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El Tribunal de Justicia vasco deberá nombrar una nueva Sala de la Discordia que respete los turnos

La pasada semana el Consejo General del Poder Judicial suspendió cautelarmente la Sala de la Discordia, que debe pronunciarse sobre la querella contra Atutxa. Había irregularidades en la designación de sus componentes. Ahora, el CGPJ ha ordenado al TSJPV que conforme una nueva sala en la que se respete el turno. El fiscal general había recurrido tras la maniobra para colocar a jueces afines al PNV.

L D (EFE) El pleno del órgano de gobierno de los jueces ha acordado ordenar al presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Manuel Zorrilla, que conforme una nueva Sala de Discordia sin la presencia de Enrique Torres y Manuel Díaz de Rábago, cercanos al PNV y públicamente opuestos a la ilegalización de Batasuna.

Así lo ha propuesto al pleno Agustín Azparren , vocal encargado de elaborar la ponencia sobre la composición de la Sala de Discordia del TSJPV que debe decidir sobre la admisión o no a trámite de la querella interpuesta por la Fiscalía contra el presidente del Parlamento Vasco, Juan María Atutxa, y los miembros de la Mesa Gorka Knorr y Conchi Bilbao.

La ponencia, que solicita que se estime el recurso interpuesto por la Fiscalía General del Estado sobre la composición de esta Sala, concluye que los magistrados que deben formar parte de esta Sala han de ser designados atendiendo a los criterios de antigüedad fijados en el artículo 199 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, “con expresa cautela de que entre ellos no cabe entender incluidos a los presidentes de las Salas de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social”, Enrique Torres y Manuel Díaz de Rábago, respectivamente.

Torres y Díaz de Rábago eran, junto a María Abelleira, los tres magistrados designados por Zorrilla para componer la Sala de Discordia que debía resolver sobre la admisión a trámite de la querella contra Atutxa, después de que los magistrados de la Sala de lo Civil y de lo Penal del TSJPV empataran a dos entre los partidarios a la admisión y los contrarios. Azparren recuerda en su ponencia que nunca antes fueron llamados los presidentes de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ni de lo Social para formar parte de una Sala de Discordia en el TSJPV, mientras que otros magistrados de esas Salas sí fueron designados.

De esta circunstancia deduce que la Sala de Gobierno del TSJPV siempre entendió la existencia de un turno específico para realizar las designaciones de quienes debían concurrir a la Sala de lo Civil y Penal desde otras Salas del mismo tribunal acogiéndose a los criterios objetivos establecidos en el artículo 199 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Este artículo establece “que cuando no asistieren magistrado en número suficiente para constituir Sala concurrirán para completarla otros magistrados, que designe el presidente del Tribunal respectivo con arreglo a un turno en el que serán preferidos los que se hallen libres de señalamiento, y entre estos, los más modernos”.

Azparren considera que, en esta ocasión, Zorrilla designó a los magistrados “sin ajustarse a ese orden” y no llamó “a quienes objetivamente hubiera correspondido la concurrencia a dicha Sala”. En este sentido, la ponencia también rechaza la designación de Abelleira “porque ya había sido llamada en anterior ocasión”.

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