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Garzón archiva provisionalmente el caso Endemol tras interrogar a los acusados

El juez de la Audiencia Nacional ha decidido, a petición del propio Ministerio Fiscal, el sobreseimiento provisional y archivo de la causa por la que se investigaba la compra de la productora holandesa Endemol por parte de Telefónica. Garzón considera que "no se ha constatado" que hayan existido ventajas ilícitas por parte de alguno de los participantes en la operación, a pesar del "aparente exceso de la cantidad pagada".

LD (EFE) Según el auto del juez, no ha quedado acreditado el carácter delictivo de los hechos investigados. Esta decisión tiene lugar después de haber tomado declaración, entre otros, al ex presidente de Telefónica, Juan Villalonga, al actual, César Alierta, y a los fundadores de la productora, John de Mol y Joop van der Ende.

La compra, que tuvo lugar en el año 2000, supuso el pago por parte de la operadora española, entonces dirigida por Villalonga, de 4.790 millones de euros, con el objetivo de entrar de lleno en el negocio de los contenidos en el sector audiovisual y aumentar así la rentabilidad de sus redes de telecomunicaciones. Para el juez, "no se ha constatado que hayan existido ilícitas ventajas en alguno o algunos de los participantes" en la operación, a pesar del "aparente" exceso de la cantidad pagada.

Tampoco se ha "logrado establecer que en la fijación del precio pagado por Telefónica por Endemol hayan concurrido factores ajenos a la negociación entablada entre los órganos directores de ambas empresas distintos de los que constan en la documentación y declaraciones prestadas en las diligencias". Además, Garzón cree que ha quedado "totalmente" acreditada la intención de Endemol de vender las actividades de distribución y su puesta en conocimiento de los representantes de Telefónica. El juez concluye que "no ha habido arbitrariedades en la aplicación de la normativa, ni de connivencia entre los administradores y los auditores externos de la sociedad".

Aparte de esta operación, en el proceso se han investigado las emisiones de obligaciones convertibles en 1997, las cuentas anuales de 1998 y diversos pagos en Argentina, entre otras. Al respecto, el juez considera que "no ha llegado a concretarse indiciariamente con mínima consistencia y racionalidad elemento alguno que pueda sustentar la acción penal". En su opinión, los presuntos delitos investigados estaban prescritos antes de que se hubiera formulado la denuncia correspondiente, no afectaron a las cuentas anuales de la compañía o no conllevaron irregularidades o conductas delictivas.

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