Nomenclatura de las partes que intervienen en el interrogatorio:
MF SÁNCHEZ Ministerio Fiscal. Olga Emma Sánchez Gómez A GERIA Acusación Particular Angélica María Geria Cortés y su hijo menor de edad R BARROSO Acusación Particular Roberto Barroso Anuncibay y otros D R. GONZÁLEZ Defensa de Rabei Osman D ZOUGAM Defensa de Jamal Zougam y Basel Ghalyoun GB Presidente del Tribunal – Gómez Bermúdez S Secretario Judicial
MF SÁNCHEZ: Con la venia de la sala, el Ministerio Fiscal renuncia igualmente a la, al visionado de la cinta de Leganés y aprovecha en este momento que le ha sido otorgada la palabra para manifestar a la sala que se hallan presentes los intérpretes de, de árabe de Italia, de la DIGOS, que están en estrados y para que, se propuso como, como pericial del Ministerio Fiscal con el número 38, y, están a disposición de la sala para cuando considere oportuno tomarles, hacer la pericial correspondiente. Respecto al visionado de las, de las fotos, interesaría se mostrasen al menos tres fotos de cada uno de los focos de las explosiones.
GB: Bien, señor Secretario, en cuanto a la pericial número 38, al parecer fue renunciada por todas las acusaciones pero ¿no le consta la renuncia expresa del Ministerio Fiscal?
S: Se, se da cuenta de, del, del, al señor, al señor Presidente, que la sesión de 21 de mayo de 2004, se renunció por las diversas acusaciones, pero el Ministerio Fiscal se reservó el derecho a la renuncia, no habiendo res, renunciado a la misma.
GB: Pero ocurre sin embargo que habrá que dar traslado a las partes de la posibilidad de su práctica por la sencilla razón de que por la vía del silencio se vulnera el artículo 724 puesto que las periciales deben de practicarse cuando versen sobre el mismo objeto, con todos los peritos juntos. El resto de las acusaciones, ¿algo que alegar?
A GERIA: Adherirnos a la petición del fiscal, señoría. La A9.
R BARROSO: Sí, señoría, por la A5, a la vista de lo practicado ya, nos adherimos también.
GB: Bien, se trata sólo de si hay algo que alegar discrepante, claro, si es exactamente en la misma línea no es necesario que tomen la palabra. ¿Las defensas?
D R. GONZÁLEZ: Si, con la venia, por la defensa de Rabei Osman, me opongo a la celebración de la prueba por varios motivos.
En primer lugar, si bien es cierto que el, que el Presidente informó un día verbalmente que las acusaciones habían renunciado a esta prueba pericial y el Ministerio Fiscal dijo que él todavía no renunciaba, lo cierto es que, salvo revisar las actas de la vista, esta defensa considera que, recuerda que el Presidente manifestó unos días después, que se tiene por renunciada la prueba pericial número 38 sin que el Ministerio Fiscal hiciera manifestación alguna. Entiendo que ese aquietamiento ante una decisión judicial firme sin ninguna fórmula de protesto ante tal manifestación implica la aceptación de que la, de que dicha pericial ha sido renunciada.
En segundo lugar, si bien es cierto que por las peculiaridades del presente asunto se ha practicado la prueba testifical entre la pericial en diversas ocasiones, el pasado miércoles también se dijo que se había termin…, se daba por terminada la prueba pericial sin que el Ministerio Fiscal y sin ninguna de las acusaciones hiciera manifestación alguna.
Y en tercer lugar, para el sólo caso de que se admitiera dicha…, la práctica de dicha prueba pericial, solicito que también se practique la pericial número 41, esta también solicitada por esta defensa, tanto de Rabei Osman como de Raúl González Peláez, que son las traducciones realizadas de las cintas tras previa escucha por intérpretes de la UCI, es decir, la policía española también escuchó las cintas, también ha, ha remitido al Juzgado Central de Instrucción en el año 2004 sus propias traducciones y solicitaría que también conjuntamente con las que haya eh… traído el Ministerio Fiscal en el día de hoy declararan los mismos para el caso de que fuera estimada su práctica, nada más.
GB: ¿Alguna otra defensa?
