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Hernán Felipe Errázuriz

Top Secret

Es difícil descubrir las verdaderas infracciones a las obligaciones de inhibirse y guardar reserva. Más complejo aún es probarlas. De allí que no sepamos cuántas quedan impunes. Además, hay riesgos de injusticia. Las normas son imprecisas.

No hay duda de que la información es poder. Y cuando no está en el público, el poder es superior. Es una ventaja formidable para los negocios del titular, que puede provocar enriquecimientos ilícitos. El mayor esfuerzo para evitar estos abusos debe ser atacar la cultura del secretismo, la raíz del uso indebido de la información reservada.

La realidad es que, muchas veces en las compañías prevalece la tendencia a dilatar la publicidad de hechos y negocios con probabilidades de materializarse, capaces de alterar su valor y el de sus acciones. Cuanto más dilatan sus administradores y directorios la entrega de esas informaciones, más posibilidades de lograr ganancias suculentas y rápidas tienen los que restringidamente acceden a ellas. Siempre habrá un vértigo y excusas por el secreto. Se dirá que la transacción o el hecho provisoriamente oculto tienen un riesgo de improbabilidad, que el negocio está en ciernes, o que la pérdida o ganancia es reversible. En algunos casos esos argumentos pueden ser válidos, pero también hay velados intereses y temores exagerados, que conducen a postergar la difusión pública de información relevante.

El fiscalizador de las sociedades anónimas está decidido a investigar y sancionar a las personas que, en razón de sus cargos, han adquirido conocimientos anticipados de ciertos hechos sobre los que deberían guardar reserva y sin utilizarlos en beneficio propio o de sus relaciones. Este loable cometido no debería significar distracción de otro más importante: vigilar, aplicando sanciones cuando proceda, para que las compañías actúen eficazmente en las obligaciones de transparencia, y limiten al máximo las informaciones privilegiadas.

Hay que reconocer que es difícil descubrir las verdaderas infracciones a las obligaciones de inhibirse y guardar reserva. Más complejo aún es probarlas. De allí que no sepamos cuántas quedan impunes. Además, hay riesgos de injusticia. Las normas son imprecisas, cabe la discrecionalidad en su interpretación, las sanciones se basan en escalamientos de presunciones, en tanto los funcionarios que las aplican no son jueces y tienen el doble papel de investigar y juzgar. Sus fallos son influyentes en las apelaciones ante la justicia ordinaria, que carece de experiencia y conocimiento sobre estas intrincadas transacciones.

Más fácil debería ser combatir el secretismo de forma preventiva y sancionadora. La transparencia instantánea podría perjudicar algunos negocios, pero también evitaría abusos, enriquecimientos indebidos y desconfianzas en el mercado. Siempre ha sido mejor prevenir que curar. En vez detop secret,full disclosure–apertura total–.

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