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LA INICIATIVA SÓLO RECIBIÓ EL VOTO FABORABLE DE LÓPEZ TENA

El CGPJ rechaza investigar al juez que se negó a que los jóvenes que quemaron fotos del Rey utilizaran intérprete

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha rechazado abrir un expediente disciplinario al juez Central de Instrucción José María Vázquez Honrubia por haberse negado a facilitar intérpretes de catalán durante el juicio celebrado contra dos jóvenes por quemar fotos de los Reyes. La iniciativa tan sólo recibió el voto favorable del vocal que la había propuesto, Alfons López Tena, designado en este órgano a propuesta de CiU.

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha rechazado abrir un expediente disciplinario al juez Central de Instrucción José María Vázquez Honrubia por haberse negado a facilitar intérpretes de catalán durante el juicio celebrado contra dos jóvenes por quemar fotos de los Reyes. La iniciativa tan sólo recibió el voto favorable del vocal que la había propuesto, Alfons López Tena, designado en este órgano a propuesta de CiU.
L D (Europa Press) Al término del Pleno, el portavoz del CGPJ, Enrique López, comentó que, para la mayoría de los vocales, los hechos denunciados por López Tena "no tienen incidencia en el ámbito disciplinario", por lo que no son susceptibles de generar ninguna responsabilidad al respecto.
 
La decisión ha motivado la presentación de dos votos particulares discrepantes, uno por parte del propio López Tena y otro suscrito los vocales de la "minoría progresista" Montserrat Comas, Fernando Salinas -ambos designados a propuesta del PSOE– y  Félix Pantoja -por IU-.
 
La propuesta de apertura de expediente fue objeto de enmienda por parte de la vocal de la minoría progresista Montserrat Comas, que interesó la remisión de este asunto al Servicio de Inspección del CGPJ para la apertura de una Información Previa al respecto. Dicha enmienda obtuvo tan sólo cinco apoyos del total de dieciocho vocales que componían hoy el Pleno.
 
A juicio de López Tena, el magistrado de la Audiencia Nacional habría cometido tres faltas disciplinarias con su decisión: una muy grave de ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales, una falta grave de abuso de autoridad y otra, también grave, de consideración respecto de los ciudadanos.
 
Además del inicio de una investigación por parte del CGPJ respecto de la actuación de Vázquez Honrubia, el vocal nacionalista también proponía dar de lo ocurrido a la Fiscalía "por si los hechos pudieran ser constitutivos de delito".
 
La actuación de Vázquez Honrubia, quien a pesar de no proporcionar intérpretes para el juicio permitió a los acusados expresarse en lengua catalana, ha sido también objeto de una queja formal al CGPJ por parte de una asociación de abogados. Esta queja se tramita de forma independiente en el Consejo, según señaló López.
 
En su voto discrepante, López Tena critica que los vocales del CGPJ designados a propuesta del PP, hayan manifestado durante el Pleno que Vázquez Honrubia actuó correctamente "sin que se haya examinado ni debatido la legislación aplicable al caso".
 
"Vocales españoles", según Tena
 
También lamenta el vocal nacionalista que el actual CGPJ no haya sancionado jamás a ningún juez "que incumpla los derechos lingüísticos que reconoce a los ciudadanos la legislación vigente, cuando se trata de lenguas oficiales no españolas". Actuando así, a juicio de López Tena, "incumplen y vulneran, ambos grupos de vocales españoles, las normas" relativas a usos lingüísticos en la Administración de Justicia.
 
En su voto particular, insiste en que el juez de lo Penal de la Audiencia Nacional "obstaculizó a los acusados su derecho a utilizar la lengua catalana, por estimar expresa y reiteradamente que no tenían tal derecho"
 
"Y ello, habiéndose producido precisamente en un tribunal de la Audiencia Nacional que provoca una insólita situación de discriminación por razón de la lengua, dado que estamos más que acostumbrados a ver a imputados que declaran en euskera o en árabe sin problema alguno, y que también entienden y hablan perfectamente el castellano", añade López Tena.
 
Por su parte, Comas, Salinas y Pantoja, de izquierdas, señalan en su voto particular que Vázquez Honrubia negó a los acusados el derecho a expresarse en catalán aduciendo que el Juzgado actúa en la Comunidad Autónoma de Madrid y no en Cataluña, "a pesar de que su competencia territorial abarca a todo el Estado español".
 
Por ello, consideran que "existen los elementos suficientes para investigar la actuación del juez" y añaden que el Consejo "no debería haber entrado hoy en el fondo de la propuesta de López Tena" ya que ésta "debería haber sido remitida al Servicio de Inspección del CGPJ, para que efectuará la investigación y propuesta que corresponda a derecho".
 
Los tres vocales hacen referencia a que "los acusados o testigos procedentes del País Vasco cada día utilizan el euskera en los juicios que se celebran en la Audiencia Nacional". Asimismo, reconocen -tal y como alegó el juez el día del juicio- que la Constitución española en su artículo 3.1 establece el deber de los ciudadanos de conocer el castellano, y el derecho a usarlo.
 
En ese sentido, concluyen que "no existe un deber de utilización del castellano, dado que es un derecho, imponiéndose únicamente un deber de conocimiento del castellano".  

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