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El CGPJ pide un informe sobre la puesta en libertad de Lamari en 2002

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha pedido a cada uno de los magistrados que integran la Sección Tercera de la Audiencia Nacional un informe respecto a la puesta en libertad en junio de 2002 de Allekema Lamari, uno de los autores del 11-M que se suicidó en Leganés (Madrid).

L D (EFE) Los vocales de la Comisión Disciplinaria del CGPJ fueron informados este miércoles de esta decisión por el jefe del Servicio de Inspección, que se ha hecho cargo de las diligencias previas que el órgano de gobierno de los jueces decidió abrir el pasado día 21 para averiguar todo lo relacionado con el auto dictado por los magistrados de la Sección Tercera de la Audiencia Nacional, que acordó la puesta en libertad de Lamari.

La sección tercera de la Audiencia decretó el 29 de junio de 2002 la excarcelación de Lamari -detenido en abril de 1997 acusado de ser miembro de una célula del Grupo Islámico Armad (GIA)-, al estimar que había cumplido el plazo máximo de prisión preventiva sin que el Tribunal Supremo hubiera notificado una sentencia firme.

Los vocales han conocido las actuaciones realizadas por el Servicio de Inspección en la información previa y su decisión de pedir informes a los magistrados Francisco Castro Meije, Angela Murillo y a Luis Martínez de Salinas. Además, se solicitará también testimonio de la pieza de situación y de la sentencia.

Según informó el CGPJ, una vez se dispongan de los documentos solicitados por el Servicio de Inspección, junto con el informe de la Sala Segunda del Tribunal Supremo y el informe del Presidente de la Audiencia Nacional, se presentará a la Comisión Disciplinaria una propuesta de resolución.

En un informe realizado por el presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, este tribunal reconoció que la excarcelación de Lamari se debió a un error de cálculo cometido por su Sección Tercera pero consideraba que las posibles responsabilidades disciplinarias estarían prescritas. Fuentes del CGPJ explicaron que si de oficio se apreciara que las responsabilidades han prescrito, no se entraría en el fondo del asunto.

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