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Defensa de la Competencia corrobora la legalidad del canon que grava los discos vírgenes

La Dirección General de Defensa de la Competencia ha archivado las denuncias presentadas contra la remuneración compensatoria aplicadas a los formatos de grabación CD y DVD, el famoso canon. Las demandas fueron presentadas por la Asociación de Internautas, Hispalinux y el abogado Javier de la Cueva.

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L D (Agencias) El organismo, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, entiende ahora que el canon "es una conducta amparada por la ley y que el mismo desarrollo acelerado de estos soportes digitales se vio favorecido por el hecho de que sus comercializadores se negaban a pagar a las entidades de gestión la remuneración por copia privada".
 
No obstante, el subdirector general sobre Conductas restrictivas de la Competencia, José Manuel Rodríguez de Castro, remarcó en una resolución de 21 de octubre que cometer simultáneamente las dos supuestas infracciones que se imputan "va contra toda lógica", al tiempo que añadió: "Puesto que el acuerdo [firmado entre la SGAE y Asimelec] es entre partes con intereses enfrentados y en cuya negociación se ha invertido más de un año, cabe descartar sin mayor análisis la posibilidad de un abuso de posición dominante".
 
“La copia sustituye a la compra de la obra copiada”
 
Rodríguez de Castro indicó respecto a la fijación de precios que la remuneración "no es el resultado de un proceso de discusión entre los deudores y las entidades de gestión", sino que se aplica "directamente por ley, la Ley de Propiedad Intelectual" y recordó que "la copia sustituye a la compra de la obra copiada" y causa un perjuicio a los que obtendrían un beneficio por su venta (autores, editores, productores, artistas). Para solucionar el conflicto, la Ley adopta una doble decisión: permitir las copias para uso privado y establecer el derecho de cada perjudicado a una remuneración”.
 
La resolución recuerda que el auge de los CD y DVD digitales "se ha visto favorecida por el hecho de que sus comercializadores se negaban a pagar a las entidades de gestión la remuneración por copia privada. Es decir, el ritmo natural de sustitución de una tecnología por otra en un mismo producto [del casete analógico al CD virgen] se ha visto falsamente acelerado por una aplicación discriminada del canon".
 
El escrito de Defensa de la Competencia recuerda al presidente de la Asociación de Internautas que la remuneración por copia privada "no tiene por finalidad compensar a los autores por las pérdidas derivadas de la llamada piratería discográfica", argumento que "que ya se ha señalado reiteradamente".
 
Recurso de la AI
 
La Asociación de Internautas ha recurrido ante el Tribunal de Defensa de la Competencia el archivo de la denuncia “formulada por la imposición unilateral, indiscriminada, injusta e ilegal del canon en los soportes digitales vírgenes que ha decidido la Directora General del Servicio de Defensa de la Competencia”, subarya. La asociación arguye en contra de la decisión que “los programas de ordenador no son entes de razón, sino facetas muy decisivas y cruciales en el desarrollo de toda Sociedad en el siglo XXI que, además, como es evidente y así lo estableció el legislador al excluirlos de la aplicación de los apartados 1 (remuneración compensatoria) y 2 (equipos y soportes que soportan tal remuneración) del artículo 25 citado, algo que ha olvidado el Servicio de Defensa de la Competencia, porque los programas de ordenador vienen fijados en soportes que están expresamente excluidos del canon compensatorio por expreso mandato del legislador, como ha venido ocurriendo con los célebres disquetes".

La AI considera que "no es de recibo" que, en contra del mandato del legislador, "empresas desarrolladoras y distribuidoras de software, autores de software y usuarios (particulares, empresas, instituciones y administraciones públicas), deban pagar "peaje" a la SGAE, ante la aquiescencia de quienes deben velar por unas reglas de competencia en el mercado”.

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