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José García Domínguez

Rajoy, en nómina de Pepiño

El impecable razonamiento jurídico que avala esa resolución del Tribunal, de hecho, incorpora la doctrina derogatoria de todos y cada uno de los desvaríos soberanistas cometidos por Zetapé y Mas con nocturnidad, alevosía y varias cajetillas de Fortuna.

El eco mediático de la penúltima torpeza de Rajoy –ahora a cuenta de los inmigrantes– está teniendo la virtud balsámica para el Gobierno de ocultar la carga de profundidad contra el Estatut incluida en la sentencia del Constitucional que, con fecha once de septiembre –¿sarcasmos del azar?–, ha declarado ilegal el referéndum de Ibarretxe. Y es que el impecable razonamiento jurídico que avala esa resolución del Tribunal, de hecho, incorpora la doctrina derogatoria de todos y cada uno de los desvaríos soberanistas cometidos por Zetapé y Mas con nocturnidad, alevosía y varias cajetillas de Fortuna en un despacho de La Moncloa. Así, el Constitucional acaba de obligarse a interpretar el golpismo confederal de los apartados del Estatut relacionados con la financiación, las competencias de la Generalidad y las relaciones con el Estado a la luz del siguiente recordatorio nacido de su propio puño y letra:

El respeto a la Constitución impone que los proyectos de revisión del orden constituido, y especialmente de aquellos que afecten al fundamento de la identidad del titular único de la soberanía, se susciten abierta y directamente por la vía que la Constitución ha previsto para esos fines (...) No caben actuaciones por otros cauces ni de las comunidades autónomas ni de cualquier órgano del Estado, porque sobre todos está siempre, expresada en la decisión del constituyente, la voluntad del pueblo español, titular exclusivo de la soberanía nacional, fundamento de la Constitución y origen de cualquier poder político.

Lúcida, lucida y unánime reflexión de los magistrados que viene a colocar el foco sobre la genuina aberración jurídica y política del Estatut. Una tara de origen que, por cierto, nada tiene que ver con el chusco guirigay periodístico acerca de si Cataluña es o deja de ser una nación. Pues ni en el preámbulo ni en ninguno de los 223 artículos restantes de la ley se afirma que Cataluña sea tal cosa. Sin embargo, en ese mismo texto sí se insiste por activa, pasiva y perifrástica en la fantasía de que "los poderes de la Generalidad emanan del pueblo catalán".

Extravío germinal que junto a otra peregrina ilusión mítica –la que sostiene que entre Cataluña y España rige un ignoto "pacto"– da pábulo a la delirante pretensión de que las relaciones entre la Generalidad y el Gobierno del Estado se basen en el muy confederal y soberanista principio de bilateralidad, como si de una entente entre iguales se tratara. A ese respecto, la sentencia del Constitucional es demoledoramente clara y no deja ni un solo resquicio de esperanza a los padres putativos de la criatura.

En fin, suerte que al PSOE aún le queda Rajoy para desviar la atención.

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