L. D. / EFE.-
El Consejo de Ministros de la UE ratificó el acuerdo alcanzado la semana pasada por los representantes permanentes de los Quince y que se traducirá en un aumento acumulado de impuestos de hasta 46 pesetas por cajetilla de tabaco en España.
El mínimo de impuestos indirectos sobre el tabaco deberá aumentar hasta los 60 euros por cada mil cigarrillos desde el 1 de julio del 2002, aunque España podrá acogerse a una derogación y aplicar el incremento desde el 1 de enero del 2005. Además, la segunda subida prevista, hasta los 64 euros, no se aplicará en España desde el 1 de julio de 2006, sino desde el 1 de enero de 2008, según la prórroga finalmente acordada.
Estos incrementos se traducirán en una primera subida de unas 33 pesetas en impuestos por cajetilla y de otras 13 pesetas desde el 2008. Grecia también obtuvo un aplazamiento en la aplicación de las subidas. Uno de los objetivos de esta medida para reducir las diferencias de precios entre los países de la UE es luchar contra el fraude y el contrabando de tabaco.
El mínimo de impuestos indirectos sobre el tabaco deberá aumentar hasta los 60 euros por cada mil cigarrillos desde el 1 de julio del 2002, aunque España podrá acogerse a una derogación y aplicar el incremento desde el 1 de enero del 2005. Además, la segunda subida prevista, hasta los 64 euros, no se aplicará en España desde el 1 de julio de 2006, sino desde el 1 de enero de 2008, según la prórroga finalmente acordada.
Estos incrementos se traducirán en una primera subida de unas 33 pesetas en impuestos por cajetilla y de otras 13 pesetas desde el 2008. Grecia también obtuvo un aplazamiento en la aplicación de las subidas. Uno de los objetivos de esta medida para reducir las diferencias de precios entre los países de la UE es luchar contra el fraude y el contrabando de tabaco.