Nomenclatura de las partes que intervienen en el interrogatorio:
AVT Acusación Popular AVT GB Presidente del Tribunal – Gómez Bermúdez
AVT: Esta acusación para tomar la palabra, para lo cual nuestro informe y es evidente que, a estas alturas, después del minucioso relato de hechos que pudimos escuchar de la Fiscalía y del brillante Informe Jurídico que escuchamos en tercer lugar, poco nos queda por decir. Respecto a los hechos y calificación jurídica y menos nos queda por decir todavía, después de haber escuchado el informe que realizó ayer nuestro compañero José María de Pablos, con el cual compartimos prácticamente el cien por cien de las palabras que dijo ante ustedes.
No obstante sí queremos referirnos a un aspecto de la calificación en la que planteamos la posibilidad de que la actuación del acusado Rabei Osman fuera autor pero fuera autor por comisión por omisión. Y vamos a explicarnos. La pericial que vimos aquí todos, la pericial de intérpretes de árabe, planteó dos posibilidades. La planteada por los intérpretes de la DIGOS y la planteada por los dos intérpretes de sala y las dos intérpretes de UCIE.
A esta parte le pareció sugestiva la interpretación que hicieron los intérpretes de sala y le pareció sugestiva por varios motivos. En primer lugar por la manifestación de que el acusado se estaba expresando en un dialecto local, una variante propia de la cual el intérprete de sala conocía por haber sido o por ser de la misma zona geográfica. Se les manifestó a los intérpretes italianos que no tenían esos conocimientos y los intérpretes no dijeron ni hicieron protesta alguna sobre la manifestación que se les estaba realizando de no tener conocimientos sobre ese dialecto, no sobre esa variante local.
En segundo lugar, una cuestión de orden práctica. Escuchábamos al representante del Ministerio Fiscal manifestar que los intérpretes, en un primer momento no habían entendido a Rabei Osman, tampoco la entendían a ella. Nos parece una frase dicha a la ligera, pero que puede tener unas consecuencias, a nuestro juicio muy importantes. Muy importantes porque significaría o podría significar que la interpretación que se ha estado realizando por los intérpretes para las personas que dicen, y así se les ha reconocido no conocer el idioma castellano, resultaría que habría sido una interpretación mal hecha. Con lo cual podría tener unas serias consecuencias de cara a las garantías con las que estos acusados habrían estado, habrían permanecido en el juicio. Entendemos que las interpretaciones, se ha reconocido son unas interpretaciones correctas y que los acusados de nuestra parte no pueden tener queja de las mismas.
En tercer lugar, aunque sea un argumento cogido también al vuelo, había cuatro peritos que opinaban de una manera, dos peritos que opinaban de otra manera y los dos peritos que opinaban de otra manera no entendimos que nos dieran razones suficientes para la opinión que estaban expresando. Por lo tanto creemos que la conversación, una de las conversaciones en las que se producía la discordancia entre los seis peritos, debe entenderse como que el acusado tenía conocimiento previo de que un grupo, su grupo iba a realizar un acto en Madrid, pero que Rabei Osman no conocía verdaderamente el alcance del acto. Y esas palabras nos colocan en la verdadera posición del acusado.
Si es su grupo solo caben dos alternativas. Que él pertenezca al grupo o que tenga alguna suerte de ascendencia sobre dicho grupo. Eso unido a todas las enseñanzas, al contexto de la conversación, todos los elementos que se manifiestan en esa conversación, las enseñanzas yihadistas radicales que desarrolla y los antecedentes de los atentados realizados por otras organizaciones terroristas islámicas radicales nos llevan a ese convencimiento. Y aquí, creemos, que se concitan los elementos necesarios para poder traer este análisis ante ustedes. Entendemos que se concitan, por lo tanto los elementos de la comisión por omisión y eso porque él tuvo conocimiento de que existía un grupo de personas adscritos a corrientes islámicas radicales. Tuvo previo conocimiento de que estas personas estaban dispuestas a llevar a cabo un acto en Madrid. Un acto, como decimos por los antecedentes y este sería el tercero de los elementos no podía desconocer que implicaba un serio riesgo para la vida. Esta situación, o estos conocimientos previos, que él manifiesta tener y que los otros se consiguen del conjunto de las conversaciones, creemos que le obligaban a no permanecer impasible, le obligaban a no mirar hacia otro lado. Creemos que le colocaba en una posición de garante. Y no vamos a discutir, creemos que no hay problema si la posición de garante puede ser únicamente respecto de un único sujeto o respecto de una colectividad.
