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Alberto Recarte

Conceptos fundamentales: mora, solvencia, provisiones, dotaciones, fondos propios

La banca prefiere pérdidas inmediatas a situaciones de indeterminación que puedan alargarse muchos años. En el caso de los propietarios de viviendas que no pueden pagar su hipoteca, la banca prefiere negociar a quedarse con el bien.

Todas las entregas del ensayo La solvencia del sistema crediticio español: el futuro previsible, de Alberto Recarte, están disponibles aquí.

Morosidad y solvencia

En primer lugar, hay que definir qué es "mora" y qué es "solvencia". Que la mora de los créditos concedidos por el conjunto del sistema crediticio haya alcanzado un 5% y que, junto con otros activos dudosos, la cifra total se haya situado en 94.179 millones de euros (agosto 09) puede ser importante, poco importante o muy importante. (El Informe de Estabilidad Financiera del Banco de España sitúa en 104.226 millones esa cifra en junio de 2009). Que la "solvencia" del sistema esté asegurada o no, parecería que no necesita una especial explicación. Es un error, porque la "solvencia" es un concepto estadístico, que relaciona el crédito total, o el pasivo total, con los fondos propios de la entidad. Una entidad crediticia para ser totalmente solvente debería tener un mínimo del 8% de fondos propios en relación con su pasivo total. Un concepto aparentemente claro, pero que no lo es tanto, porque la definición de lo que son "fondos propios" de una entidad está llena de matices.

Un crédito moroso no significa un crédito incobrable, ni una pérdida directa para la banca. Un crédito se clasifica como "moroso" (en inglés sería un non performing loan) cuando se producen retrasos en los pagos al banco. Por ejemplo, en el caso de los préstamos hipotecarios, si una persona deja de pagar tres recibos de su hipoteca seguidos, la totalidad del crédito pasa a ser moroso. Basta con impagar, por ejemplo, 3.000 euros, para que un préstamo de quizá 150.000 euros pase a ser considerado moroso en su totalidad. La morosidad no implica una pérdida directa y definitiva para la banca. Sí obliga, sin embargo, a clasificar de esa forma ese crédito. Y obliga, además, a constituir una "provisión" en el balance por si, efectivamente, la morosidad de ese préstamo se transforma en "impago total o parcial." 

Provisiones: genéricas (o dinámicas) y específicas

Si los impagos de cuotas hipotecarias se extienden en el tiempo, la entidad financiera tiene el derecho a "ejecutar" la "garantía" que posee y a quedarse con el bien para el que ha concedido el préstamo. En el caso que estamos analizando, se quedaría con una vivienda, siempre que su valor en el mercado fuera inferior al del crédito vivo. Las normas del Banco de España fijan la cuantía de las "provisiones" que hay que constituir cuando se produce "morosidad" en cualquier tipo de préstamo o crédito. Son muy diversas y fluctúan entre el 20% del total de ese crédito o préstamo y el 100% en los casos más extremos (los créditos concedidos para consumo). 

Por otra parte, aunque un crédito sea declarado como "moroso" y tenga que aparecer como tal en el balance, las "provisiones" que la entidad financiera debe hacer no se constituyen inmediatamente. Hay un sistema de plazos estrictamente establecido, pero lo normal es que esas provisiones se hagan entre 12 y 24 meses. Aunque si una nueva tasación o valoración obligatoria de los bienes en morosidad reducen su valor, habrá que dotar "nuevas provisiones".

Esas "dotaciones o provisiones" para créditos dudosos, que se detraen de los resultados del banco de que se trata, se tienen que cargar necesariamente contra, en primer lugar, las "provisiones genéricas o dinámicas", constituidas para hacer frente a situaciones indeterminadas de riesgo futuro; en segundo lugar, contra los beneficios del ejercicio en curso; y, finalmente, contra los fondos propios de la banca, el capital, y las reservas (logradas con beneficios pasados).

Una aclaración importante respecto a las "dotaciones genéricas o dinámicas". Jurídicamente no son fondos propios, sino reservas indeterminadas, que sólo existen en España y no en el resto de los países miembros de la Unión Monetaria Europea. El Banco de España, que tenía todavía muy reciente las consecuencias para la banca de las crisis económicas de los periodos 76-85 y 90-93, obligó a todas las entidades crediticias a que destinaran un porcentaje determinado del total del crecimiento de su cartera de créditos a dotar ese nuevo epígrafe. La experiencia de ciclos expansivos anteriores era que, cuando los créditos crecían muy deprisa, al cambiar el sentido del ciclo había muchos que resultaban fallidos. Desde la entrada en el euro, en 1998, hasta mediados de 2007, los créditos del sistema crediticio español estuvieron creciendo a un ritmo anual acumulativo aproximado del 20%, mientras en el conjunto del área euro lo hacían al 10%.

Según el Informe de Estabilidad Financiera del Banco de España, esas "provisiones genéricas" alcanzaban los 25.000 millones de euros a mediados de 2007. En diciembre de 2008, su volumen era de 18.000 millones de euros aproximadamente. Hoy no sabemos a cuánto ascienden con exactitud porque el Banco de España no nos da ese dato, pero sin duda continúan descendiendo. ¿Por qué descienden si los impagos crecen, se preguntará el lector?

