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Condenan a TVE a suspender "España Directo" en Madrid por plagio

El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid ha dictado una sentencia en la que declara que TVE y Mediapro han incurrido en actos de competencia desleal, en relación a Telemadrid, con la emisión “España directo”, imitación de "Madrid Directo". El juez concluye que los programas presentan un formato idéntico y afirma que existe un aprovechamiento de la reputación ajena, pues no se aprecia que hayan efectuado esfuerzo alguno por diferenciarse. En consecuencia, ordena cesar su emisión en la Comunidad Autónoma de Madrid.

El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid ha dictado una sentencia en la que declara que TVE y Mediapro han incurrido en actos de competencia desleal, en relación a Telemadrid, con la emisión “España directo”, imitación de "Madrid Directo". El juez concluye que los programas presentan un formato idéntico y afirma que existe un aprovechamiento de la reputación ajena, pues no se aprecia que hayan efectuado esfuerzo alguno por diferenciarse. En consecuencia, ordena cesar su emisión en la Comunidad Autónoma de Madrid.
(Libertad Digital) Según el Departamento de Comunicación de Telemadrid, el Juzgado condena a TVE y a Mediapro a cesar en la producción y emisión del programa “España directo” en la Comunidad Autónoma de Madrid, así como al abono, de forma solidaria, a Telemadrid de noventa mil euros (90.000€), más los intereses legales correspondientes, en concepto de daños.
 
La sentencia, según la cadena, declara que TVE, al emitir "España directo", y Mediapro, al producirlo, han incurrido en actos de competencia desleal por imitación con aprovechamiento de la reputación ajena y también por realizar actos de inducción a la terminación contractual. En este sentido , el Juez, tras analizar las pruebas practicadas, concluye que los programas “Madrid directo” y “España directo” presentan un formato idéntico, fácilmente reconocible por el espectador al que se dirige, a quien le transmiten la idea de que se trata del mismo programa, aunque con un ámbito territorial diferente.
 
Captación de los trabajadores más emblemáticos
 
Asimismo, afirma que existe un aprovechamiento de la reputación ajena, pues no se aprecia que TVE y Mediapro hayan efectuado esfuerzo alguno por diferenciarse del programa de Telemadrid, sino más bien todo lo contrario: el horario de emisión y la utilización de los servicios de los reporteros más emblemáticos de “Madrid directo”, a quienes aquellas indujeron a terminar su contrato con la cadena autonómica para incorporarse al equipo de “España directo”, acerca más aún ambos programas.
 
En relación con este último aspecto, la sentencia declara que la captación de los trabajadores más emblemáticos de “Madrid directo” no resultaba necesaria y carecía de toda justificación concurrencial, puesto que TVE dispone de capacidad y medios para recabar los servicios de los mejores profesionales, sin necesidad de captar a los que se dedicaban a hacer “Madrid directo”.
 
 
 

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