años en volver o no volver nunca".

La otra opción, explican desde Nisde, es que la propia Justicia española se moleste en enviar una aclaración al tribunal de destino, "resumiendo aquellos puntos de nuestro marco jurídico que son singulares", con el fin de dejar clara la diferencia entre patria potestad y custodia compartida.

Un daño irreversible

Su empeño no es baladí, sino que pretende evitar algo que, desgraciadamente, sucede en no pocas ocasiones y que puede suponer un daño irreversible: "Tenemos un montón de sentencias, sobre todo en Polonia, que se niegan a entregar al menor a España porque alegan que ya está arraigado allí y que el progenitor se ha ido a aquel país ‘en el libre ejercicio de la patria potestad que no le ha sido suspendida’".

El problema, insiste Somoza, es que, una vez que el caso pasa a otro país, "el proceso suele alargarse en el tiempo y, en un niño de corta edad, eso significa que va a perder absolutamente el idioma, con lo cual, la comunicación con el padre ya es muy difícil y, a partir de ahí, empieza el desarraigo y la coartada para no restituir al menor".

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