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Garzón, supendido de sus funciones por segunda vez en menos de un año

Tras haberse abierto juicio contra él en el Supremo por un presunto delito de prevaricación y otro de violación contra las garantías constitucionales.

Tras haberse abierto juicio contra él en el Supremo por un presunto delito de prevaricación y otro de violación contra las garantías constitucionales.

Por segunda vez en once meses el Consejo General del Poder Judicial ha apartado temporalmente de sus funciones al juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón. Esta vez la Comisión Permanente ha suspendido por unanimidad al juez estrella después de que el Tribunal Supremo haya abierto juicio oral contra él por un delito de prevaricación y otro de violación contra las garantías constitucionales cometidos presuntamente al intervenir las conversaciones de los principales cabecillas de la trama 'Gürtel' con sus abogados en la prisión de Soto del Real (Madrid) cuando fue el primer instructor de esta causa.

Se trata de la segunda vez en la que el órgano de gobierno de los jueces toma esta decisión con respecto a Garzón, que ya el magistrado se vio obligado a abandonar la Audiencia el pasado 14 de mayo por haberse declarado previamente competente para investigar la Guerra Civil y el franquismo.

La Comisión Permanente ha estado presidida este martes por el vocal Félix Azón e integrada por los vocales Manuel Almenar, Almudena Lastra y Antonio Dorado, según han informado fuentes del órgano de gobierno de los jueces. El vicepresidente del CGPJ, Fernando de Rosa, y la vocal Margarita Robles se han abstenido del debate en el que se ha estudiado la suspensión ya que Garzón los recusó en la ocasión anterior.

La medida que ha adoptado este martes la Comisión, previa audiencia del Ministerio Fiscal, responde a una exigencia legal prevista en el artículo 383.1 y 384 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que obliga a apartar de sus labores jurisdiccionales a cualquier juez o magistrado cuando se haya declarado haber lugar a proceder contra él por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones. Una vez que un tribunal dicta el auto de apertura de juicio oral contra un miembro del poder judicial es obligado que el CGPJ lo suspenda cauterlamente.

La importancia de esta nueva decisión radica en que, según la LOPJ, la suspensión se prolongará durante el tiempo en el que se extienda la pena, sanción o medida cautelar que el tribunal le imponga al magistrado o bien hasta que recaiga sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento. Es decir, que en el caso de que el Supremo absuelva a Garzón por el caso de la Memoria Histórica –primera causa por la que se abrió juicio contra él- permanecerá fuera del juzgado de Instrucción de la Audiencia Nacional al estar suspendido por las escuchas de Gürtel.

El CGPJ deberá ratificar esta decisión en el Pleno que celebrará el próximo 28 de abril. Garzón es actualmente asesor de la Fiscalía del Tribunal Penal Internacional con sede en La Haya (Holanda) y tiene previsto serlo también del Gobierno colombiano dentro de la misión que la Organización de Estados Americanos (OEA).

Junto a la causa de la Memoria Histórica y las escuchas de Gürtel, el juez estrella están imputado por el caso de los cobros de Nueva York.  

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