D ZOUGAM: La defensa de Jamal Zougam y Basel Ghalyoun para adherirme a la petición realizada por la defensa de Rabei Osman.
MF SÁNCHEZ: Con la venia de la Sala,…
GB: Sólo sobre el último aspecto por favor, Ministerio Fiscal.
MF SÁNCHEZ: Sí, sólo, sólo matizar que la número 41 al parecer propuesta por la defensa de Rabei Osman, no constan los números de funcionarios que al parecer querían proponer como peritos, y por tanto, al no constar nominativamente, o nominalmente, es imposible realizar una pericial sin las personas que al parecer la defensa de Rabei Osman considera que participaron en su momento en la traducción de dicha cinta. La pericial número 38 en modo alguno ha sido renunciada por el Ministerio Fiscal, fue admitida por la sala y el fiscal lo que ha hecho ha sido interesar de las autoridades italianas que comparecieran en el día de hoy los peritos que en su momento fueron propuestos y no fue impugnada dicha pericial por la defensa de Rabei Osman. Nada más.
(n.t.: El Tribl¡unal delibera)
GB: Bien, el Tribunal, sin perjuicio de comprobar detalladamente en todas las actas la situación procesal en la que se encuentre la pericia, o en la que se encuentre la pericia propuesta en su momento, sea por esta vía, de no renuncia aunque pudiera considerarse extemporánea, la traída ahora al proceso de dichos peritos sea por la vía de estimar que conforme al 729 es útil al objeto de la causa recibir el, o practicar dicha pericial, acuerda que se practique, si bien, conforme al artículo 724 comparecerán los peritos, T-51 y S-48, pericial 38, junto con los peritos que el pasado día, la pasada semana, hicieron las traducciones a instancias de la defensa, porque el 724, como ustedes saben, obligan a que cuando la pericial verse sobre un mismo objeto todos los peritos comparezcan juntos. Asimismo se intentará por la secretaría, localizar a los peritos de la pericial número 37, Chetuf y B-12, en su caso, para que comparecieran aunque no serían, imprescindibles.
En cuanto a la última parte de lo propuesto por la defensa de Rabei Osman El Sayed Hamed, referido a la pericial 41, en realidad dicha pericial se refiere a traducciones DIGOS, por lo tanto es la misma pericial que la 38. Por el contrario, esa parte propuso como documental las lectura de las traducciones efectuadas por la UCIE de las cintas grabadas en Italia. Como tal documental esta se aprueba, pero no como tal pericial, o al menos no aparece en el, en el listado.
Por lo tanto el Tribunal acuerda:
Primero: que se practique la prueba pericial conjunta de los peritos procedentes de Italia con los peritos de defensa que la pasada semana comparecieron. A tal fin y para evitar cualquier atisbo de indefensión, cualquier atisbo de duda, se dispondrá de toda la mañana de hoy, o al menos de unas horas, para que los peritos italianos asistidos de un intérprete italiano tengan en su disposición la traducción practicada, o mejor dicho, aportada la semana pasada, con el fin de que puedan estudiarla conjuntamente con los peritos de la defensa. Y una vez estén en disposición, a primera hora de la tarde se les recibirá en su caso, o se practicará, en su caso, dicha pericial.
D R. GONZÁLEZ: Con la venia, tr…, objeto de recurso si, si formulo protesta por la no admisión de la pericial 41 sin perjuicio de que también sigamos manteniendo la lectura de las traducciones.
GB: Sí, ya le digo que la 41 si está admitida, si es la misma que la 38, pone usted peritos DIGOS, peritos DIGOS no son de la UCIE, es imposible.
D R. GONZÁLEZ: Si, eso DIGOS se ha puesto en Secretaría. Es el…
GB: Ya comprobaremos su escrito, en cualquier caso no está como tal pericial, o por lo menos no consta ahora mismo al Tribunal. Como se va a leer como documental, el valor en principio es equivalente, pero sí comparecerán juntos, insisto, al menos los peritos de la semana pasada más los que han venido de Italia. Entretanto y por razones de economía procesal se sigue con la práctica de la prueba documental. Señor secretario, que se proyecten…