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El bien jurídico, el bien jurídico vida y la vida puede referirse tanto a una sola persona como a la suma de las vidas de una colectividad. Y es cierto que con el silencio guardado por el acusado, se incrementaron de forma extraordinaria los riesgos para la vida de los ciudadanos de Madrid.
Esta posición de garante deriva, bien de un deber de solidaridad natural de asistencia entre los seres humanos o bien de las propias relaciones que mantenía Rabei Osman con las personas a las que él llama su grupo. Dada la proximidad que mantenía con esas personas, era la persona que se encontraba en mejores condiciones para poder evitar los hechos que ocurrieron con posterioridad. El conocía el riesgo y él lo único que le faltaba por conocer era el verdadero alcance de lo que iban a realizar las personas de su grupo. Por lo tanto realizó los elementos necesarios, los elementos típicos para hablar de la comisión por omisión.
Se abstuvo de poner en conocimiento de las autoridades los hechos que él conocía. Y a él nos referimos así. Tenía posibilidad física y posibilidad intelectual para poder llegar a la evitación del resultado. Y entendemos que los dos requisitos exigidos concurren. Posibilidad física por supuesto que la tenia. Conocía a las personas y podía haber comunicado quiénes eran las personas. Conocía la idea que tenían y podía haber comunicado lo que iban a realizar. Y sabia de las intenciones, por lo tanto podía localizárseles a las personas, dado que estaba en contacto con ellos.
Se nos podrá decir que a pesar de todos estos datos, a pesar de todos los elementos que pudiera comunicar, de todas las informaciones que pudiera decir para evitar los atentados podían haberse cometido los atentados, pero si se afirmara esto se estaría desconociendo que el elemento de la posibilidad física no requiere una real evitación del daño sino que requiere la probabilidad de que se hubiera evitado el daño. Y con esta comunicación había muchas posibilidades de evitar el daño. Coincidiendo las posibilidades intelectuales, los dos elementos que se requieren igualmente entendemos que concurren. Sabía de la intensidad que podía llegar a alcanzar el ataque al bien jurídico. Sabía de los antecedentes de otros atentados llevados a cabo, como hemos dicho, por otras organizaciones radicales islámicas y por supuesto que tenía la posibilidad y tenía los medios, sabía lo que tenía que hacer para evitarlo. Que era ponerlo en conocimiento de las autoridades. Por lo tanto creemos que con esto y si se diera esta interpretación podemos cerrar el círculo de las posibilidades de acusación, respecto de Rabei Osman. Y así ofrecemos a la Sala esta interpretación.
Y como decía al principio poco mas podríamos o tendríamos que decir de lo que... vista las manifestaciones del Ministerio Fiscal y del compañero que me precedió en el uso de la palabra, pero no podemos quedarnos en este punto. No debemos quedarnos en este punto porque en el juicio que hemos asistido podemos concretar que es un juicio único. Juicio único por la magnitud de los hechos que nos hemos visto obligados a juzgar, os veis obligados a juzgar.
Juicio único por la investigación que se ha realizado en él. Juicio único por la celeridad con que hemos llegado a la vista del juicio oral. Pero también juicio único por las descalificaciones que se han producido a esta acusación y a otras acusaciones, que no han compartido, que han discrepado y que han querido sumar más de lo que estaba dicho en los escritos y que se ha llamado denominando, no es una frase que me guste pero parece que ilustra bastante bien, la verdad oficial o la versión oficial.
Por ahondar, por querer saber más de lo que había, sin decir que las personas que están aquí, sentadas como acusados sean culpables hemos recibido todo tipo de epítetos. Se ha llegado a calificar a una víctima a la que este letrado representa, se le ha llegado a decir que dejara de decir las cosas que decía y que tenía que dar gracias por estar vivo. Y esta víctima, a la que yo represento, lo único que ha solicitado siempre es que se le pidieran disculpas por haberle manifestado que tiene que dar gracias por haber salido vivo de los trenes.
