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Javier Alonso

Prohibido el menú del día

¿No es acaso "poco transparente" que en el restaurante cobren el menú del día a precio único independientemente del plato elegido o del tamaño del filete?

Un juez de Madrid ha condenado a las operadoras de telefonía móvil a cambiar el modo en que facturan sus servicios. La sentencia es un ataque frontal al libre comercio y a la libre celebración de contratos y en ningún caso aportará ninguna ventaja a largo plazo al consumidor. Dicha sentencia, amparándose en una supuesta falta de transparencia, condena a las operadoras a facturar las llamadas por segundos en lugar de por tramos de 30 segundos, así como a eliminar el “doble cobro” del establecimiento de llamada y el primer minuto completo.

La sentencia afirma que la tarificación por segundos "es garantía de transparencia, pues permite al cliente conocer el coste exacto de su conversación telefónica" aunque no especifica por qué la tarificación por medios minutos es menos transparente o impide al cliente conocer el coste exacto de su conversación telefónica. Siguiendo su misma lógica, ¿por qué no obligar a la tarificación por décimas de segundo? Las unidades de medida no pasan de ser un convenio adoptado por la sociedad a lo largo de la historia de forma paralela al desarrollo del comercio para poder establecer pactos y acuerdos precisos entre partes. Nunca debería ser un juez quien establezca las condiciones en las que debe establecerse un acuerdo o contrato comercial, sino exclusivamente dirimir si dicho contrato ha sido violado por alguna de las partes. En caso contrario, ¿qué impide a un juez dictaminar que los mensajes SMS deben tarificarse por caracteres en lugar de con un precio fijo por mensaje? ¿No es acaso "poco transparente" que en el restaurante cobren el menú del día a precio único independientemente del plato elegido o del tamaño del filete? ¿No sería igual de injusto el cobro por número de ejes del vehículo en las autopistas de peaje? ¿Debería cobrarse en función de la sección del neumático o del peso del vehículo?

El juez argumenta que en el cobro por bloques se le está repercutiendo al usuario más de lo efectivamente consumido, olvidando que el consumidor compra y luego consume para satisfacer sus necesidades. Dicho de otro modo, si yo quiero beber 28 centilitros de refresco no puedo exigir al tendero que admita los 5 centilitros sobrantes de una lata a cambio de la devolución de la parte proporcional del precio. Si yo quiero hablar durante 20 segundos puedo buscar un proveedor que me venda dichos 20 segundos de conversación y después consumirlos o comprar 30 y consumir 20.

En la telefonía móvil, como en toda relación comercial, se produce un intercambio voluntario propiciado por la diferente valoración subjetiva que de lo intercambiado hacen las partes. Así, un usuario puede valorar mucho el estar permanentemente localizable, otro puede apreciar únicamente la capacidad de hacer llamadas desde las calles de una gran ciudad y algún otro estará dispuesto a pagar por tener un salvavidas de bolsillo cuando se pierda por el monte o se le averíe el coche en una remota carretera. Conjugar de forma rentable y adecuada las necesidades de millones de usuarios en una oferta de servicios sencilla, clara y atractiva para los usuarios es el duro trabajo que realizan los departamentos de marketing de las empresas; el juez lo que está haciendo con esta sentencia es imponer como únicamente válido un modelo de prestación del servicio que se ajusta a su valoración subjetiva y que puede provocar desajustes en las tarifas que dejen desatendidos a muchos consumidores.

No fue un juez quien acabó con la cuota mensual de abono en la telefonía móvil sino el incremento de la competencia con la aparición del tercer operador. No es la arbitrariedad judicial la mejor aliada de los consumidores sino la competencia de las empresas para satisfacer al consumidor en un entorno de mercado libre. Y eso es lo que necesita la telefonía móvil en España: un mercado libre sin barreras legales de entrada que sustituya al actual régimen de concesiones.

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