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Los acreedores de España subastarán la sede holandesa del Instituto Cervantes que ha sido confiscada

El laudo firme contra el Ejecutivo sitúa al país en un escenario de insolvencia internacional que acelera la venta forzosa del centro cultural.

El laudo firme contra el Ejecutivo sitúa al país en un escenario de insolvencia internacional que acelera la venta forzosa del centro cultural.
Wikipedia

El bufete de abogados Houthoff, encargado de gestionar el registro del laudo del caso Eurus y de impulsar su ejecución en los Países Bajos, ha explicado los detalles jurídicos que han llevado al embargo del edificio del Instituto Cervantes en Utrecht. Este equipo legal, liderado por el letrado Remme Verkerk, ha logrado que la Corte de La Haya autorice la incautación del inmueble, que será subastado para resarcir a los acreedores, que se vieron perjudicados por el recorte retroactivo de las primas a las energías renovables.

"El aspecto más importante de esta disputa legal es que, en el caso Eurus, existe una obligación definitiva y final y, en virtud del derecho internacional, España está obligada a pagar sus deudas. El laudo es firme, no cabe ya ningún recurso y por eso ha sido registrado por la justicia neerlandesa y reconocido como si se tratase de una sentencia de sus propios tribunales", explican desde la firma jurídica.

"El demandante en este caso era Eurus Energy, un inversor extranjero de Japón vinculado al grupo Toyota. Hablamos, pues, de una compañía que no estaba radicada en la Unión Europea, de modo que España no puede plantear objeciones como las que ha puesto en circulación en otros casos en que el denunciante era una firma comunitaria y, por tal motivo, se cuestionaba que el arbitraje internacional fuese pertinente. En consecuencia, esta decisión es final y debe ser respetada", subrayan desde Holanda.

"El pasado 19 de marzo de 2026, el tribunal de La Haya confirmó que la justicia de Holanda encuentra a España como país obligado a pagar la indemnización y, a raíz del impago de la misma, como una jurisdicción que ha incurrido en un escenario de morosidad. Se reconoce el laudo como definitivo y se apunta la posibilidad de ejecutarlo conforme a derecho internacional", aclaran Remme Verkerk y su equipo.

Preguntados por la rapidez con que se están desarrollando los acontecimientos, los juristas reconocen que "en algunas jurisdicciones, los jueces autorizan la confiscación de activos paso a paso. El denunciante obtiene el registro del laudo, luego reclama la toma de posesión de un bien, después recibe una autorización cautelar y, finalmente, se hace con el mismo. Sin embargo, no ocurre lo mismo en los Países Bajos, donde el sistema es distinto y mucho más directo, para facilitar el cumplimiento y evitar escenarios de impagos reiterados".

Así, "según la arquitectura legal holandesa, una vez que el tribunal da luz verde, el agente judicial desarrolla su plena autoridad para tomar el control del activo que reclama el denunciante y procede a transferir la propiedad del mismo, para que el afectado pueda venderlo. Este agente judicial es un funcionario que tiene la facultad de confiscar bienes reclamados por acreedores que sufren impagos y proceder a la venta de dichos activos como medida compensatoria".

"Esa figura del agente judicial encargado de estos procesos es la del bailiff. Se trata de un funcionario público con autoridad para tomar el control de la propiedad. En el caso de España y el edificio del Instituto Cervantes de Utrecht, ya ha embargado el inmueble, notificando debidamente a las partes implicadas e inscribiendo el cambio de manos de la propiedad en el registro público. A continuación, se organizará una subasta para vender el bien al mejor postor y que sean los acreedores quienes obtengan los fondos obtenidos".

"España ya no puede impugnar la validez del laudo ni tampoco recurrirlo. Por tanto, cualquier intento de acudir de nuevo a los tribunales para cuestionar la reclamación debería fracasar. Hay que recalcar, además, que se trata de un activo no diplomático, sino de una dotación cultural y de carácter comercial, puesto que el Instituto Cervantes lo alquila a terceros a precio de mercado. En virtud del derecho internacional, este tipo de activos comerciales puede ser embargado sin problema alguno", remarcan.

A manera de conclusión, insisten en que el caso ya está cerrado para España, en la medida en que el laudo en su contra es definitivo y la justicia holandesa lo ha reconocido, de modo que ya no cabe recurso y la incautación del inmueble es ya un escenario real y evidente.

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