En los Escritos de Calificación Provisional ya dijimos que el atentado y todos los hechos posteriores al atentado habían polarizado a la sociedad española, pero sinceramente nunca pensamos que se la hubiera polarizado de esta manera para que una víctima recibiera estas manifestaciones. Y junto a ello igualmente se nos ha calificado de haber ejercido labores de defensa. Evidentemente quien así se ha manifestado ha venido con una idea preconcebida, que no se compadece ni con el íntimo sentimiento del letrado que se dirige a vosotros, ni evidentemente con los hechos realizados.
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La Asociación de Víctimas del Terrorismo y las acusaciones particulares a las que patrocino, presentaron un escrito de acusación, acusando a las personas que están siendo juzgadas. La Asociación de Víctimas del Terrorismo y las acusaciones particulares a las que represento, han presentado un Escrito de Conclusiones Definitivas, en las que se han modificado, se han retirado acusaciones ciertamente, pero únicamente a la luz de las pruebas y de la interpretación que hemos realizado de las pruebas que se han desarrollado en las sesiones del juicio oral.
No se puede decir que hemos sido defensa. Jamás hemos actuado en beneficio de los acusados y jamás hemos buscado la absolución de los acusados. Es cierto, hemos discrepado. Es cierto hemos querido ahondar más allá de lo que se nos estaba diciendo. Pero entendemos que ir más allá, entendemos que preguntar es legitimo y discrepar también es legitimo. Y aquí se nos ha querido poner el “burka” de la uniformidad intelectual.
Y llegado a este punto tenemos que contestar las palabras del excelentísimo Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional. No hubiéramos querido llegar aquí, hubiéramos preferido que cada uno se hubiera ocupado del papel que ha desarrollado en estas sesiones. El papel que ha desarrollado en la instrucción. Esquizofrenia procesal ¿Cómo llamamos entonces a hacer interrogatorios blancos? ¿A hacer interrogatorios de defensa y terminar retirando la acusación ha destacado dirigente de la izquierda aberzale? Este letrado no lo va a calificar, pero ahí lo dejamos.
Las discrepancias a las que nos hemos visto obligados a contestar, las discrepancias que hemos encontrado entre unas versiones y otras versiones, entendemos que tienen un origen claro, que es la forma en la que se llevó a cabo la instrucción de la causa. La forma en la que se ha llevado es una forma en la que se ha obviado la colaboración que podían facilitar las distintas acusaciones personadas. Se ha llevado una instrucción únicamente bajo un criterio
o por otros órganos encargados de hacerlo, con el exclusivo y excluyente criterio del Juez de Instrucción y del representante del Ministerio Fiscal. Y en ambas ocasiones la prensa sabia antes las cosas que se hacían en el juzgado que los propios letrados. No queremos recordar, bueno si lo vamos a recordar el episodio del helicóptero. Las partes no teníamos ni idea de que se iba a realizar esa prueba, en cambio la prensa sí sabía y ahí estaba presente.
No vamos s decir que la instrucción se haya realizado de una forma dirigida (n.t.: ininteligible) y las pruebas nos lo han puesto de manifiesto que en un primer momento se plantearon todas las posibles opciones y que a partir del día 13 se cierra una determinada línea de investigación.
Pero sí es cierto y así lo entendemos que el secreto de sumario, que seguramente se decretó para llevar a cabo una serena investigación al final terminó prostituyéndose y terminó aportando dosis de insatisfacción a la sociedad. Le faltó serenidad a la sociedad porque el secreto del sumario al final no se convirtió en secreto de sumario, dadas las continuas filtraciones que se producían. Ignoramos de dónde venían esas filtraciones, pero entendemos que hubiera sido deseable, hubiera sido deseable haber levantado el secreto del sumario con anterioridad para que la sociedad, hubiera sido mucho más transparente y hubiéramos tenido todos las informaciones que se estaban realizando en el sumario. Y esta forma de instruir ha afectado a dos elementos que entendemos capitales. Afectó a los restos de los focos, no podemos dejar de referirnos a los trenes porque de forma incomprensible para este letrado, antes de que terminara la instrucción los trenes ya habían sido destruidos.
