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PARA NO CAUSARLES UN "PERJUICIO IRREPARABLE"

Insólita decisión del Constitucional al suspender la entrada en la cárcel de los Albertos

En una decisión "insólita, inesperada e impropia" según la acusación particular, el Tribunal Constitucional ha suspendido la ejecución del ingreso en prisión de Alberto Cortina y Alberto Alcocer. Los financieros, que aún no han abonado la totalidad de la responsabilidad a la que fueron condenados, están pendientes del posible indulto por parte del Gobierno.

(Libertad Digital) El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido suspender la ejecución del ingreso en prisión de los ex presidentes del Banco Zaragozano, Alberto Cortina y Alberto Alcocer, condenados a tres años y cuatro meses de prisión por falsedad y estafa en relación al "caso Urbanor". Cortina y Alcocer solicitaron la suspensión de la ejecución del ingreso en prisión en un recurso de amparo que presentaron el pasado 2 de abril contra la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y la dictada por la sección séptima de la Audiencia Provincial de Madrid que les condenó. El Constitucional, en coincidencia con el fiscal, señala que la regla general debe ser la improcedencia de la suspensión, que es pertinente "sólo cuando la ejecución del fallo haya de causar al solicitante de amparo un perjuicio irreparable en los derechos fundamentales invocados en el proceso constitucional", como entiende que es el caso.

Sólo se admiten el 6 por ciento de estos recursos

En un auto de la Sala Segunda del TC comunicado este lunes, el alto tribunal acuerda la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad, incluido el arresto sustitutorio y deniega la suspensión en todo lo demás. El letrado de Construcciones San Martín –una de las acusaciones–, Miguel Bajo, ha asegurado que esta decisión del Constitucional y la propia admisión del recurso de amparo es "insólita, inesperada e impropia" de un tribunal que sólo admite el 6 por ciento de los recursos que se le presentan. Bajo se mostró, incluso, "consternado" por esta actuación, ya que, a su juicio, el recurso presentado por Cortina y Alcocer carece de fundamentos válidos para ser admitido, por lo que concluyó que en la Justicia española "hay distintas varas de medir" . Bajo señaló que Construcciones San Martín seguirá solicitando el ingreso en prisión de ambos empresarios hasta que abonen la totalidad de la responsabilidad a la que fueron condenados y que, según el letrado, sólo han satisfecho en parte.

El Supremo condenó el pasado 14 de marzo a Cortina y Alcocer al encontrarles culpables de un delito de estafa y otro de falsedad en documento mercantil en 1987, durante la venta de la sociedad Urbanor, propietaria de los terrenos donde posteriormente se construyeron las Torres KIO, en Madrid. Esa instancia consideró que ambos estafaron a sus socios cuando al negociar la venta del conjunto de Urbanor consiguieron con "engaños" y "cartas falseadas" ingresar por su participación más del doble que lo percibido por los accionistas minoritarios. Los Albertos , en sus alegaciones al Constitucional, dijeron que en esa sentencia se vulneraron sus derechos a la igualdad ante la Ley, a la tutela judicial efectiva sin indefensión, a un proceso con todas las garantías, a la utilización de los medios de prueba pertinentes, a la presunción de inocencia y a la legalidad penal.

Una vez que el TC ha admitido el recurso, el proceso suele demorarse más de un año, por lo que su resolución podría llegar una vez que el Ministerio de Justicia ya haya decidido si deben ser indultados. En caso de que así sea, Cortina y Alcocer no tendrían que entrar en prisión y si sucede lo contrario, todavía les quedará la posibilidad de que el Constitucional acepte sus tesis y suspenda la sentencia emitida por el Supremo.

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