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El TS permite a la Falange querellarse contra Garzón por prevaricación

Suma y sigue en la causa que se instruye en el Tribunal Supremo contra el juez Baltasar Garzón por prevaricación. La Sala de lo Penal ha acordado admitir a trámite una nueva querella interpuesta por la Falange por la causa general que el juez estrella abrió a la Guerra Civil y el Franquismo.

Suma y sigue en la causa que se instruye en el Tribunal Supremo contra el juez Baltasar Garzón por prevaricación. La Sala de lo Penal ha acordado admitir a trámite una nueva querella interpuesta por la Falange por la causa general que el juez estrella abrió a la Guerra Civil y el Franquismo.

En un auto hecho público este miércoles la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha admitido a trámite la querella interpuesta por Falange Española y de la JONS por prevaricación. Esta querella se suma a la que interpuso el sindicato Manos Limpias, y a la que más tarde también se sumó la asociación Libertad e Identidad, contra el juez por declararse competente en octubre de 2008 para abrir una causa general contra la Guerra Civil y el franquismo.

En la resolución judicial, el Alto Tribunal señala que el contenido de esta querella es "en todo punto coincidente" con las previamente presentadas, por lo que acuerda la acumulación de esta última iniciativa a la causa que ya se investiga.

Por el momento, la investigación contra Baltasar Garzón por el asunto de las fosas de la Guerra Civil se encuentra pendiente de que el instructor de este procedimiento, Luciano Varela, decida, tras la realización de diversas pruebas, si finalmente procede contra el juez o archiva la causa.

El caso, en manos de Varela

En este primer supuesto, la Sala de lo Penal tendría que dictar el auto de procesamiento contra el juez, que se traduciría en la imputación formal del mismo y en la consiguiente celebración del juicio oral.

El siguiente paso sería que el Supremo pusiese en conocimiento del Consejo General del Poder Judicial dicha imputación formal para que el órgano de gobierno de los jueces decretase la suspensión cautelar de Garzón. Como norma general, el gobierno de los jueces no aparta a un magistrado de su plaza en el juzgado hasta que se haya declarado judicialmente que se puede proceder contra él.

De hecho, el pasado mes de mayo el Consejo, cuando se dio a conocer la noticia de que Garzón debería declarar ante el Alto Tribunal como imputado, ya informó de que sólo apartaría al juez estrella de su juzgado en el caso de que el Supremo dictase en su contra un auto de procesamiento o de apertura de juicio oral.

Así actuó el CGPJ en el caso del magistrado Javier Gómez de Liaño, el otro juez de la Audiencia Nacional que junto con Garzón tuvo que declarar en el Supremo acusado por prevaricación. Este proceder se debe a que la ley (artículo 383 de la Ley Orgánica del Poder Judicial) exige como requisito para poder suspender a un juez que un tribunal haya acordado que se puede proceder contra él.

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