Antes de que terminara la instrucción no teníamos los elementos para... fisicos, para poder continuar la investigación. Y así se ve en la última de las periciales, que entendemos que es una pericial muy importante, la pericial final, la pericial conjunta entre Guardia Civil y Policía, donde ni siquiera, ni siquiera pueden acceder a los trenes y tienen que trabajar sobre fotografías. No creemos que hubiera sido tan complicado haber dejado los trenes para poder terminar la investigación. Una vez que hubiéramos terminado la instrucción nos parece que no hubiera sido necesario, pero antes de terminar la investigación ¿Qué prisas hubo en destruir los trenes? Y esto, evidentemente ha afectado a la falta de elementos de los focos ¿Por qué no se sacaron o por qué...? No puedo decir porque no se sacaron porque no se nos ha mostrado muestras de la chapa ¿Por qué no se cortaron chapas? O incluso, no sabemos si se hizo o no se hizo pero lo que sí es cierto es que nadie ha puesto de manifiesto que se cortaran restos de la chapas de los trenes, justamente donde habían explosionado las mochilas.
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Y efectivamente esta forma de instruir ha afectado y muy seriamente a los explosivos. Los explosivos que para bien o para mal, desde una postura a otra postura han preocupado, han preocupado a la sociedad y eran un elemento esencial, esencial dentro de la instrucción de la causa.
Yo creo que a la sociedad no le ha interesado tanto lo que explotó en la mochila o lo que explotó en Leganés. Pero sí le ha interesado saber exactamente qué es lo que explotó en cada uno de los vagones. Y creemos que aquí, es donde de una forma más estrepitosa ha naufragado la investigación, ha naufragado la instrucción. Tres años negándose a realizar nuevos análisis. Tres años aceptando la endeblez de unos análisis como los que hemos visto en esta sala. Tres años para esperar a que la fase intermedia, el órgano que tiene que juzgar, asumiendo las peticiones de las partes ordene unos análisis de los explosivos, unos análisis exhaustivos, que eran los que tenían que haberse realizado con anterioridad.
No entendemos que durante tres años nos hayamos conformado con unos análisis realizados en las primeras horas. Unos análisis donde únicamente se nos decía que había componentes de dinamita ¿Qué componentes de dinamita había? Si se dice que hay componentes de dinamita es que se saben cuáles son los componentes de dinamita. La realización de esos análisis hubiera evitado muchísimos dimes y diretes sobre lo que ha estado pasando en la instrucción e insisto, hubiera aportado más serenidad a lo que ha sucedido después del 11 de Marzo.
No es aceptable y no lo aceptamos las explicaciones que da la jefa de laboratorio TEDAX. Que si nadie le preguntó cuales eran los componentes, que si no quería liar a los miembros de la unidad, pero ¡válgame Dios! si los miembros de la unidad son TEDAX. Si de lo que saben los TEDAX es de explosivos ¿Cómo se les va a liar a los TEDAX diciéndoles cuales son los componentes? Y por ultimo no podemos aceptar que durante quince días, que nos dijo aquí, o al menos así lo entendió este letrado estuvo realizando análisis de los explosivos, de los restos y sea incapaz de decir cuáles son los componentes de las dinamitas que ella decía que había en esos restos.
También es cierto, también es cierto, y es opinión de este letrado, que únicamente la composición de las dinamitas no nos habría acreditado una concreta autoría, hubiera sido un indicio fuerte, un indicio racional, pero no hubiera acreditado únicamente la autoría. Fijando un símil cinematográfico hubiéramos necesitado además, la mano que mecía la cuna. De las pruebas que han sido practicadas en el juicio, las periciales sobre distribución de explosivos, las periciales sobre los detonadores, las testificales del “Gitanillo”, así como los explosivos hallados en Leganés, entendemos que apuntan directamente al acusado Suarez Trashorras, como la persona que suministra los explosivos a Jamal Ahmidan. Bien con las entregas directas o bien por facilitarle el acceso a Mina Conchita. Y no nos cabe duda de cuál ha sido el papel que ha representado Jamal Ahmidan en los atentados.
Tampoco nos cabe duda el informe oral del Folio 36011, así lo dice que en Mina Conchita había Goma2-ECO y Goma2-EC, a pesar de que la Goma2-EC que se encuentra en Mina Conchita y se hace referencia en ese informe se encuentra en el estado en el que se encuentra. Con esa afirmación no quiero que nadie entienda que estamos diciendo que explotó o Goma2-ECO o Goma2-EC o las dos o un tercer explosivo. Nos quedamos, porque no tenemos elementos para contestarlos, nos quedamos con las afirmaciones realizadas por los peritos, en los que pareció, que era parte del punto que se manifestó ayer, el otro punto en el que todos estuvieron de acuerdo. No supieron qué era lo que explotó en los trenes, pero sí es cierto, sí es cierto que esta manifestación en términos positivos no nos permite excluir, no nos permite excluir ningún tipo de dinamita y lo que sí sabemos es que Suarez Trashorras le suministra a Jamal Ahmidan dinamita.