Se reducen, en primer lugar, porque el volumen total de créditos ha dejado de crecer, excepto para financiar a las Administraciones Públicas y porque, cuando se produce un impago de cualquier crédito (para compra de viviendas, oficinas, suelo, consumo o actividades generales de las empresas) y hay que "dotar" en el balance una partida para prever que esos retrasos se conviertan en "pérdidas", la entidad financiera afectada utiliza las "provisiones dinámicas o genéricas" que tenga. Las "provisiones genéricas" se convierten en "provisiones específicas", con nombre y apellidos, para cubrir las posibles pérdidas del crédito fallido de que se trate.

La cuantía de las provisiones

Según ese Informe de Estabilidad Financiera del Banco de España, a mediados de 2007 las entidades de crédito tenían 25.000 millones de euros de "provisiones genéricas" y alrededor de 8.000 millones de "provisiones específicas". Estas últimas para atender créditos con impagos ya en ese momento. En diciembre de 2008, las "provisiones genéricas" habían descendido hasta los 18.000 millones de euros y las "provisiones específicas" habían aumentado hasta los 30.000 millones de euros aproximadamente. En total, por tanto, en esa fecha, esos fondos para créditos con problemas –presentes o futuros– sumaban alrededor de 50.000 millones de euros. El Boletín Estadístico del Banco de España cifraba en 57.153 millones de euros la suma de todo tipo de provisiones en el mes de agosto de 2009.

La tasa de morosidad afecta a las entidades financieras en la medida en que las dotaciones a que obliga el Banco de España van reduciendo, primero, las "provisiones genéricas"; en segundo lugar, el beneficio del ejercicio y, en tercer lugar, el capital y las reservas oficiales. Y como es obligatorio que el crédito total de cada entidad crediticia guarde determinadas proporciones con sus fondos propios totales (capital y reservas de todo tipo), un incremento acusado de la morosidad puede llevar a una entidad financiera a quedarse sin fondos propios suficientes. En ese momento, tiene que hacer una ampliación de capital o reducir su cartera de créditos, lo que provoca, cuando se conoce en el mercado, situaciones de pánico y habitualmente la intervención por parte de la autoridad monetaria correspondiente.

Provisiones y pérdidas

La morosidad, sin embargo, no implica necesariamente pérdidas definitivas. Y las dotaciones, genéricas o específicas, constituidas para hacer frente a las posibles pérdidas pueden recuperarse. Si el propietario moroso pagara todos sus atrasos, el crédito entero saldría de la morosidad y las dotaciones realizadas pasarían a ser nuevamente provisiones genéricas o fondos propios, según los casos. Con matices que no vienen al caso, porque nada es tan automático y rectilíneo como lo estoy describiendo.

La morosidad de las cajas y de los bancos

Es conocido que las cajas de ahorro tienen una mayor tasa de morosidad que los bancos. Y que una mayor proporción de sus préstamos y créditos se han destinado a financiar las compras de viviendas y de otro tipo de inmuebles que en el caso de los bancos. Pues bien, históricamente, los préstamos hipotecarios impagados, que han obligado a las entidades financieras a quedarse con viviendas y otros inmuebles, han producido –al final de un proceso que ha durado en ciclos anteriores hasta 8 o 9 años– menores pérdidas que los créditos y préstamos concedidos a empresas que entran en morosidad, pues si la empresa es declarada en concurso de acreedores, en la mayoría de las ocasiones se recupera muy poco del crédito o préstamo. En el caso de las viviendas, la experiencia es que las entidades financieras recuperan una parte sustancial de su préstamo cuando consiguen vender a un tercero esa vivienda. Esto es así, incluso cuando se vende con una rebaja en el precio de un 50%, porque si el préstamo se concedió prudentemente no debería haber sido de una cuantía mayor del 80% del valor, en ese momento, de la vivienda. Y si además han pasado unos años, quizá se ha amortizado ya un 10% o un 20% del principal del crédito y, asimismo, podrían haberse constituido "provisiones específicas" por quizá el 30% del crédito concedido. 

Conclusión: se puede rebajar el precio de venta entre un 30% y un 50%, según los casos, sin que la entidad financiera tenga que soportar pérdidas en su cuenta de resultados el año en que vende esa vivienda. Y cuando venda, libera las dotaciones a las que le ha obligado la autoridad monetaria. Por eso, las entidades financieras pueden vender los activos adjudicados por impagos a precios inferiores a los de reposición de los bienes de que se trate.

Provisiones, pérdidas y "burbuja crediticia e inmobiliaria"

Unas palabras más respecto a las "provisiones genéricas". En los años en los que se constituyeron –básicamente entre 1998 y 2007– afectaron en 25.000 millones de euros a los beneficios del conjunto de la banca. Una cantidad sustancial, porque en la mayoría de esos años los beneficios globales rondaban los 10.000 millones de euros. Antes de que comenzara a crecer la morosidad, en 2006, por ejemplo, según el Informe de Estabilidad Financiera del Banco de España, las "provisiones genéricas" obligatorias detrajeron alrededor del 20% de los beneficios del conjunto de las entidades de crédito.

