L D ( EFE ) Estos acuerdos fueron adoptados el jueves por la noche por la Junta Electoral Central en una reunión celebrada en su sede oficial, situada en el Congreso de los Diputados, y comunicados este viernes por la mañana a los partidos recurrentes y a las instituciones afectadas.
Este órgano considera que tanto la campaña de la Junta de Andalucía "Andalucía: un esfuerzo común por la innovación", como otra publicidad institucional difundida por la Junta de Extremadura, deben ser suspendidas hasta que termine el proceso electoral porque el contenido de ambas no está previsto en la legislación electoral.
El artículo 50.1 de la Ley del Régimen Electoral General (LOREG) limita las campañas institucionales en período electoral a aquellas que resulten "imprescindibles para la salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos", lo que no es el caso de la publicidad denunciada por el PP en ambos casos.
El sentido de los acuerdos adoptados por este órgano sobre otras denuncias de IU y el PSOE respecto a actos de colocación de la primera piedra por parte de los ministros de Fomento, Francisco Álvarez Cascos, y Trabajo, Eduardo Zaplana, es bien distinto. Ambos partidos entendían que la publicidad insertada en la prensa el pasado 22 de enero para informar de la colocación de la primera dovela en uno de los túneles de un tramo madrileño del AVE que unirá la capital con Valladolid vulneraba la Ley Electoral, por difundirse cuando ya habían sido convocadas las elecciones.
Sin embargo, la JEC desestima su reclamación "por cuanto, con arreglo al criterio sentado por esta Junta, no resulta contraria a los principios de transparencia e igualdad de los distintos sujetos del proceso electoral, la realización de inauguraciones o colocación de primeras piedras o actos similares".
No obstante, puntualiza que esto será así "cuando se produzcan los mismos sin connotaciones electoralistas y sin intervención de autoridades ajenas por razón de la competencia al sector público de que se trate, y menos cuando las citadas actuaciones vienen exigidas como consecuencia de la financiación en parte mediante fondos de la UE".
En cuanto a la denuncia del PSOE referida a la colocación de la primera piedra para la construcción del aeropuerto de Castellón por parte del ministro Eduardo Zaplana, la Junta también la desestima bajo el argumento de que el acto fue convocado por la entidad mercantil "Aeropuerto de Castellón, S.L." y no por poder público alguno.
Recuerda la JEC que al evento fueron invitados los titulares de distintos cargos públicos "como alcaldes y otros, pertenecientes a distintas formaciones políticas y, sin que, en ningún caso, se tratara de una actuación convocada por ningún poder público".
Sobre la publicidad del gobierno asturiano "Asturias Adelante", explica que "no se encuentran en el mero anuncio de la inauguración de una obra pública connotaciones electoralistas" que justifiquen la suspensión requerida por el PP.
La campaña de la Junta de Andalucía titulada "Hemos puesto precio a tu cabeza" es según la JEC "de interés general para los ciudadanos" porque consiste en un anuncio de la financiación, a través del "Programa Atlantis", de "unos proyectos innovadores", y por ello su difusión no vulnera la Ley Electoral.