Por eso la Asociación de Víctimas del Terrorismo, por eso este letrado no haya retirado la acusación a Suarez Trashorras de los ciento noventa y dos delitos de asesinato que se le acusaban inicialmente y que han quedado finalmente en la Conclusión Definitiva. Quizá hubiera sido fácil retirarle la acusación, pero hemos entendido a través de este razonamiento que continuaba siendo culpable de haber suministrado los explosivos que suministró y que se utilizaron para los atentados del 11 de Marzo. Y hemos (n.t.: ininteligible) la pericial, vamos a adentrarnos en ella. Vamos a decir, el desarrollo que tuvo en la sala nos pareció un desarrollo impecable. La verdad es que este letrado no había asistido nunca a un desarrollo de una prueba pericial como la que vimos aquí. Creemos que debería utilizarse para enseñar a los alumnos de Derecho, qué es una verdadera prueba pericial.
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Pero si ese es el resultado de lo que sucedió en la sala, no estamos satisfechos, esta acusación no está satisfecha en cómo se tuvo que desarrollar la elaboración del informe.
Creo que he dado ya algunas, algunas notas, pero tenemos que ahondar en ellas. Es absolutamente censurable la escasez de muestras de los focos que se les proporcionaron a los peritos ¿Dónde están, por ejemplo, por qué no se le entregaron los casi treinta y nueve clavos que aparecen en el informe de metralla de uno de los focos de Atocha? ¿Dónde están? ¿Por qué no se los dan para que se los analicen? Nos parece censurable que el agua y la acetona, si la TEDAX, si la jefe de laboratorio TEDAX no es capaz de decir en sus informes cuales fueron los componentes de la dinamita, nos parece censurable que se hayan eliminado los restos, evitando así que se pudiera saber realmente cuales eran los elementos en disolución en esos... en el agua y en la acetona. Igualmente nos parece censurable, es una opinión, que en el desarrollo de la pericia demostró en ciertos peritos, en algunos peritos una no disimulada intención de apuntalar una versión, de apuntalar una idea preconcebida. Y nos referimos a la “teoría de la conspiración”. La “teoría de la conspiración” que quedó en una mera ideación, una mera ideación sobre el papel que los peritos que lo propugnaban no quisieron probar. Y decimos que no lo quisieron probar, porque los otros peritos designados por el Tribunal sí solicitaron, sí solicitaron que se realizaran análisis sobre el aire, sobre la habitación donde habían estado los elementos que se les habían entregado para el análisis. Y el jefe de la pericia se negó a realizar esa comprobación. Por lo tanto, es una mera ideación, pero es que además es una mera ideación que, dados los hechos, que dados los hechos en los que se sustenta, creemos que no es racional. Si hubo una contaminación tienen que estar juntos los elementos contaminantes y el contaminado. Pero la jefe del laboratorio de los TEDAX, si tampoco entendió mal este letrado, nos dijo que los explosivos no se guardaban ahí, con toda lógica los explosivos en la unidad TEDAX se guardan en los mini pol de la unidad. No se guardan en la misma habitación de los vestigios judiciales con los restos del laboratorio. Por lo tanto mal se podían contaminar si no estaban juntos. Ya no solo cinco metros de la habitación, si no son bastantes más metros, si no son kilómetros.
Y no es racional tampoco, ayer se dijo aquí que una bolsa, dos bolsas, tres bolsas, una caja en el armario. Y tenemos partículas que vagan por el aire. El aire de esa sala tiene que ser absolutamente irrespirable. Que vagan y que van a depositarse a través de una bolsa, otra bolsa, una caja en un armario absolutamente al polvo absorbente. Este polvo tenía que ser utilizado por los fabricantes de ciertos productos que se anuncian en la televisión y que su publicidad es de la gran absorción, porque es lo que más absorbe del mundo. Al final y esta racionalidad se reduce mucho más dado, tenemos que recordar que el DNT permanece en estado sólido hasta casi los sesenta grados y esto lo aportamos nosotros. Se evapora a partir de los doscientos setenta grados y la nitroglicerina cuando se quiere convertir en gas, resulta que ya ha explotado. Malamente se puede dar esta contaminación.
