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Ramón Villota Coullaut

El Supremo mueve ficha

La próxima semana Atutxa habrá de resolver el dilema en el que se ha metido. O cumple con la sentencia del Tribunal Supremo de 27 de marzo y con el posterior auto de 20 de mayo, o entrará en la ilegalidad y habrá de ser la fiscalía la que inicie un procedimiento penal contra el Presidente del Parlamento Vasco por un delito de desobediencia, recogido en el artículo 410 del Código Penal. Al ser Atutxa parlamentario vasco, esta cuestión habrá de resolverse ante la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Desde luego que el artículo 118 de la Constitución es claro en este punto, cuando recoge que “es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones de los jueces y tribunales”. El informe que se ha filtrado de los órganos jurídicos del Parlamento Vasco deja entrever que ese precepto no ha de ser entendido individualmente. Y es cierto, el artículo 9 de la misma norma constitucional dice: “Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico”. El Tribunal Supremo fue muy profuso en sus argumentos, quizás en exceso, previendo la situación que se le venía encima.

Pero lo que queda abierto es qué va a pasar realmente con Sozialista Abertzaleak (SA). Si bien en la práctica puede ser un problema menor, ya que la ilegalización de ese grupo parlamentario va a implicar únicamente que no podrá actuar como grupo político, pero sí dentro del grupo mixto, es terriblemente dañina una situación como la actual para la propia esencia de la democracia y la propia división de poderes. Ya se ha demostrado que un parlamento autonómico puede reírse del máximo órgano jurisdiccional de España durante meses. Por ello el Tribual Supremo tiene que obligar al cumplimiento íntegro de la sentencia que ilegalizó a Batasuna, aunque sus posibilidades reales en ese campo son escasas, desgraciadamente. Desde luego que el PNV está jugando con los tiempos y sabe que la situación puede alargarse más. Parece que está intentando echar un pulso al Estado, y si eso ocurre así muy posiblemente la vía más rápida y efectiva sea la aplicación del artículo 155 de la Constitución, una vía prevista para los incumplimientos de la Constitución por parte de las Comunidades Autónomas, una vía todavía no utilizada ni en España ni en Alemania, de donde proviene, pero con similitudes en el Reino Unido, donde ha sido utilizada en varias ocasiones por el Gobierno británico para suspender la autonomía de Irlanda del Norte.

Esperamos acontecimientos y que al final el PNV –aunque no de buen grado– cumpla con la resolución judicial, de la misma forma que, no estando de acuerdo con que Batasuna no pudiera presentarse a las elecciones de mayo, lo ha aceptado; aunque, como se suele decir en estos casos, por imperativo legal. Al final lo único, que no puede ocurrir es que el PNV demuestre que en el País Vasco sólo se cumplen las resoluciones judiciales que considere aceptables, no respetando la estructura esencial de un Estado de Derecho, la división de poderes.


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