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En libertad un etarra condenado por asesinato al no aplicársele la 'doctrina Parot'

Se trata del miembro de ETA Mario Artola Mendibe, condenado por asesinar a un camarero en 1997.

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado la puesta en libertad del miembro de la banda terrorista ETA Mario Artola Mendibe, al considerar que no debe aplicar en su caso la conocida como 'doctrina Parot', en cumplimiento del criterio impuesto por el Tribunal Constitucional.

Artola Mendibe, miembro del 'grupo Leizaran' de ETA, fue condenado a 42 años de cárcel en 1997 por el asesinato del un camarero del bar 'Chaplin' de San Sebastián, cometido el 25 de noviembre de 1991. Fue detenido el 7 de enero de 1992 tras participar en un tiroteo en compañía de los etarras Francisco Javier Laso Sanchez, Miren Elisabeth Belaustegui Cuesta y Juan Carlos Iriarte Pérez.

 Según especifica el tribunal en un auto hecho público este martes, la puesta en libertad responde a que la Audiencia Nacional dictó en 1997 un auto  en el se reflejaba "un determinado criterio de cómputo de las redenciones", por lo que la posterior aplicación de la Parot "obligaría a modificar el sentido del fallo de esta resolución".

Los magistrados de la Sección Primera, presidida por el juez Fernando Grande-Marlaska, establecían un plazo máximo de cumplimiento de 30 años de prisión en aplicación del Código Penal de 1973, el más favorable al reo. Por ello, la Sección establece su licenciamiento definitivo con fecha de 21 de abril de 2012 y carácter retroactivo, en contra del criterio de la Fiscalía.

La 'doctrina Parot' establece que las redenciones de las penas se deben aplicar sobre el total de los años de condena y no sobre el máximo de años de estancia en prisión.

En un segundo auto, la Audiencia Nacional rechaza el recurso de súplica presentado por la defensa del etarra Alberto Plazaola Anduaga, al que sí decidió en mayo pasado aplicarle la 'doctrina Parot', por lo que no quedará en libertad hasta el año 2026. El entorno de los presos de ETA denunció que este terrorista debería salir de prisión el 26 de noviembre de 2016, por lo que verá retrasada su salida en diez años.

La situación de Plazaola Anduaga es la contraria a la de Artola, ya que en su caso la Sección Primera no reflejó por escrito en ninguno de sus autos la forma de abono de la redenciones y al que, por tanto, sí se aplicará la 'doctrina Parot'.

En concreto, los magistrados especifican que "no se realizó juicio alguno que implicase la fijación de una pauta diferente y más favorable sobre la forma de abono de las redenciones". 

Actualmente, el terrorista se encuentra en la prisión coruñesa de Teixeiro. Plazaola fue condenado el 31 de julio de 1997 a 46 años de cárcel como autor de dos delitos de asesinato frustrado y uno de estragos. Ingresó en la prisión madrileña de Carabanchel el 12 de marzo de 1996, al ser extraditado por Francia, pero antes había cumplido condena en el país galo donde fue detenido el 17 de noviembre de 1990. Estaba considerado como un colaborador del 'grupo Araba de la banda.

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