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Red.es, obligada por primera vez a otorgar un dominio ".es" por sentencia judicial

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado la primera sentencia que obliga a la entidad pública empresarila Red.es, adscrita al Ministerio de Ciencia y Tecnología, a conceder un dominio .es que había denegado a su solicitante. El fallo judicial se refiere a la dirección "dominiuris.es", que había sido solicitada por el abogado especializado en temas de Internet Javier Maestre.

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(Libertad Digital) Red.es exigía, para poder registrar un .es, elegir un proveedor de los que aparecían en una lista. Ante esto Maestre indicó "ninguno", por lo que la entidad pública empresarial le denegó el dominio, según ha informado en un comunicado el propio abogado, del despacho Bufet Almeida. La sentencia reconoce su derecho al dominio "dominiuris.es", así como la ilegalidad en que incurrió Red.es al denegar el nombre de dominio solicitado, añade la nota.
 
El fallo judicial dice que "el recurrente estaba legitimado para la obtención de un nombre de dominio de conformidad con el apartado 2 de la Orden de 21 de marzo de 2000". El tribunal añade: "Por lo tanto, entendemos que la solicitud del interesado cumplía con los requisitos establecidos en la normativa para que fuese aceptada, sin necesidad de rellenar con el acrónimo de un proveedor registrado en el ESNIC, la Sección 10 del Formulario de Solicitud Electrónica (FSE) y en esta medida, la estimación de su solicitud ... es ajustada a derecho", según el comunicado.
 
La Sentencia termina declarando que "el derecho del recurrente a la Inscripción del nombre de dominio solicitado, así como que su solicitud cumplió con los requisitos establecidos en la normativa que es de aplicación."

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