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El abogado de Santano dice que las acusaciones del caso ácido bórico "tienen la misma legitimidad que una asociación de animales"

 La condena contra el ex dirigente vasco supuso una reinterpretación de la doctrina adoptada anteriormente por el alto tribunal en relación al 'caso Botín', que evitó que llegara a celebrarse un juicio contra el presidente del Grupo Santander, Emilio Botín por el denominado "caso de las cesiones de crédito". El Tribunal Supremo argumentó entonces que no es posible la apertura de juicio oral cuando se cuenta únicamente con la acusación ejercida por la acción popular.

 La condena contra el ex dirigente vasco supuso una reinterpretación de la doctrina adoptada anteriormente por el alto tribunal en relación al 'caso Botín', que evitó que llegara a celebrarse un juicio contra el presidente del Grupo Santander, Emilio Botín por el denominado "caso de las cesiones de crédito". El Tribunal Supremo argumentó entonces que no es posible la apertura de juicio oral cuando se cuenta únicamente con la acusación ejercida por la acción popular.
L D (Agencias) Esta apreciación, denominada como 'doctrina Botín', fue empleada hoy por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que, en el turno de exposición de cuestiones previas, solicitaron a la Sala el sobreseimiento de la causa contra cuatro altos mandos policiales, entre ellos al comisario general de la Policía Científica, Miguel Angel Santano, por el denominado "caso del ácido bórico", alegando la ausencia de acusación fiscal o particular.
 
Junto a Santano, se sentaron hoy en el banquillo el secretario general, Pedro Luis Mélida, el jefe de la Unidad de Análisis, José Andradas y el jefe de la Sección de esa unidad, Francisco Ramírez. Todos ellos están acusados de tres delitos de falsedad documental, falso testimonio y, en el caso de Santano, también por encubrimiento.
 
Presuntamente ordenaron corregir de forma fraudulenta un informe que relacionaba el hallazgo de ácido bórico en el domicilio del procesado por el 11-M Hassan el Haski con la organización terrorista ETA, eliminando la alusión a la banda terrorista.        
 
En contra de la postura defendida por los servicios jurídicos del Estado, las asociaciones que ejercen la acusación popular --Sindicato Manos Limpias, Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M y la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT)-- solicitaron la apertura del proceso al tribunal, presidido por el magistrado Alberto Jorge Barreiro.
 
Tras una deliberación de diez minutos, la Sala consideró "absolutamente imprescindible conocer la sentencia del 'caso Atutxa'", que, según explicó el propio magistrado, "se hará pública la semana que viene", según las informaciones que obran en su poder. "Sería un absurdo acordar el sobreseimiento o la apertura de juicio antes de conocer los matices de esa sentencia", añadió Barreiro, cuya decisión no recibió ninguna protesta de ninguna de la partes.
 
Antes de eso, el representante del Ministerio Público reiteró su petición de sobreseer la causa debido a la ausencia de la acusación particular "tal y como indicó el Tribunal Supremo a través de la 'doctrina Botín'". Por su parte, la defensa de los acusados ejercida por José Antonio Choclán, solicitó al tribunal "la nulidad del auto de apertura de juicio oral" amparándose también en que ni la Fiscalía ni la Abogacía del Estado han presentado cargos contra sus defendidos. En ese sentido, añadió que en la presente causa el único que tiene legitimidad para ejercer la acusación particular es el abogado del Estado.
 
"El punto de partida es que en casos como el que nos ocupa donde hay un afectado global, según la Constitución, le corresponde a la Fiscalía ejercer la defensa de la comunidad", explicó el letrado, quien hizo suya la sentencia del TS sobre el 'caso Botín', según la cual, la acusación popular es posible únicamente cuando la ley lo autorice. Asimismo, tildó la personación de la Asociación de Ayuda a las Víctimas de 11-M, el sindicato Manos Limpias y la AVT como un pretexto para que hoy se sienten en el banquillo cuatro personas inocentes.
 
"Además, la ley atribuye la acusación popular a determinadas personas físicas no a asociaciones, quienes deben acreditar un interés legítimo", prosiguió Choclán y agregó que "se ha demostrado que esta causa no guarda ninguna relación con el 11-M". "Las asociaciones personadas en esta causa tienen por tanto la misma legitimidad que una asociación de animales", apostilló.          
 
Por último, la defensa de los acusados denunció la "extemporánea" personación en la causa de la AVT, ya que, según explicó, presentó su escrito de acusación el 10 de abril cuando el auto de apertura de juicio fue dictado el 14 de marzo. Es por ello que la acción de la AVT debería limitarse a adherirse a las otras dos ya presentes.  
 
En contra, las asociaciones coincidieron al cuestionar la posición procesal de la Abogacía del Estado ya que, a su entender, no ha acreditado ningún tipo de perjuicio. "No corresponde su presencia en esta causa, ni pide nada ni se le ha perjudicado en nada", manifestó el abogado de la Asociación de Ayuda a las Víctimas de 11-M, José María de Pablo.
 
Este abogado recordó además como el primer representante del Ministerio Fiscal que se encargó de este caso "vio delito y cuando llegó el momento de calificar recibió la orden de su superior de no acusar". "El fiscal pidió entonces que, por conciencia, se le retirase del caso porque no podía archivar una causa en la que veía delito, de manera que habrá que preguntarse cuáles eran los intereses de la Fiscalía para no acusar", indicó el letrado.  
 
En consecuencia, De Pablo finalizó su exposición defendiendo que son sus clientes los directamente perjudicados por estos hechos ya que, como víctimas del 11-M, tienen derecho a una investigación limpia. "Si hay un perjudicado directo, ese no es el abogado del Estado sino las víctimas", redundó.
 
En contra de estas alegaciones, el abogado del Estado replicó que "los imputados son funcionarios públicos" por lo que su presencia en la causa está legitimada debido también a que sería el "responsable civil subsidiario en caso de una posible indemnización". "Nuestra presencia es ajustada a derecho", matizó, al tiempo que reiteró su petición de sobreseer la causa al entender que "los hechos no son constitutivos de delito alguno".  
 
A este respecto, el magistrado Barreiro apostilló que, una vez resuelta la cuestión de si se inicia el juicio o se desestima esta opción, se valorará la situación procesal de la Abogacía del Estado, no obstante, aseguró que "no hay motivos para expulsarla". Asimismo, tampoco vio personación extemporánea en la participación de la AVT. Según aclaró, la participación de esta asociación "quedó acreditada antes de la presentación del escrito de las defensas, por lo que no hay indefensión".
 
Por su parte, el abogado del sindicato Manos limpias recordó el "caso Otegi" en el que "la Fiscalía retiraba los cargos contra él, es decir, que hace un año y medio tenía privilegios y ahora ha caído en desgracia". El letrado empleó este argumento para explicar que la 'doctrina Botín' "cercena la participación de los ciudadanos en la justicia dando privilegios al poder".
 
Finalmente, el representante de la AVT, Juan Carlos Rodríguez Segura, afirmó que en su asociación hay víctimas tanto del 11-M como de ETA como de los GRAPO o incluso de la extrema derecha", al tiempo que explicó que su presencia en la causa no responde al interés de alimentar teorías conspiratorias sino por el animo a saber la verdad. "Viendo la sentencia del 11-M, aun no sabemos quienes fueron los responsables", sentenció.

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