L D (Agencias) La recurrente alegó que su cese se produjo un mes después de que comunicase su embarazo en los primeros días de septiembre de 1995, al regreso de sus vacaciones, a su entonces jefe Jesús Pedroche, consejero de la Presidencia y en la actualidad presidente saliente de la Asamblea de Madrid. Según la mujer, Pedroche dejó darle trabajo y prácticamente de dirigirle la palabra.
Tras esto, interpuso un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid solicitando la nulidad de la orden de cese por considerarla discriminatoria por razón de sexo y atentatoria, por tanto, de su derecho a no ser discriminada, reconocido en el artículo 14 de la Constitución.
El TC aprecia, al menos indiciariamente, “una relación de causa-efecto entre el cese y la comunicación del embarazo por parte de la actora”, por lo que otorga el amparo solicitado “por violación del artículo 14 de la Constitución” y anula la orden de cese.
Tras esto, interpuso un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid solicitando la nulidad de la orden de cese por considerarla discriminatoria por razón de sexo y atentatoria, por tanto, de su derecho a no ser discriminada, reconocido en el artículo 14 de la Constitución.
El TC aprecia, al menos indiciariamente, “una relación de causa-efecto entre el cese y la comunicación del embarazo por parte de la actora”, por lo que otorga el amparo solicitado “por violación del artículo 14 de la Constitución” y anula la orden de cese.