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El etarra De Juana Chaos no saldrá de la cárcel al inválidar la Audiencia Nacional sus redenciones

La Audiencia Nacional ha denegado la excarcelación del etarra José Ignacio de Juana Chaos, prevista para el 9 de febrero, al comprobar que la Audiencia de Madrid había aprobado "numerosas redenciones" en febrero de 1999 sin tener competencia para ello. Al sanguinario etarra le rebajaron sus 3.000 años de condena por matricularse en unos cursos, aunque no se presentó a ellos.

La Audiencia Nacional ha denegado la excarcelación del etarra José Ignacio de Juana Chaos, prevista para el 9 de febrero, al comprobar que la Audiencia de Madrid había aprobado "numerosas redenciones" en febrero de 1999 sin tener competencia para ello. Al sanguinario etarra le rebajaron sus 3.000 años de condena por matricularse en unos cursos, aunque no se presentó a ellos.

L D (EFE) En un auto de la Sección Primera de la Sala de lo Penal, el tribunal afirma que se ha constatado "que existen numerosas redenciones, tanto ordinarias como extraordinarias, correspondientes al periodo de 16 de enero de 1987 al 11 de abril de 1993, que fueron aprobadas" por decisión de la Sección Quinta del tribunal madrileño el 19 de febrero 1999, "órgano que carecía de competencia para ello".

En este sentido, la Audiencia Nacional argumenta que "la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye, ya desde 1985, la competencia para resolver los recursos de apelación relativos a materia de ejecución de pena al Tribunal sentenciador, que en este caso no es otro que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional".

A pesar de que la Audiencia Nacional haya acordado ahora denegar la citada propuesta de licenciamiento al terrorsita De Juana Chaos, condenado a más de 3.000 años de cárcel por una veintena de asesinatos, éste debía permanecer en prisión ya que el pasado 10 de enero el juez de este mismo tribunal Fernando Grande-Marlaska ordenó prisión provisional para él por dos nuevos delitos.

En concreto Grande-Marlaska le imputó un delito de pertenencia a banda armada y otro de amenazas terroristas por el contenido de dos cartas a su nombre publicadas en diciembre de 2004 en el diario Gara tituladas "El Escudo" y "Gallizo", éste último en referencia a la directora general de instituciones penitenciarias Mercedes Gallizo.

Posible cuestión de competencia ante el Tribunal Supremo

En el auto hecho público este jueves, la Sala también acuerda remitir este auto y la copia de los autos de 19 de febrero de 1999 a la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid "con el fin de que examine su propia competencia y resuelva con la máxima urgencia lo que estime sobre la cuestión planteada –de competencia–, comunicándolo a este tribunal a la mayor brevedad posible".

Ante esta segunda posición, las fuentes consultadas explicaron que la Audiencia Nacional podría plantear una cuestión de competencia ante el Tribunal Supremo. Las mismas fuentes explicaron que el total del periodo máximo afectado que podría haber redimido De Juana entre 1987 y 1993 sería de entre 1.300 y 1.400 días.

La decisión tomada por la Sección Primera de la Sala de lo Penal respalda la petición del ministerio fiscal quien solicitó a ésta que no se aprobara el licenciamiento "al existir dudas razonables sobre la regularidad de las redenciones concedidas al interno".

La propuesta de licenciamiento definitivo De Juana para el próximo día de febrero indicaba que de la pena máxima de 30 años de cárcel que debía cumplir al ser condenado por el Código Penal de 1973 se le había abonado 3.050 días de redenciones ordinarias y 1.300 de redenciones extraordinarias. Fuentes jurídicas afirmaron que existen al menos 14 etarras condenados con el Código Penal de 1973 que podrían salir de la cárcel a lo largo de este año.

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