Pero es que la primera contaminación no trata de explicarnos qué es lo que explotó en cada uno de los focos. La teoría de la contaminación lo único que trata es de que eliminar un elemento que no debería aparecer, según la idea preconcebida. Por eso en la muestra M-1, y así se puso de manifiesto en el desarrollo de la pericia se le llegaron a realizar hasta ocho pruebas, porque no se creía lo que estaba saliendo. Porque no se esperaba que se encontrara ese elemento que se encontró en la muestra M-1. Y por eso fue la reiteración de pruebas.
Nos pareció muy sugestiva, por otro lado la versión, la tesis que mantuvo ayer el letrado que nos precedió en el uso de la palabra, de que la contaminación se produce por los propios restos de los explosivos almacenados en la bolsa, en la bolsa, en la bolsa y en el armario.
Por lo demás no tenemos ningún empacho en decir que en el resto de los sitios donde se encontraron explosivos, Leganés, Mocejón, incluso la Kangoo se encontró Goma2-ECO, incluso en la Kangoo, a pesar de que esta furgoneta levanta muchas suspicacias, suspicacias centradas, a juicio de este letrado en la falta de determinación por los perros especializados en los explosivos, no ya solo lo que había en la...en el cajón en el asiento del copiloto, si no incluso en la parte de atrás, donde debieron ir las mochilas. Suspicacias por las manifestaciones que realizó el testigo señor Sánchez Manzano, donde nos habla de dos empleados de la fabrica que son llamados, comparecen, manifiestan que los cartuchos, los detonadores son de su fábrica, pero que ni sabemos quiénes son esas personas, ni nunca se les ha tomado declaración, ni sabemos donde consta lo que dijeron. Parece que la trasmisión oral ha vuelto a nuestra sociedad como elemento fundamental de plasmación de las informaciones.
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Y dejamos los explosivos. Dejamos los explosivos para referirnos a otro elemento que siempre ha planeado en la instrucción, fuera de la instrucción y por supuesto ha planeado aquí en las sesiones del juicio oral. Las pruebas se han practicado en el acto del juicio oral. Tributarias unas de las pruebas, de los informes que se realizaron en la instrucción y otras no tributarias, porque fueron la primera vez que se desarrollaban, como las testificales de los miembros de la organización terrorista ETA y del testigo Benasmail. No han acreditado que la organización terrorista ETA tuviera hoy una participación en los hechos que hemos juzgado. Y siendo eso así, pues no lo podemos negar, no hemos encontrado pruebas para decirlo en este estado, decimos de los hechos, no dejamos de manifestar la extrañeza que nos ha causado la multiplicación de esfuerzos que se han realizado en la instrucción para acreditar un hecho negativo. Es la primera vez que nos encontramos con que en la instrucción se dedica parte de su esfuerzo a expulsar la posible responsabilidad de alguien de la que la propia instrucción, según parece, no revelaba ningún tipo de indicio de su participación. Como hemos dicho antes, a partir del día 13 la vía de investigación de ETA queda paralizada. Ni siquiera los análisis de los explosivos estaban realizados de tal forma, que se pudiera decir que el explosivo que utiliza habitualmente la organización terrorista ETA era el utilizado ¿Qué nos preguntamos? ¿Qué necesidad, que interés procesal ha existido para que se acreditara un hecho negativo? No lo encontramos. Si en el proceso no había ¿Por qué ese hecho? ¿Por qué ese interés? Creemos que nos hemos rendido a lo extraprocesal.
