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La SGAE pierde un juicio contra un bar que utilizaba licencias "creative commons"

El juzgado número 6 de Primera Instancia de Badajoz ha fallado a favor del propietario del bar Metropol, demandado por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), porque la sociedad no ha podido probar que reprodujera música de sus autores, según informa el diario Hoy. El bar utilizaba música con licencia "creative commons". La SGAE había hecho grabaciones y enviado espías al bar para comprobar si emitía canciones de los autores controlados por la sociedad y le había demandado por una cantidad de 4.816 euros.

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El juzgado número 6 de Primera Instancia de Badajoz ha fallado a favor del propietario del bar Metropol, demandado por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), porque la sociedad no ha podido probar que reprodujera música de sus autores, según informa el diario Hoy. El bar utilizaba música con licencia "creative commons". La SGAE había hecho grabaciones y enviado espías al bar para comprobar si emitía canciones de los autores controlados por la sociedad y le había demandado por una cantidad de 4.816 euros.
(Libertad Digital) El juez considera en su sentencia que la SGAE no ha probado que la música que se reprodujo en el Metropol entre noviembre de 2002 y agosto de 2005 pertenezca a los autores controlados por ella.
 
El juez reconoce que las obras que se escuchaban en el local tienen licencia "creative commons", por la cual el autor ofrece total libertad para su copia y reproducción libre. Los usuarios pueden, si lo desean, bajársela de Internet y reproducirla en su casa o en un lugar público, como era el caso del bar Metropol.
 
No obstante, en su argumentación el juez consideró que lo importante no es el hecho de que las obras utilizaran la licencia "creative commons". La cuestión, entiende el fallo, es si éstas pertenecen o no a las licencias gestionadas por la SGAE: "Para que la demanda prosperase, la Sociedad General de Autores y Editores debería haber probado que en el establecimiento se reproduce música de su repertorio". La sentencia, que obliga a la SGAE a pagar las costas del juicio, puede ser recurrida.
 
 

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