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Ramón Villota Coullaut

Los límites de las penas

hemos sacralizado el derecho a la reinserción de tal manera que durante muchos años se ha olvidado el derecho de la sociedad y el de las víctimas a sentirse amparadas

En la evolución de nuestro Código Penal se ha seguido un criterio errático. Con el endurecimiento de las sanciones penales del Código de 1944 seguimos hasta el Código de 1973. Destaca en estos Códigos la existencia de sanciones penales de hasta 40 años –que para su época eran muy duras– y la existencia de unos criterios penitenciarios tendentes a primar a aquellos presos que trabajasen, con el criterio de 1 día de redención por cada 2 días trabajados. Pero esta idea de redención de penas –que en sí se ha mantenido– se ha ido aplicando cada día más de una forma casi obligatoria (lo que, por otra parte, nunca ha obligado nuestra legislación), lo que ha ocasionado que en la práctica en España sea imposible que un preso cumpla más de 17 o 18 años de condena, salvo casos muy contados y de carácter extraordinario.
 
Y esto es lo que ha ocurrido con de Juana Chaos, condenado a más de 3.000 años de cárcel, pero que sólo ha cumplido 18 años de condena. Es decir, que con el Código Penal de 1973 y sus reformas posteriores de Juana Chaos pueda salir en libertad durante este mes de agosto, después de 18 años de estancia en prisión, pero con la aplicación de la reforma del Código Penal de 2003 –imposible puesto que el derecho penal no se puede aplicar retroactivamente en contra del reo–, el límite real de cumplimiento de las penas por los 25 asesinatos que tiene a sus espaldas sería de 40 años, más del doble que en la actualidad. Algo que en otros países de nuestro entorno no es tan extraño, pero sí para nosotros, que hemos sacralizado el derecho a la reinserción de tal manera que durante muchos años se ha olvidado el derecho de la sociedad y el de las víctimas a sentirse amparadas. Así, hemos dado preferencia, y en este caso se ve con total claridad, a la reinserción de quien no tiene la mínima intención de reinsertarse, además de que se jacta de ello, con una aplicación automática y sin sentido de unos beneficios penitenciarios a quien nunca los ha merecido.

En España

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