El magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid, vicepresidente de la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial y miembro de la Asociación Francisco de Vitoria, Luis Sanz, ha afirmado que el intento del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de iniciar un procedimiento disciplinario contra el juez Peinado "va a quedar en nada" porque se ha utilizado un precepto legal que no se ajusta a los hechos, y ha denunciado que la reunión urgente convocada para este lunes a primera hora tras las declaraciones del ministro Fernando Grande-Marlaska el domingo no tiene precedentes en la historia del órgano de gobierno de los jueces.
En La Noche de Cuesta, Sanz ha sido tajante sobre la naturaleza de la decisión: "A mí la reunión urgente, después de comentarlo un ministro el domingo, me parece extraña. Esto no lo hemos visto en el Consejo nunca", ha afirmado. También ha comentado que el CGPJ ha tardado mucho en responder a campañas de ataques mucho más graves contra otros jueces que investigaban al poder político, y cuando lo ha hecho haya sido con "un comunicado estereotipado que se repite una y otra vez".
El artículo equivocado
El magistrado ha explicado con precisión técnica por qué el procedimiento iniciado está mal fundamentado. La conducta que se atribuye al juez Peinado, que consiste en sugerir en una resolución que los escoltas de Begoña Gómez podrían ayudarla a huir de España, encajaría, supuestamente, en el artículo 418.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que regula expresiones o conductas inapropiadas en resoluciones judiciales. Sin embargo, el Consejo ha optado por el 418.5, que regula las mismas conductas pero fuera de resoluciones judiciales. "El otro artículo no se da, porque esas faltas de consideración que describe el precepto no son en una resolución judicial, esas son las del punto 6", ha explicado.
La razón de ese rodeo, ha desvelado, es que el artículo 418.6 exige que la comunicación al Consejo la realice el tribunal que resuelve el recurso jurisdiccional, es decir, la Audiencia Provincial, "cosa que no se ha producido porque probablemente no ha dado ni tiempo a plantear un recurso". Al no cumplirse ese requisito, se ha buscado el otro precepto. "Yo creo que esto va a quedar en nada, incluso en el ámbito del promotor de la acción disciplinaria", ha pronosticado.
Sanz ha precisado además un matiz importante que ha sido mal interpretado en algunos medios. Lo que se remite al promotor de la acción disciplinaria no es el auto del juez Peinado en su totalidad, sino exclusivamente la frase relativa a los escoltas. "Todo lo que se decide en el auto, que es lo mollar, no lo controla ni pretende controlarlo, por ahora, el Consejo General del Poder Judicial, porque eso es claramente una decisión judicial que solo puede ser revisada en sede jurisdiccional", ha subrayado.
Luis Sanz ha aprovechado para señalar la causa estructural de lo ocurrido. "Este es el problema del Consejo que se elige por los partidos políticos", ha aseverado. En ese sentido, ha recordado que este órgano fue creado en la Constitución a imagen del Consejo Superior de la Magistratura italiano, con la vocación de defender la independencia judicial, no de depurar jueces. Su solución pasa por volver al sistema de la mayoría de países europeos: "Como mínimo, que una parte mayoritaria de los vocales sean elegidos por los propios jueces. Si así fuera, lo que ha pasado esta mañana no se hubiera producido".

