L D (EFE) Hasta ahora, los agentes tenían potestad para inmovilizar el vehículo, pero no podían intervenir el carné, medida que sólo podían adoptar las jefaturas de Tráfico.
La enmienda, que modifica la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, introduce el artículo 71 bis que establece que cuando el agente de la autoridad compruebe que el conductor infractor o implicado en un accidente presente, además, síntomas evidentes de que ha perdido las condiciones necesarias para conducir, intervendrá de manera inmediata el permiso o la licencia de conducción". "Sin perjuicio de la iniciación de procedimiento para declarar la pérdida de vigencia de autorizaciones, (...) y, en su caso, de la iniciación del oportuno expediente sancionador", agrega el nuevo artículo.
Esta enmienda fue incorporada en la ponencia encargada de elaborar el informe del proyecto de ley de acompañamiento y, según informaron fuentes del grupo del PP, responde a las medidas anunciadas por el ministro del Interior, Angel Acebes, cuando presentó el nuevo plan lanzado por el Gobierno para reducir los accidentes de tráfico.
Además, la enmienda conlleva la modificación del artículo 67 de la misma norma, de modo que se establece la suspensión de un año del carné de aquellos conductores que cometan una infracción muy grave y sustituyan la revocación del mismo por un curso de reciclaje y lo superen con éxito.