La crisis actual tiene, sin embargo, características diferentes de todas las anteriores, al menos en el caso de España, tanto en lo referido a los préstamos hipotecarios para compra de viviendas u otro tipo de inmuebles como, sobre todo, a los créditos a los promotores inmobiliarios. 

El tamaño de la burbuja inmobiliaria ha sido tal que:

  1. Se han financiado muchos inmuebles, en particular en los años 2005, 2006, 2007 y 2008 a precios altísimos, de tal forma que la diferencia entre los precios actuales y los vigentes cuando se concedieron los préstamos puede superar en la actualidad el 20% o el 30%.
  2. Son esos préstamos, sobre todo, los que están entrando en mora en los últimos dos años.
  3. Esos préstamos se concedieron en ocasiones por un importe superior al 100% de su valor de mercado en ese momento.
  4. La cuantía de los créditos a promotores inmobiliarios es enorme (más de 324.000 millones de euros en el segundo trimestre de 2009), y la financiación se ha concedido, en gran parte, para compra y urbanización de suelo y para llevar a cabo operaciones corporativas y no para financiar la construcción de edificios, naves u oficinas.

Hasta ahora, noviembre de 2009, los créditos y préstamos que han entrado en morosidad han sido básicamente los destinados a la compra de suelo, de vivienda y de otros inmuebles. Por eso la morosidad de las cajas es en general mayor que la de los bancos. Los créditos en morosidad de empresas no relacionadas con la actividad inmobiliaria o constructora son, en estos momentos, muy reducidos. Las empresas que han entrado en concurso de acreedores son sobre todo las inmobiliarias y las relacionadas con la construcción. Las empresas de otros sectores en dificultades afectan, hasta ahora, menos a la banca porque, para empezar, sus créditos son de menor cuantía global que los de los promotores inmobiliarios. Incluso los concursos de acreedores de las empresas de la construcción son reducidos porque a las entidades financieras les ha convenido seguir concediéndoles créditos para que las promociones en curso pudieran terminarse y el producto final –viviendas básicamente– pudieran venderse, aun con grandes rebajas en el precio final.

Las preocupaciones de las entidades de crédito

Las preocupaciones de las entidades financieras se centran en estos momentos en cuatro tipos de créditos: a) Los créditos a promotores inmobiliarios, b) los créditos a empresas del sector de la construcción, una vez terminadas y ejecutadas las promociones en curso, c) los préstamos hipotecarios de familias a las que afecta la pérdida del empleo y d) los créditos a empresas a las que les puede terminar por afectar una recesión que ya dura más de un año y medio, y que es probable que se alargue otro más.

Las pérdidas

Para terminar con las definiciones hay que referirse a las "pérdidas", que ocurren cuando las entidades crediticias pierden, total o parcialmente, los créditos concedidos. El proceso por el cual las entidades de crédito se apropian las garantías que exigieron en su día para conceder los créditos en la cantidad necesaria para recuperara el crédito pendiente de amortizar, no es nada rápido. En el caso de préstamos hipotecarios que financian viviendas, los impagos tienen que terminar en una decisión judicial que certifica que, efectivamente, la entidad crediticia tiene derecho a quedarse con el bien pero, en general, previa subasta pública. En el caso de las empresas del tipo que sea que entran en "concurso de acreedores", hasta que la autoridad judicial no resuelve sobre el acuerdo que le hayan presentado los administradores judiciales, nadie –ni los bancos ni los otros acreedores– tienen derecho a quedarse con ningún bien. La justicia española, una vez más, funciona con enorme lentitud. Los procesos son interminables.

Los acuerdos previos a los concursos

Por eso, la banca y los otros acreedores negocian con los morosos cuando dejan de pagar sus créditos y antes de que entren en concurso de acreedores. La banca puede estar dispuesta a comprar otros activos al deudor moroso o a condonar parte de la deuda o incluso a concederle nuevos créditos para terminar obras en curso. La banca prefiere pérdidas inmediatas a situaciones de indeterminación que puedan alargarse muchos años si cree que finalmente el proceso de ejecución de garantías le puede provocar mayores pérdidas. En el caso de los propietarios de viviendas que no pueden pagar su hipoteca, la banca prefiere negociar a quedarse con el bien.

Esta situación, derivada de la lentitud en los procesos de ejecución de garantías, explica por qué en España las pérdidas del conjunto de la banca tardan más en aflorar que en otros países y por qué todos los analistas se fijan más en la "mora" que en las "pérdidas" definitivas.

Espero que esta descripción de los términos "mora", "dotación", "provisiones, genéricas y específicas" y "pérdidas" ayuden a comprender el tipo de problemas que aqueja a la banca, sobre todo la de los países en los que se ha desarrollado una "burbuja crediticia" y que, en la mayor parte de los casos, ha tenido un fortísimo componente de "burbuja inmobiliaria".

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