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El Consejo de Estado, contra la ley Trans: reclama informes médicos y aval judicial para los menores

El organismo presidido por la socialista María Teresa Fernández de la Vega hace público el informe que remitió al Gobierno y que éste ha ignorado.

El organismo presidido por la socialista María Teresa Fernández de la Vega hace público el informe que remitió al Gobierno y que éste ha ignorado.
María Teresa Fernández de la Vega, presidenta del Consejo de Estado | Archivo

Tras la polémica aprobación del proyecto de ley Trans impulsado por Irene Montero, este martes el Consejo de Estado ha hecho público el informe que remitió al Gobierno y en el que dejaba claro su total desacuerdo con los puntos fundamentales de la nueva normativa. El organismo presidido por la socialista María Teresa Fernández de la Vega se opone frontalmente tanto a la libre autodeterminación de los menores como al hecho de que cualquier persona pueda cambiar su género sin respaldo de ningún informe médico.

A pesar de que su razonamiento coincide con el también emitido por el Consejo General del Poder Judicial, el Ejecutivo ha decidido hacer caso omiso a sus recomendaciones, amparándose en que las mismas no tienen carácter vinculante. Sin embargo, la oposición ya adelanta que sus argumentos estarán muy presentes en el debate que tendrá lugar durante su tramitación parlamentaria.

La intervención judicial

En primer lugar, el Consejo de Estado rechaza que los menores puedan cambiar su género sin intervención judicial, algo que únicamente se exige para los menores de 12 a 14 años. Entre los 14 y los 16, es suficiente la asistencia de padres o tutores y, a partir de los 16, ni siquiera eso. "La intervención judicial se convierte en una garantía fundamental para el menor de edad que expresa su deseo de transitar de un sexo a otro", defiende el informe.

Según la ministra de Igualdad, si se necesitase el permiso del juez, "no se estaría teniendo en cuenta la madurez de cada menor". Para el organismo presidido por De la Vega, sin embargo, la situación es exactamente la contraria: "La flexibilidad con la que se ha concebido el mencionado expediente de jurisdicción voluntaria -en el que, como se ha señalado, el juez comprobará, entre otros extremos, la madurez del menor para comprender y evaluar las consecuencias de su decisión- hacen que dicho procedimiento de aprobación judicial constituya un cauce procedimental especialmente idóneo para valorar las circunstancias de cada caso concreto y, de esta forma, velar por el interés superior del menor, tal y como ha sido interpretado por nuestra jurisprudencia y doctrina constitucional".

En este sentido, el informe advierte de que omitir este paso podría "favorecer que se tomen decisiones precipitadas, no asentadas en una situación estable de transexualidad", lo que, "a la postre, podría terminar repercutiendo de forma negativa en el libre desarrollo de la personalidad del sujeto". Una advertencia, esta última, que coincide con la que el Poder Judicial ya esgrimió en un informe emitido el pasado mes de abril.

La importancia de los informes médicos

Por otro lado, el Consejo de Estado arremete contra la obsesión del Gobierno por "despatologizar" la transexualidad, lo que, en la práctica, se traduce en que el cambio de género no precise "en ningún caso" de informes médicos: "No parece necesario ni proporcionado desvincular la rectificación registral de la mención relativa al sexo de todo elemento probatorio que acredite, de un modo u otro, cierta estabilidad en la identidad sexual libremente definida por la persona".

Según reza el texto remitido al Gobierno, "la exigencia de tal informe médico o psicológico constituiría una garantía para el solicitante que debería ser mantenida en aras de la protección de la persona que libremente decide transitar de un sexo a otro".

El informe del CGPJ

A finales de abril, el Consejo General del Poder Judicial aprobó por unanimidad un informe a en el que también proponía elevar a los 18 años la edad para que una persona pueda solicitar el cambio de sexo en el Registro Civil. Además, advertía sobre determinados puntos de la ley que podrían vulnerar derechos de las mujeres.

Así, según el máximo órgano de Gobierno de los jueces, el anteproyecto contenía disposiciones que "contradicen el derecho fundamental a la igualdad", en la medida en que propician el "indeseado efecto de generar situaciones de discriminación positiva y, por tanto, de discriminación por lo general indirecta de aquellas personas no contempladas en su ámbito subjetivo de aplicación, especialmente significativa respecto de las mujeres no transexuales". Las feministas también se han opuesto radicalmente a esta ley.

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