Y esta misma extrañeza la sentimos de la cantidad de informes que se han elaborado, que se han solicitado únicamente para acreditar la fundamentación ideológica de unos grupos islámicos radicales. Por cierto este letrado lleva muchísimos años llevando juicios por atentados por la organización terrorista ETA, participando en instrucciones. No he encontrado en un solo atentado de los realizados por ETA, por GRAPO, en su día por FRAP, que se hubiera hecho un solo informe para saber cuál es la base ideológica de un terrorismo anticapitalista o de un terrorismo separatista. Nunca se ha hecho. Quizá lo mejor tengamos que empezar a hacerlo a partir de ahora. Tendremos que pedir todos los informes de Inteligencia que hay en los macro juicios para que todos sepamos realmente lo que son las organizaciones terroristas, digamos autóctonas de nuestro país y sepamos cual es la base ideológica a través de la que partan. Este mismo esfuerzo y también tenemos que mostrar nuestra extrañeza se ha realizado para algo que yo creo que es una verdadera equivocación. Se ha buscado hasta el final cual es la justificación de los acusados para cometer un atentado. Tampoco es la práctica habitual dentro de la Audiencia Nacional que en las instrucciones se busque cuál es la justificación de por qué GRAPO, FRAP y actualmente ETA, mata.
En las calificaciones que presentamos, en el estilo en el que todos sabemos que significa se dice “organización terrorista que busca subvertir el orden constitucional”. Aquí no, aquí la orientación de la instrucción ha sido completamente distinta. Ha habido un verdadero interés en buscar la última justificación de unos terroristas para atentar, para matar y claro hemos terminado en la política. Hemos expulsado al Derecho en esa parte de la instrucción y hemos terminado hablando de política. Y sinceramente creo, como he dicho antes que les hemos hecho el “caldo gordo” a los terroristas y no ha sido acertado. Ha polarizado nuevamente a nuestra sociedad.
Hay grandes ausentes en este juicio y no sabemos quiénes son. Hay muchos elementos, ayer se pusieron de manifiesto que tienden a que aquí faltan personas. Incluso el mismo Fiscal Jefe lo decía en su informe, si ETA hubiera tenido que hacerlo hubiera tenido que necesitar a todos sus comandos. Evidentemente todos los comandos de ETA no son mucho más que todas las personas que tenemos aquí. Faltan personas y la investigación tiene que continuar. La Asociación de Víctimas del Terrorismo no se conforma con lo que ha pasado en estas sesiones. Tenemos y creo que la sociedad tiene que llegar a saber quiénes fueron las personas que realmente estuvieron detrás de la ideación y del desarrollo y la ejecución completa de los atentados que supusieron la muerte de ciento noventa y dos ciudadanos españoles, de personas que estaban en España y de los mil ochocientos cuarenta y un heridos reconocidos. Y al hilo de esta afirmación, de que faltan personas, sí queremos dejar claro una cuestión que no, que nos ha sorprendido, que nos ha trasladado al respecto de nuestro Escrito de Acusación, que la Asociación de Víctimas del Terrorismo montaba una teoría de la conspiración y que acusaba a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado de estar detrás, en alguna forma, de los atentados. No, si ha sido una interpretación, creemos que haya sido una interpretación interesada. También puede ser que este letrado no se haya sabido explicar con el bolígrafo, pero si lo vamos a decir con la palabra.
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La Asociación de Víctimas del Terrorismo y este letrado no piensan que en ninguna de las fases del atentado estuvieran detrás los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Las pruebas que se han practicado no conducen hoy por hoy a ella. Sí es cierto, por el contrario, sí es cierto por el contrario que se nos queda un poso, una sombra de cuál ha sido el trabajo realizado con los confidentes, con los colaboradores de la Policía. Nos decía el último representante del Ministerio Fiscal que es necesario regular esa figura, darle un “status”, compartimos esa opinión. No es posible la ligereza, la falta de cuidado con la que entendemos que se han tratado las informaciones que, interesadas o no interesadas, pero que parece que algo tenía que decir respecto de lo que estaba ocurriendo. Ahí están las informaciones sobre las personas que querían vender explosivos, los ciento cincuenta kilos. Las personas que decían que había personas que estaban buscando mártires y no para llevarlos a Afganistán, ni a Chechenia ni a Bosnia. Las informaciones que se escuchaban en la cinta, en la grabación de la conversación telefónica entre Rafa Zouhier y su agente controlador, diciendo cual era la casa de Jamal Ahmidan, a qué hora se levantaba, muchos más datos y escuchando al agente controlador decir “dame el teléfono nada más”. Parece que se ha tratado con mucha ligereza.
