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INCLUYE LA SIMPLIFICACIÓN DEL PROCESO

El Gobierno aprueba la reforma de la ley del divorcio que agiliza el proceso y anula las causas

La implantación de los juicios rápidos en el ámbito civil, previsto para 2005, permitirá un divorcio "en pocas semanas" cuando exista común acuerdo, avanzó este viernes el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, tras la aprobación de la reforma de la ley del divorcio, que agiliza los procesos de ruptura. Este proyecto será remitido ahora a las Cortes para su tramitación parlamentaria.

La implantación de los juicios rápidos en el ámbito civil, previsto para 2005, permitirá un divorcio "en pocas semanas" cuando exista común acuerdo, avanzó este viernes el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, tras la aprobación de la reforma de la ley del divorcio, que agiliza los procesos de ruptura. Este proyecto será remitido ahora a las Cortes para su tramitación parlamentaria.
L D (EFE) En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, López Aguilar y la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, subrayaron que el proyecto de ley por el que se modifica el Código Civil en materia de separación y divorcio elimina las disfunciones y "carencias" de la anterior norma, que va a cumplir 25 años, agiliza los procedimientos y ahorra sufrimientos personales en los procesos contenciosos.

Según explicó Fernández de la Vega, la reforma anula la obligación de alegar causas, ya que "el Gobierno quiere una separación y un divorcio sin culpables. Si nadie te pregunta por qué te casas, nadie te debe preguntar por qué te divorcias", con lo cual bastará con la voluntad de uno o de ambos cónyuges. Hasta ahora había que aducir y probar causas para separarse: alcoholismo, abandono de hogar, infidelidad, incumplimiento de obligaciones conyugales o perturbación mental.

Una de las principales novedades de la reforma reside en que se podrá acceder directamente al divorcio sin necesidad de separación, así se ahorran "costes procesales, económicos y sufrimiento", añadió el ministro, quien agradeció los numerosos informes y propuestas recibidas y que han dado lugar a diversas modificaciones del texto, que se remite ahora al Parlamento para su tramitación. Una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio se podrá pedir la separación o el divorcio, un plazo que no hará falta respetar si hay una situación de maltrato, explicó López Aguilar. Con anterioridad, tenía que pasar un año desde el matrimonio para plantear la separación legal y otro más para presentar la demanda de divorcio.

En este contexto, el ministro indicó que será posible aplicar la nueva ley a procesos ya en curso e incluso los que estén en fase de sentencia; las parejas que están tramitando su separación podrán pedir el divorcio directamente y habrá un plazo de cinco días para decidir si se acogen o no a la nueva normativa.
La custodia de los hijos

Respecto a uno de los puntos del texto que más polémica han suscitado, la guardia y custodia compartida de los hijos, el titular de Justicia enfatizó que todo lo relativo los menores "se ha ordenado en su máximo interés, para la mejor y mayor garantía de sus derechos". Tras defender la corresponsabilidad de padres y madres en la educación de los hijos, López Aguilar explicó que los padres podrán "proponer" a quién de ellos les corresponde la custodia y en caso de desacuerdo lo determinará el juez.

Para conceder la custodia conjunta será necesario un informe del Fiscal; se escuchará a los hijos mayores de 12 años y menores que el juez considere que son maduros y también se "valorará la relación entre ambos cónyuges". La custodia compartida se denegará si uno de los progenitores tiene abierto un proceso penal por atentar contra la integridad física o moral de su ex cónyuge o de sus hijos; si está acusado de abusos sexuales sobre su pareja o descendientes, o si hay indicios fundados de violencia doméstica. El juez también podrá pedir informes facultativos sobre si la forma de custodia elegida es la más adecuada para los menores.

Por otro lado, la reforma legal reafirma el derecho a la pensión compensatoria y se protege al cónyuge que quede más perjudicado por el divorcio, y se abren diversas posibilidades en cuanto a la forma y duración de la pensión: indefinida, temporal o tanto alzado.

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