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APROBADA ESTE VIERNES EN CONSEJO DE MINISTROS

Todos los cambios que introduce la reforma de la ley del divorcio

El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, explicó este viernes que la reforma de la ley del divorcio reducirá el coste económico, procesal y emocional de estos procesos, que cuando se implanten los juicios rápidos en el ámbito civil, podrían resolverse en diez días en los casos de mutuo acuerdo.

L D (EFE) Custodia compartida. En los divorcios de mutuo acuerdo los cónyuges presenten al juez un convenio regulador que incluya junto a la disolución económica del matrimonio la modalidad de custodia que se quiere mantener, acuerdo que deberá "validar" el juez. En los casos de litigio, el juez podrá otorgar esa custodia compartida "en interés del menor" y la nueva norma establece la posibilidad de que el magistrado pueda pedir el dictamen de especialistas. En cualquier caso, destacó el titular de Justicia, la filosofía es procurar no separar a los hermanos.

La ley entrará en vigor el año que viene. El anteproyecto cuenta con una disposición transitoria que establece que la norma será de aplicación a todos los pleitos que se encuentren en curso, con lo que quienes actualmente estén a la espera de una sentencia de separación cuando entre en vigor la ley podrán obtener el divorcio.

Tres meses después del matrimonio. Hasta ahora era obligado obtener la separación antes del divorcio y sólo pasado un año se puede demandar esta ruptura definitiva; con el anteproyecto el divorcio y la separación se convierten en dos opciones diferentes y se podrán solicitar directamente. Sólo habrá que esperar tres meses después del matrimonio en los casos en los que la ruptura no se realiza de mutuo acuerdo, exigencia que no será válida en los casos de malos tratos.

Supresión del requisito de separación previa. Hasta ahora se exigía una separación previa de un mínimo de un año antes de poder divorciarse. Junto al ahorro económico que supondrá para las parejas, López Aguilar destacó el beneficioso impacto de la supresión del doble proceso para "la saturación de la administración de Justicia" y, sobre todo, para evitar las tensiones propias de los procesos de ruptura.

Supresión del requisito de alegar causas. Se elimina también en el anteproyecto la obligación de alegar causas de separación y divorcio, exigencia que, en la práctica, suponía que uno de los cónyuges quedaba ante el juez como "culpable" y que, según López Aguilar, era también el motivo por el que "abrumadoramente" fueran las mujeres quienes obtenían la custodia de los hijos. Para la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, “nadie tiene que justificar por qué se casa y nadie tiene que justificar por qué se separa".

Pensiones. Respecto a las pensiones, el anteproyecto prevé que la pensión compensatoria pueda ser vitalicia, temporal o un tanto alzado -un porcentaje de los ingresos en un tiempo delimitado, un porcentaje del patrimonio o una cantidad en una única entrega-. En este contexto López Aguilar destacó que la norma establece las condiciones de las que dependerá el establecimiento de la pensión para uno de los cónyuges en atención, por ejemplo, a la edad, la salud, la cualificación profesional y las posibilidades de acceso al mercado laboral, la dedicación pasada a la familia y la duración del matrimonio.

López Aguilar explicó que ahora se abrirá un proceso consultivo con asociaciones y organizaciones y se remitirá el anteproyecto al Consejo General del Poder Judicial, el Consejo Fiscal, el Consejo de Estado y el Consejo General de la Abogacía con el objetivo de que se apruebe en el Parlamento por unanimidad.

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