Aquí en el juicio, se produjo una manifestación que queremos ponerla de relieve porque es una de las cosas que más le llamo la atención a este letrado, las manifestaciones que realizó el policía municipal respecto a la mochila que se explotó en la estación de EL Pozo, porque la verdad es que nos impactó. Este testigo manifiesta que la mochila que se explotó en El Pozo, cuando él la encuentra, que le llama la atención, que la única mochila que le llama la atención dentro de todo un vagón, pero le llama la atención. Que cuando él abre encuentra un recipiente de plástico plastificado de color naranja. La saca con la forma trémula que nos relató y la deposita en el andén y se va. Y se va y se lo comenta a dos personas que le dicen que son TEDAX, que no se identifican como TEDAX, mantiene una entrevista en una furgoneta que no tiene ningún tipo de distintivo, una C-5 y les dice donde ha dejado la mochila. A continuación los TEDAX que entran como testigos y que fueron los que observan la mochila y llegan a explosionarla observan algo que es absolutamente paradójico. Primero que les llama la atención la existencia de esa mochila en el andén. No es normal que les llamara la atención si ya había sido comunicado a dos TEDAX y no es normal que les llamara la atención, con todo lo que había ya en el andén, con todo lo que se estaba sacando de los vagones, del vagón explotado. Pero les llama la atención aquella mochila. Y la mochila, lo que nos dicen es que no tiene un plástico, un recipiente de plástico o plastificado color naranja, si no que tiene una bolsa de basura de color azul. Es evidente que alguno de los dos tuvo que ver mal. No tenemos elementos para decir otra cosa, pero esas manifestaciones se realizaron. Una mochila de color naranja y el otro…una mochila que contiene un recipiente de color naranja y la otra mochila, la que se explota contiene una bolsa de basura de color azul. Entrar o decir más cosas de esto o sobre esto sería entrar en terreno de las elucubraciones, sin tener datos para contrastar cual fue de verdad la mochila que estaba allí.
Vamos finalizando y queremos referirnos a la responsabilidad civil. No podemos aceptar la postura mantenida por la Fiscalía de la Audiencia Nacional nunca, no, digo nunca no, antes si compartíamos criterios, desde recientes fechas hemos dejado de compartir criterios. No podemos aceptar que se aplique el baremo de indemnizaciones para accidentes de tráfico, por más que en este juicio hayamos colocado unos límites muy altos. Casi se pide un sistema mixto, pero claro esto son los problemas del directo. Porque en el resto de los juicios donde se califica y se pide una responsabilidad civil, no se pide este sistema mixto, se pide la aplicación literal para que se aplique el baremo de accidentes de tráfico. En esos otros juicios donde no hay cámaras se pide eso. En el juicio que estamos haciendo en que sí hay cámaras se pide que se aplique el baremo con unos límites muy elevados. Y dicho esto, y entendiendo que las pruebas que se han practicado en las sesiones del juicio oral han respetado todos los requisitos constitucionales y legales. Que son unas pruebas que han tenido un carácter incriminatorio. Que han acreditado unos hechos que son asumibles en los delitos o en los tipos penales por lo que se han mantenido las acusaciones os solicitamos una sentencia condenatoria en los términos que se ha solicitado. Sí es cierto que por bien del Informe tenemos que decir que respecto del acusado Basel Ghalyoun parece que hubo una modificación del reconocimiento de la persona que inicialmente lo reconoció. Creo que deberá tenerse en cuenta con respecto a la acusación que se derivaba de ese reconocimiento.
Y no quiero terminar el Informe sin dos referencias. En primer lugar a las víctimas, a las victimas todas ellas, las victimas con sus nombres y las victimas sin sus nombre. Creo que son las merecedoras de toda nuestra tributación.
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No estoy sinceramente convencido de que tal como se ha desarrollado el juicio, todo lo que ha rodeado el juicio hayamos podido aportarles serenidad a las víctimas. Espero señoría, que la sentencia, difícil labor que tenéis encomendada les aporte esa serenidad que, sinceramente creo que no les hemos dado.
Y en segundo lugar si quiero referirme a ustedes, quiero daros las gracias por la forma en cómo habéis dirigido las sesiones. Creo que habéis respetado las posiciones de todas las partes. Habéis amparado las peticiones que eran razonables y habéis rechazado las que no eran razonables y en suma habéis respetado las garantías de todas las partes. Por eso quiero daros las gracias por un trabajo, que entiendo que ha sido muy bien realizado.
Y nada más, muchas gracias, señorías
GB: Muchas gracias.