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APROBADO EL NUEVO REGLAMENTO DE TRÁFICO

La obligación de llevar chaleco reflectante entrará en vigor el próximo verano

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el nuevo reglamento de Circulación, que incrementa la protección de ciclistas y peatones, obliga a utilizar sistemas de retención para los mayores de 3 años que no superen los 150 centímetros de estatura, regula el uso de los chalecos reflectantes y prohíbe el uso del móvil y los detectores de radar en los vehículos.

L D (EFE) El nuevo reglamento aparecerá publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) previsiblemente la próxima semana, y entrará en vigor treinta días después, pero no será hasta seis meses más tarde cuando sea exigible la obligación de portar el chaleco.
 
La nueva normativa prohíbe el uso del teléfono móvil y de cualquier otro medio de comunicación, salvo si ésta puede realizarse sin emplear manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares, tal y como establece la Ley de Tráfico.
 
Tampoco se permite la instalación en los vehículos de sistemas de detección de radares ni de dispositivos que puedan distraer la atención del conductor, tales como pantallas con acceso a Internet, monitores de televisión y reproductores de vídeo o DVD, excepto aquellos que sean necesarios para maniobras y GPS. El reglamento hace especial hincapié en la protección de los ciclistas, que podrán circular sin mantener la separación entre ellos, aunque con la máxima precaución, y en paralelo –en columna de a dos–, siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en uno en los tramos de poca visibilidad.
 
En las autovías los ciclistas sólo podrán circular por el arcén si son mayores de 14 años y las señales no lo prohíben, y deberán llevar una prenda reflectante cuando circulen por una vía interurbana en el tramo horario en que es necesario el alumbrado. Otra de las medidas que introduce el nuevo reglamento es la prohibición a los autobuses de circular a más de 80 kilómetros por hora por las vías interurbanas cuando viajen pasajeros de pie.
 
Si un vehículo no puede alcanzar la velocidad mínima exigida en la carretera por la que circule, deberá utilizar durante la marcha las luces de emergencia para evitar el peligro de colisión.
 
El actual reglamento prohíbe repostar con el motor y el alumbrado encendido, pero la nueva normativa lo amplía a la radio y el teléfono móvil, que también deberán estar apagados mientras se llena el depósito. Los peatones no podrán circular por las autovías –antes sólo se prohibía en las autopistas–, ni hacer auto-stop.
 
También se regula el sistema de señales de los agentes de Tráfico, que a partir de la entrada en vigor de la normativa podrán utilizar una luz roja o amarilla intermitente para indicar al conductor que circule delante que detenga el vehículo al lado derecho.

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