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Un juez de Barcelona dice que "no es de recibo" que COPE se queje de los ataques del CAC

 

(Libertad Digital) Aunque no tiene efecto jurídico alguno, el informe que realizó el Consejo Audiovisual de Cataluña (CAC) contra la COPE no tiene tacha para un juez de Barcelona que ha desestimado el recurso que interpuso la emisora. Según este juez, el CAC tiene toda la legitimidad para denunciar lo que estime oportuno pero "no es de recibo" que COPE recurra en defensa de sus contenidos y contra el citado informe.
 
La mayoría de las asociaciones por la libertad de expresión, el Comité Mundial de Libertad de Prensa y hasta Reporteros sin Fronteras se han referido en alguna ocasión al Consejo Audiovisual de Cataluña (CAC) como un "órgano censor". El paradigma fue la campaña de acoso contra la COPE, materializada en un informe que llegó a usarse como argumento para la renovación de licencias en Cataluña, al menos así lo intentaron varios miembros del tripartito.
 
Antes de que se fraguara la ley (suspendida luego por el TC) que dotaba de plenos poderes al CAC para cerrar medios de comunicación si no cumplían los particulares criterios de "veracidad" que se imponían, este organismo –considerado independiente hasta por algunos populares de la era Piqué– ya había fijado su objetivo: la COPE, y en concreto los programas La Mañana y La Linterna a los que no ha tenido empacho en calificar de anticatalanes.
 
Eran los tiempos de los ataques coordinados por dos diputados de ERC a la sede central de la emisora. Tardá y Puig, teléfono en mano, supervisaban la labor de unos cuantos encapuchados que se encadenaron en la puerta mientras los oyentes firmaban el Manifiesto promovido por Luis Herrero. Ríos de tinta han corrido desde las páginas del Avui y El Periódico de Franco –hasta suplementos especiales ha tirado el diario del grupo Zeta– contra los principales comunicadores de la emisora. Hasta hubo amenazas de bomba.
 
El informe del CAC no pasó de tal pero, aun sin efecto jurídico alguno, era todo un ejercicio de censura sumarísima en la que se apuntaba lo admisible y lo intolerable cuando se habla de la Generalidad, del Tripartito, del Estatuto o de lo que sea. Como es lógico, la COPE recurrió el informe.
 
La noticia llega ahora de la mano de un juez de Barcelona (del Contencioso Administrativo número 13) que ha resuelto en contra por considerar que el CAC tiene una "incuestionable legitimidad" para divulgar su postura sobre aspectos referidos al ámbito audiovisual.
 
La sentencia dice que aunque el acuerdo del CAC hacía una "advertencia seria" a los "prestadores de servicios radiofónicos", también recogía con "toda claridad" que éste no tenía por finalidad adoptar decisiones sobre la renovación de les concesiones. La sentencia añade que "no es de recibo" que aquellos que por su condición de operadores en el sector audiovisual "disfrutan de una oposición privilegiada y (...) pueden llevar a término su función crítica hacia otros, apurando los límites constitucionales, pretendan para sí un trato susceptible de excluir de raíz cualquier género de reproche, por inocuo que sea".
 
En resumen, que como el informe del CAC no perseguía un efecto jurídico, puede decir lo que le dé la gana. La COPE no. "No es de recibo".

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