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José T. Raga

Salarios y destrucción de empleo

El procedimiento para la revisión salarial en España es destructor de empleo y generador de paro. Si alguien se empeña en dudarlo, que se pregunte por qué la tasa de paro en nuestro país es más del doble de la de los países de nuestro entorno.

Con la edad uno aprende que las cosas no por más obvias son más conocidas, menos aún mejor comprendidas y, en el límite de la incongruencia, no sólo no gozan de mayor aceptación sino que producen, con ostentación, el rechazo más estruendoso. La teoría económica lo tiene demostrado hasta la saciedad, pero por si ello no bastaba, los medios de comunicación más responsables se han preocupado de difundir un principio a todas luces irrefutable: que cuando un bien o un recurso aumenta de precio, permaneciendo todo lo demás igual, disminuye su demanda. Desde el político encargado de dirigir la economía de la nación, hasta quien gestiona la economía doméstica, han comprobado una y otra vez la vigencia de tan simple principio.

Junto a él, otro de validez igualmente universal: en cualquier transacción, nadie está dispuesto a sacrificar más de lo que recibe a cambio. Por ello, la economía doméstica está dispuesta a sacrificar una parte de la renta en la adquisición de un bien, a cambio de incrementar la utilidad de los miembros de la familia mediante su consumo, al menos, en una cuantía equivalente al de la renta sacrificada al pagar su precio. Y lo mismo puede decirse que ocurre en la economía empresarial. Ésta no es ni más ni menos egoísta que la economía familiar; se trata de procesos económicos que buscan maximizar el resultado partiendo de unos medios escasos. Así, el empresario estará dispuesto a pagar un salario cuando a quien se lo pague le aporte un producto, al menos, equivalente al salario satisfecho. Por ello, cuando por circunstancias ajenas al proceso –intervención de la Administración, insostenible presión sindical, etc.– se incrementa artificialmente el salario sin incrementarse el producto aportado, el empresario buscará un nuevo equilibrio, reduciendo el personal empleado mediante el despido de los trabajadores menos productivos, es decir, los que menos producto aportan.

La conclusión, que no es mía sino de la teoría económica, es que una revisión salarial que no tenga en cuenta su relación con el producto aportado por los trabajadores, altera las condiciones del mercado de trabajo, lo que a corto o medio plazo provocará una disminución de la demanda de trabajadores y, consecuentemente, un aumento del desempleo. Así será, aunque para ello tengan que cerrar las empresas que ofrecían puestos de trabajo y que, con la visión marxista de los sindicatos y de los gobiernos de izquierda, sólo pretendían la explotación y expoliación del trabajador. Y lo que decimos del sector privado, es igualmente aplicable al sector público, aunque como hoy no estoy dispuesto a sacar los trapos sucios respecto a cuales son los objetivos del empleador público cuando demanda trabajo, dejaré la consideración de este sector para otra oportunidad.

Si la consideración a la productividad del trabajo es esencial, según decimos, para establecer las bases para una revisión salarial, cómo y por qué se ha instalado la costumbre –esa en la que se sintetiza todo el mal llamado diálogo social– de revisar los salarios según la variación prevista del índice de precios al consumo, anticipando así la revisión para corregirla a posteriori, caso de haberse producido desviaciones. ¿Hay alguna razón para esta práctica, que no sea el éxito de la presión sindical?

El fundamento, se dice, es el del sostenimiento del poder de compra de los trabajadores, o lo que es lo mismo, de su nivel de vida. Afirmación ésta que no puede estar más alejada de la realidad. De hecho, es más cierta la que realizan los trabajadores al decir que el precio de su cesta de la compra ha subido, en años determinados, cuatro y cinco veces el índice que se utilizó para la revisión de su salario. Y es que el IPC, como cualquier índice medio es simplemente eso, una media.

Para que fuera cierta la pretensión oficial de mantener el poder adquisitivo, tendrían que subir todos y cada uno de los precios de los productos, no más y no menos que lo que expresa el índice medio. Pero la economía, ni siquiera la planificada, que obtuvo con el fracaso estrepitoso la evidencia de su pretensión, ha conseguido semejante precisión. Por lo tanto mientras los precios de unos bienes crecen a tasas elevadas, los de otros lo hacen con moderación o, incluso, mostrando tasas negativas ante las positivas de los demás.

Por otro lado, el precio es el instrumento para expresar monetariamente el valor de la productividad física del trabajo. Por ello, si la productividad física del trabajo –los pares de zapatos, el número de camisas, el volumen de mesas, de automóviles, de kilowatios, etc. que produce un trabajador en una unidad de tiempo– no varía y sí que varía el precio, variará el valor monetario del producto aportado y, por tanto, podría variar el salario sin detrimento para el empleo. Pero hablamos del precio de ese producto específico, sean zapatos, mesas o kilowatios, pero nunca del IPC. Además, esto será cierto siempre que el aumento del precio de tales bienes no venga determinado por un aumento en el precio de las materias primas. De aquí la perversión que encierra para el trabajador el que la revisión salarial se establezca a nivel general y no de empresa, ya que nos consta que en ese IPC hay unos precios que se han incrementado mientras que otros han disminuido. El resultado no puede ser otro: la empresa que ha visto reducirse el precio de sus productos, por tanto la productividad monetaria del trabajo, y que está obligada a incrementar sus salarios según el IPC, reducirá plantilla, eliminando a los menos productivos o cerrará sus puertas dejando a toda la plantilla en paro.

¿Y cuando el IPC disminuya, como en el momento presente? La aplicación de la norma establecida, a la que yo sigo calificando de perversa, debería revisar a la baja los salarios, pues esta disminución seguiría garantizando la pretensión que dio origen a la norma, de mantener el poder de compra de los trabajadores. Al menos, seamos congruentes con los principios establecidos. Lo contrario es otro principio secular de lo que en este país se llama compromiso social del sindicalismo: forzar lo que en cada caso me convenga, que se reduce a mejorar a los que trabajan, que son los que me votan, sin preocuparme los que quedan en paro; esos no me votan. Y es que parece que en España revisión salarial significa siempre incremento de salarios porque a lo otro, a la disminución, se la califica de suicidio por algunos y de dictadura del capitalismo por otros. Se concluye pues, que el procedimiento para la revisión salarial en España es destructor de empleo y generador de paro. Si alguien se empeña en dudarlo, que se pregunte por qué la tasa de paro en nuestro país es más del doble de la de los países de nuestro entorno.

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