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Los problemas de la Justicia: 750

"Es loable que el Ministerio se proponga como objetivo el incremento del número de jueces (...)pero la cifra propuesta, 750 jueces más en tres años, es notoriamente insuficiente para resolver el problema"

malvinar dijo el día 25 de Septiembre de 2009 a las 13:04:

Como complemento a mi anterior comentario, es necesario decir que el factor número de jueces, en la ecuación de funcionamiento eficaz del Poder Judicial, hay que plantearlo a medio plazo. A corto plazo, la primera solución es reordenar el sitema de excedencias y de permisos, tanto en la norma, como en el criterio de aplicación. Para eso basta con que asílo acuerde el Consejo General, de manera que hasta que todos los jueces existentes no ocupen plaza como titulares de órganos jurisdiccionales, no se otorgue ninguna excedencia. Si algun juez piensa que tiene derecho a la excedencia para pasar al sector privado, que se regule la alternativa: o ejercicio judicial o renuncia a la carrera. Hasta que no funciones cada órgano jurisdiccional al día, no se dé ningun permiso, salvo maternidad, enfermedad o similar. Automaticamente, 1.000 juces más. Que las Administraciones Públicas competentes han de poner más medios, evidente, que el Poder Judicial debe ir por delante: también.

malvinar dijo el día 25 de Septiembre de 2009 a las 10:25:

La opinión de tan ilustre representante de esta asociación, soslaya el mismo dato que las demás asociaciones de jueces: la decisión judicial, aquelllo que depende sólo de ellos. Añadiendo ese dato, el análisis sería más real y completo. Con la perpspectiva valleinclanesca, se podría decir que la realidad de la situación del Poder Judicial, reflejada en un espejo cuya concavidad resulta de la omisión del factor de la decisión judicial, produce un análisis y una poninión esperpénticos. El dogma de la independencia judicial, exige por su propia esencia, una mayor responsabilidad en las consecuencias del ejercicio de la potestad de juzgar y hacer cumplir lo juzgado. En ningún análisis de asociaones o autoridades, se entra a examinar ni las responsabilidades del ejercicio de unapotestad definida como independiente, ni siquiera, si efectivamente es independiente. Uno de los principales factores de falta de reconocimineto social de la actividad de la Judicatura es la presuncion generalizada de falta de independencia y del ejercicio quasiarbitrario del producto de la totalidad de las decisiones. Me temo que si se estudiasen todas decisiones jurisdiccionales sería lamentable comprobar que esa presunción se acreca bstante a la realidad. Las decisiones jurisdiccionales en sí e individualmente, se ajustarían en su mayoría a criterios muy bien fundados, pero la suma de todas ellas, seguramente, no: cunatas situaciones contradicorias. A título de ejemplo, citaré algunas situaciones clásicas: el cambio de criterio de una doctrina jurisprudencial, curiosamente, con ocasión de un asunto en que la parte tiene notoriedad e influencia social y económica; la posición de perfil a la vista de presuntos delitos (¡hay cuanta corrupción se habría evitado!); el empecinamiento en no cargar costas contra la Administración Pública (hay datados casos enlos que la misma Admnistración ha perdido hasta diez pleitos por la misma causa y no se le ha condenado en costas) conlo que los gestoress públicos saben que la decisión ilegal les sale gratis. Seguro que xualquiera que conozca el foro citará más. Como argumento de autoridad baste una lectura de la obra de Alejandro Nieto. Mientras este factor no se introduzca en el análisis de la situación de la Administración de la Justicia, seguiremos con análisis esperpénticos. La situación de la justicia constitucional es distinta, es peor.