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El TSJ del País Vasco anula el acuerdo de un Ayuntamiento de Vizcaya para expedir el "DNI vasco"

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha anulado el acuerdo del Ayuntamiento vizcaíno de Ajangiz que en 2001 aprobó la normativa para expedir a los vecinos del municipio el DNI vasco. La sentencia sostiene que se trata de una actuación "palmariamente ilegal", que pretende "suplantar al Estado" y que "desborda" el ámbito local.

L D (Agencias) El alto Tribunal vasco condena al Consistorio al pago de las costas al considerar que el proceso tiene su origen "en la asunción y sostenimiento consciente" de este proceder "ilegal".
 
La resolución judicial, que adelanta Europa Press, da la razón al abogado del Estado que alegó que la actuación municipal "no tiene cabida dentro de los márgenes trazados por la legislación vigente y atenta contra el propio reparto competencial consagrados en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía". Estos dos textos contemplan la competencia estatal exclusiva en materia de nacionalidad a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que deben expedir los pasaportes y los documentos de identidad.
 
El TSJPV indica que la apelación del recurrente "a la claridad con que se manifiestan los textos legales indicados es motivo suficiente para estimar íntegramente el recurso planteado". El alto Tribunal vasco dice que "el titular natural" del título competencial sobre nacionalidad es el Estado y a él pertenece "la facultad de determinar quienes son sus nacionales y también la reglamentación de los medios de prueba de la nacionalidad".

De esta forma, se le reserva la expedición de los documentos de identidad "sin interferencias" ni siquiera de las comunidades autónomas y "menos aún" de los municipios.

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