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El Supremo expresa su poca simpatía por las redes P2P y critica las propuestas de la industria

El Tribunal Supremo EEUU escuchó durante la jornada de este martes los argumentos de la industria del entretenimiento y los de las redes de intercambio para decidir no sólo sobre el futuro de las redes P2P, sino también sobre el de los derechos de autor. Los medios de comunicación discrepan sobre las conclusiones de la jornada: para News.com el tribunal se mostró imparcial, mientras que The New York Times recalca que "de forma sorprendente" se mostró muy sensibilizado con los argumentos presentados por los abogados de las redes P2P.

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El Tribunal Supremo EEUU escuchó durante la jornada de este martes los argumentos de la industria del entretenimiento y los de las redes de intercambio para decidir no sólo sobre el futuro de las redes P2P, sino también sobre el de los derechos de autor. Los medios de comunicación discrepan sobre las conclusiones de la jornada: para News.com el tribunal se mostró imparcial, mientras que The New York Times recalca que "de forma sorprendente" se mostró muy sensibilizado con los argumentos presentados por los abogados de las redes P2P.
(Libertad Digital) El caso, conocido como Metro-Goldwyn-Mayer Studios versus Grokster por enfrentar a uno de los mayores estudios de Hollywood y a una de las plataformas "online" demandada por permitir la violación de los derechos de autor, es crucial para ambas partes: para las redes P2P, el fallo determinará si son culpables de que, mediante sus programas, los usuarios puedan gratuitamente compartir archivos protegidos con copyright. Para las industrias discográfica y cinematográfica, el fallo puede suponer un freno para que sus canciones y películas se sigan intercambiando en la Red, al tiempo que supondrá un apoyo a las tesis que llevan defendiendo cinco años.
 
Según News.com, durante la primera jornada, los magistrados del Supremo criticaron a ambas partes: por un lado, expresaron su rechazo a las propuestas de la industria del entretenimiento, que desea que estas redes se hagan responsables del uso ilegítimo que sus usuarios dan a la tecnología. Por otro, expresaron su escasa simpatía por el servicio que ofrecen las redes P2P.
 
El juez Stephen Breyer dio en parte razón al fallo de dos tribunales inferiores que determinaron que las redes de intercambio de ficheros pueden compararse con una fotocopiadora o un aparato de vídeo debido a que pueden utilizarse para fines legales. Las redes P2P, subrayó Breyer, también ofrecen "usos excelentes" que son legales.
 
El abogado de Grokster, Richard Taranto, argumentó que el servicio debería ser juzgado por su comportamiento actual, no por las acciones llevadas a cabo hace varios años, cuando se estaba intentando atraer a los usuarios. Sin embargo, el juez David Souter tachó su argumento de "ridículo". Incluso aunque Grokster ya no anuncie que los usuarios pueden encontrar fácilmente material protegido con los derechos de autor, seguirá beneficiándose de la publicidad realizada en el pasado, sostuvo. "Las ventas de un producto el viernes son resultado de actos de inducción desde el lunes hasta el jueves", explicó.
 
Para los abogados que defienden a la industria del entretenimiento (discográficas y estudios de cine), existe una diferencia que no puede pasar desapercibida para el tribunal: las redes de intercambio no son comparables con las videograbadoras porque, desde el principio, fueron creadas para permitir que se descargaran archivos protegidos con los derechos de autor, cosa que no sucedió cuando aparecieron las primeras videograbadoras o fotocopiadoras.
 
El abogado que representa a la industria discográfica, Donald Verilli, insinuó que Grokster carecía de derecho a recibir el mismo amparo otorgado al grabador de cintas de vídeo porque ,en general, se utiliza más para cometer una infracción que para usos legítimos. "Su actual uso ilegal masivo no les permite especular con que además hay usos del sistema que no violan las leyes", criticó.
 
En 1984, el Tribunal Supremo de Estados Unidos concluyó en el caso Betamax ("Sony vs. Universal") que “no se puede prohibir el desarrollo de una tecnología cuando existen usos legítimos para la misma y no puede considerarse culpable a una empresa por el uso ilegal que los usuarios le den a su tecnología”. 
 
Hasta junio
 
Está previsto que el Supremo dé a conocer su decisión en junio. Sin embargo, no será la parte final de un proceso que colea desde hace cinco años tras la aparición del programa Napster. Muchos expertos consideran que la parte perdedora podría llevar el asunto ante el Congreso, que podría modificar, si así lo considera, las leyes de propiedad intelectual.
 
Los magistrados deben considerar si los intentos para cerrar estas redes ponen o no en peligro los avances tecnológicos que representan aparatos como el popular reproductor de música de Apple, el iPod. Dicho de otra manera, el Tribunal Supremo determinará qué importa más, si los derechos de propiedad intelectual o la innovación.
 
El juicio, que ha creado gran expectación, estuvo marcado por la concentración en el exterior del Tribunal Supremo de grupos de manifestantes que apoyan a ambas partes. Aquellos que se apuntan del lado de las redes P2P, mostraron pancartas con frases como "RIAA, aparta tus manos de mi iPod". En el otro lado, los defensores de las tesis de la industria del entretenimiento, exhibieron pancartas en las que se pedía que no se robara el futuro de los músicos. News.com ha publicado una galería fotográfica con las manifestaciones.
 

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