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El fiscal del TS dice que en el fallo del 11-M "en modo alguno están todos los que son"

"En el proceso del 11-M son todos los que son, pero en modo alguno están todos los que son". Así de contundente se mostró el fiscal de la Sala Luis Navajas, pese a que no recurre las absoluciones de los tres supuestos cerebros de la masacre del 11-M. Además, insta al Tribunal Supremo a condenar a "El Egipcio" por pertenencia a organización terrorista. El lunes comenzó en el alto tribunal la vista de los recursos de casación contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional.

"En el proceso del 11-M son todos los que son, pero en modo alguno están todos los que son". Así de contundente se mostró el fiscal de la Sala Luis Navajas, pese a que no recurre las absoluciones de los tres supuestos cerebros de la masacre del 11-M. Además, insta al Tribunal Supremo a condenar a "El Egipcio" por pertenencia a organización terrorista. El lunes comenzó en el alto tribunal la vista de los recursos de casación contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional.
LD (EFE) El fiscal Luis Navajas pidió este lunes al Tribunal Supremo que condene a Rabei Osman El Sayed, "Mohamed El Egipcio" -absuelto del 11-M por la Audiencia Nacional-, por integración en organización terrorista al estimar que la sentencia que lo condenó en Italia por este mismo delito no es firme.

Así lo ha manifestado en la vista de los recursos que se celebra esta semana en el alto tribunal contra la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a veintiuno de los veintiocho procesados por los atentados de Madrid a penas de entre 3 y 42.924 años.

Navajas ha considerado que la Audiencia Nacional aplicó indebidamente el principio de non bis in idem -no condenar dos veces por el mismo delito- para absolver a "El Egipcio", que ha sido condenado en Italia a 8 años de cárcel por el delito de integración en organización terrorista, y ha dicho que para aplicarlo se requiere que la sentencia "tenga un valor de firmeza".

El Ministerio Público no recurre las penas de ninguno de los otros condenados, y pide que se suprima la multa de 4 millones de euros impuesta a Hamid Ahmidan y que se rebaje de 15 a 14 años de cárcel la condena de Hassan El Haski, condenado por integración terrorista en grado de dirigente.
La asociación de Manjón también recurre la absolución

La asociación 11-M Afectados por el Terrorismo, que preside Pilar Manjón -presente en la vista-, también ha recurrido la absolución de "Mohamed El Egipcio" y las de los hermanos Antonio y Carmen Toro, así como las condenas de 5 de los 28 acusados.

Respecto a Osman El Sayed, el abogado Antonio Segura ha sostenido que pese a la condena de Italia, los hechos allí enjuiciados no son los mismos que los del 11-M y por eso debe ser condenado en España.

Varias de las acusaciones particulares que han recurrido la sentencia se han adherido a las anteriores peticiones, mientras que la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M, que preside Ángeles Domínguez, sólo ha recurrido la parte correspondiente a las indemnizaciones concedidas.

En la sesión de tarde el turno ha sido para las defensas de varios de los acusados, entre los que han intervenido los abogados de Jamal Zougam, Otman El Gnaoui -ambos condenados a más de 42.000 años de cárcel como autores materiales de la mascare-, José Emilio Suárez Trashorras, Rafá Zouhier, Fouad El Morabit, Mouhannad Almallah Dabas, Hamid Ahmidan o Rachid Aglif.
 
El abogado de Zouhier pide la absolución

El abogado de Zouhier ha pedido la absolución de su cliente al considerar que la Audiencia Nacional ha aplicado un criterio diferente con los hermanos Antonio y Carmen Toro que, según ha dicho, tenían imputaciones similares.

Ha destacado además que la única conducta" que se le imputa a Zouhier es haber puesto en contacto Trashorras con Jamal Ahmidan, "El Chino", líder de la célula que perpetró los atentados al que el primero suministró los explosivos, y ha recordado que su patrocinado siempre ha sostenido que se trataba de tráfico de hachís.

Por su parte, la defensa de Zougam ha sostenido que con los reconocimientos de tres de los testigos en los que se basa el tribunal para condenar a su cliente se ha producido un "despropósito jurídico" y ha dicho que no tienen categoría de prueba de cargo ni por su contenido ni por las circunstancias en que se practicaron, ya que están contaminados desde la fase de instrucción.

Claudio Turiel, abogado de Trashorras, condenado a 34.715 años y seis meses de prisión por cooperador necesario, ha sostenido que no se le puede acusar de ser un colaborador imprescindible para organizar la masacre cuando la propia sentencia reconoce que era una persona "sustituible" para los terroristas.

Ha indicado además que el fallo judicial pone de relieve que la dinamita utilizada en los atentados, que Trashorras obtuvo de Mina Conchita, explotación asturiana en la que había trabajado, "estaba al alcance de cualquiera" y "pudo haber otros proveedores".

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