LD (Pedro de Tena) Se refiere al hematoma sufrido en la zona perimamaria izquierda, por el que debe indemnizar "a razón de 50 euros por cada día de curación, a determinar mediante el dictamen forense". Esta segunda resolución -contra la que no cabe recurso ordinario- modifica también parte de los hechos probados y cambia parcialmente uno de los fundamentos de derecho originales, además de declarar de oficio las costas de la nueva sentencia, que se produce a raíz de la apelación formulada por Salvador Pendón, a la que se adhirió el fiscal.
Campano, que es funcionario municipal de Ardales y llegó a ser presidente local del PP, estaba en el bar de una peña flamenca de este pueblo el pasado 14 de octubre sobre la una de la madrugada cuando se encontró con Pendón, ex alcalde de la localidad, "con el cual comenzó a discutir fuertemente debido a que ambos mantienen una situación de enemistad".
La Audiencia establece como hechos probados que "la discusión sube de tono de modo que Salvador Pendón, al acercársele Manuel Campano, se enfrentó al mismo, dándole un golpe o empujón en el pecho y forcejeando ambos", que fueron "separados por terceros".
Añade que "a consecuencia de la acción de Pendón, Campano resultó con un hematoma en zona perimamaria izquierda, del que curó sin necesidad de tratamiento alguno, y sin incapacidad, ignorándose los días que invirtió en curar".
También señala que Manuel Campano "resultó con lesiones consistentes en hematomas en cara interna de los brazos derecho e izquierdo y arañazos en la zona dorsal, sin que conste que las mismas se las causara Pendón, que no sufrió lesión alguna". Esta resolución, fechada el pasado 21 de febrero, ha sido dictada a raíz del recurso interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Instrucción número 14 de Málaga.
Hace 4 años, Salvador Pendón fue acusado, ante el Juzgado de Instrucción número 7 de Málaga, por el envío de mensajes convocando a manifestaciones el día de reflexión, el pasado 13 de marzo. Dicho juzgado archivó las diligencias iniciadas, después de que el fiscal remitiera un informe en el que estimaba que “los hechos no son constitutivos de delito”.
El presidente de la Diputación remitió 196 mensajes desde su teléfono móvil corporativo durante la jornada de reflexión. De éstos, 171 fueron enviados en las últimas tres horas del día de reflexión previas a la jornada electoral, según el listado facilitado al juez por la compañía Telefónica.